Sentencia Nº TC/0126/19 de Tribunal Constitucional, 29-05-2019

Número de sentenciaTC/0126/19
Fecha29 Mayo 2019
Número de expediente TC-05-2018-0219 y TC-07-2019-0002
EmisorTribunal Constitucional (República Dominicana
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expedientes núms. TC-05-2018-0219 y TC-07-2019-0002, relativos al recurso de revisión constitucional en materia de amparo y
solicitud de suspensión interpuestos por Lifestyle Holiday Assets Holding, S. R. L. contra la Sentencia núm. 271-2018-SSEN-
00386, dictada por la Primera Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Puerto
Plata, el ocho (8) de junio de dos mil dieciocho (2018). Página 1 de 37
EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA
SENTENCIA TC/0126/19 Referencia: Expedientes núms. TC-05-
2018-0219 y TC-07-2019-0002, relativos
al recurso de revisión constitucional en
materia de amparo y solicitud de
suspensión interpuestos por Lifestyle
Holiday Assets Holding, S. R. L. contra la
Sentencia núm. 271-2018-SSEN-00386,
dictada por la Primera Sala de la Cámara
Civil y Comercial del Juzgado de Primera
Instancia del Distrito Judicial de Puerto
Plata, el ocho (8) de junio de dos mil
dieciocho (2018).
En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República
Dominicana, a los veintinueve (29) días del mes de mayo del año dos mil diecinueve
(2019).
El Tribunal Constitucional, regularmente constituido por los magistrados Milton
Ray Guevara, presidente; Rafael Díaz Filpo, primer sustituto; Lino Vásquez Sámuel,
segundo sustituto; Hermógenes Acosta de los Santos, José Alejandro Ayuso, Alba
Luisa Beard Marcos, Ana Isabel Bonilla Hernández, Justo Pedro Castellanos
Khoury, Víctor Joaquín Castellanos Pizano, Domingo Antonio Gil, Wilson S.
Gómez Ramírez, Katia Miguelina Jiménez Martínez y Miguel Valera Montero, en
ejercicio de sus competencias constitucionales y legales, específicamente las
previstas en los artículos 185.4 de la Constitución y los artículos 9 y 94 de la Ley
núm. 137-11 Orgánica del Tribunal Constitucional y de los Procedimientos
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expedientes núms. TC-05-2018-0219 y TC-07-2019-0002, relativos al recurso de revisión constitucional en materia de amparo y
solicitud de suspensión interpuestos por Lifestyle Holiday Assets Holding, S. R. L. contra la Sentencia núm. 271-2018-SSEN-
00386, dictada por la Primera Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Puerto
Plata, el ocho (8) de junio de dos mil dieciocho (2018). Página 2 de 37
Constitucionales, del trece (13) de junio del dos mil once (2011), dicta la siguiente
sentencia:
I. ANTECEDENTES
1. Descripción de la sentencia recurrida en revisión constitucional de decisión
jurisdiccional y cuya suspensión se procura
La Sentencia núm. 271-2018-SSEN-00386, objeto del presente recurso de revisión
constitucional en materia de amparo, fue dictada por la Primera Sala de la Cámara
Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Puerto
Plata el ocho (8) de junio de dos mil dieciocho (2018). Su dispositivo copiado
textualmente es el siguiente:
PRIMERO: en cuanto al fondo, acoge parcialmente la presente acción de
amparo, y en consecuencia, ordena a la parte accionada e intervinientes
voluntarias (Holiday Assets Holding (Lifestyle Vacation), Markus
Wischenbart, Javier Silva, Tisha Investments Overseas, LTD, Life Style Real
State Holding, INC., Life Style Holydays Vacation Club INC., Quismar
Dominicana, S. R. L., y Sparkles Managements Services, LTD), abstenerse
de forma inmediata, una vez notificada la presente decisión, de obstaculizar,
impedir, entorpecer, o restringir de cualquier modo, el acceso de los
empleados, y el personal administrativo y contratistas de las accionantes
para la instalación de las tuberías de agua potable y de cableado soterrado,
así como las instalaciones sanitarias de las tuberías de agua potable y de
cableado soterrado, así como las instalaciones sanitarias destinadas a
dichos servicios básicos, desde la red pública, en Costa Esmeralda y
Península Esmeralda, en Cofresí, desde la carreta pública de Maggiolo y a
través de la vía pública que conduce a Costa Esmeralda. (sic)
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expedientes núms. TC-05-2018-0219 y TC-07-2019-0002, relativos al recurso de revisión constitucional en materia de amparo y
solicitud de suspensión interpuestos por Lifestyle Holiday Assets Holding, S. R. L. contra la Sentencia núm. 271-2018-SSEN-
00386, dictada por la Primera Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Puerto
Plata, el ocho (8) de junio de dos mil dieciocho (2018). Página 3 de 37
SEGUNDO: ordena al Procurador Fiscal del Distrito Judicial de Puerto
Plata, prestar el auxilio de la fuerza pública, de ser necesario, para la
materialización de lo dispuesto por la presente decisión. (sic)
TERCERO: declara libre de costas el presente proceso, en aplicación del
artículo 66 de la ley núm. 137-11. (sic)
Dentro de los documentos que conforman el expediente no obra constancia de
notificación de la antedicha sentencia a la parte recurrente.
2. Presentación del recurso de revisión constitucional en materia de amparo
y de la solicitud de suspensión de ejecución de sentencia
La sociedad comercial Lifestyle Holiday Assets Holding, S. R. L., vía Secretaría de
la Primera Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia
del Distrito Judicial de Puerto Plata, interpuso el presente recurso de revisión
constitucional en materia de amparo el primero (1ro) de agosto de dos mil dieciocho
(2018). Asimismo, la recepción del expediente contentivo de la citada acción
recursiva fue recibido por la Secretaría de este tribunal constitucional el veintidós
(22) de agosto de dos mil dieciocho (2018).
Dicho recurso fue notificado a las entidades recurridas: Península Costa Esmiralda,
S. R. L., Costa Esmiralda Village 14, S. R. L., Costa Esmiralda Village 7, S. R. L.,
Costa Esmiralda Village 11, S. R. L., Península Costa Esmiralda 5, S. R. L.,
Península Costa Esmiralda 12, S. R. L. y Península Costa Esmiralda 13, S. R. L.;
mediante el Acto núm. 540/2018 instrumentado por Gregoris de Jesús Gómez
Peñaló, alguacil de estrado del Segundo Juzgado de Paz Especial de Tránsito del
Distrito Judicial de Santiago, el tres (3) de agosto de dos mil dieciocho (2018).

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