Sentencia Nº TC/0139/21 de Tribunal Constitucional, 20-01-2021
| Número de sentencia | TC/0139/21 |
| Fecha | 20 Enero 2021 |
| Número de expediente | TC-05-2020-0133 |
| Emisor | Tribunal Constitucional (República Dominicana |
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2020-0133, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo y solicitud de
suspensión de ejecución de sentencia interpuestos por el Lic. Denny F. Silvestre Zorrilla, Procurador Fiscal del Distrito
Nacional, Director de la División de Acciones Con stitucionales de la Fiscalía del Distrito Nacional, contra la Sentencia
núm. 047-2020-SSEN-00055,dictada el veintitrés (23) de junio de dos mil veinte (2020) por la Novena Sala d e la Cámara
Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional.
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EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA
SENTENCIA TC/0139/21
Referencia: Expediente núm. TC-05-
2020-0133, relativo al recurso de
revisión constitucional de sentencia de
amparo y solicitud de suspensión de
ejecución de sentencia interpuestos
por el Lic. Denny F. Silvestre Zorrilla,
Procurador Fiscal del Distrito
Nacional, Director de la División de
Acciones Constitucionales de la
Fiscalía del Distrito Nacional, contra
la Sentencia núm. 047-2020-SSEN-
00055,dictada el veintitrés (23) de
junio de dos mil veinte (2020) por la
Novena Sala de la Cámara Penal del
Juzgado de Primera Instancia del
Distrito Nacional.
En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República
Dominicana, a los veinte (20) días del mes de enero del año dos mil veintiuno
(2021).
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2020-0133, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo y solicitud de
suspensión de ejecución de sentencia interpuestos por el Lic. Denny F. Silvestre Zorrilla, Procurador Fiscal del Distrito
Nacional, Director de la División de Acciones Con stitucionales de la Fiscalía del Distrito Nacional, contra la Sentencia
núm. 047-2020-SSEN-00055,dictada el veintitrés (23) de junio de dos mil veinte (2020) por la Novena Sala d e la Cámara
Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional.
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El Tribunal Constitucional, regularmente constituido por los magistrados
Milton Ray Guevara, presidente; Lino Vásquez Sámuel, segundo sustituto;
Hermógenes Acosta de los Santos, Ana Isabel Bonilla Hernández, Justo Pedro
Castellanos Khoury, Víctor Joaquín Castellanos Pizano, Domingo Gil, Wilson
S. Gómez Ramírez y Miguel Valera Montero, en ejercicio de sus competencias
constitucionales y legales, específicamente las previstas en los artículos 9 y 94
de la Ley núm. 137-11, Orgánica del Tribunal Constitucional y de los
Procedimientos Constitucionales, del trece (13) de junio de dos mil once (2011),
dicta la siguiente sentencia:
I. ANTECEDENTES
1. Descripción de la sentencia recurrida en revisión constitucional de
amparo
La decisión objeto del presente recurso de revisión es la Sentencia 047-2020-
SSEN-00055, dictada, el veintitrés (23) de junio de dos mil veinte (2020), por
la Novena Sala de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito
Nacional, la cual decidió lo que, a continuación, se transcribe:
PRIMERO: RECHAZA las excepciones y medios de inadmisión
presentadas[sic] por las partes accionadas, por las razones
expuestas.
SEGUNDO: ACOGE la presente acción constitucional de amparo
interpuesta por el señor LUIS ALBERTO PEÑA CASADO en contra
de la PROCURADURIA GENERAL DE LA REPÚBLICA,
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2020-0133, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo y solicitud de
suspensión de ejecución de sentencia interpuestos por el Lic. Denny F. Silvestre Zorrilla, Procurador Fiscal del Distrito
Nacional, Director de la División de Acciones Con stitucionales de la Fiscalía del Distrito Nacional, contra la Sentencia
núm. 047-2020-SSEN-00055,dictada el veintitrés (23) de junio de dos mil veinte (2020) por la Novena Sala d e la Cámara
Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional.
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INSTITUTO NACIONAL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE
TERRESTRE (INTRANT). En consecuencia, ORDENA a la
PROCURADURIA GENERAL DE LA REPÚBLICA emitir la
certificación de no antecedentes penales y al INSTITUTO
NACIONAL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE TERRESTRE
(INTRANT), renovar la licencia de conducir, a favor de LUIS
ALBERTO PEÑA CASADO.
TERCERO: CONDENA a la parte accionada PROCURADURIA
GENERAL DE LA REPÚBLICA, INSTITUTO NACIONAL DE
TRÁNSITO Y TRANSPORTE TERRESTRE (INTRANT), al pago de
un astreinte de cinco mil pesos dominicanos (RD$5,000.00) diarios
en caso de incumplimiento, a contar, cinco (5) días hábiles[sic] a
partir de la notificación de la presente decisión.
CUARTO: DECLARA el proceso libre de costas.
Mediante correo electrónico del treinta (30) de junio de dos mil veinte (2020),
enviado por la señora Santa M. Sánchez, secretaria de la Novena Sala Penal del
Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, se notifica la referida decisión
al recurrente, señor Denny F. Silvestre Zorrilla, Procurador Fiscal del Distrito
Nacional, Director de la División de Acciones Constitucionales de la Fiscalía del
Distrito Nacional, y a los Licdos. Christian Antigua Ramírez y Yolanda Peña
Castillo, abogados constituidos y apoderados especiales de la parte recurrida,
señor Luis Alberto Peña Casado.
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