Sentencia Nº TC/0147/18 de Tribunal Constitucional, 17-07-2018

Número de sentenciaTC/0147/18
Fecha17 Julio 2018
Número de expediente TC-05-2016-0115
EmisorTribunal Constitucional (República Dominicana
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2016-0115, relativo al recurso de revisión constitucional en materia de amparo interpuesto por Cruz Danilo
Martínez Vallejo contra la Sen tencia núm. 00041-2015, dictada por la Tercera Sala del Tribunal Superior Administrativo el
veintisiete (27) de julio de dos mil quince (2015). Página 1 de 30
EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA
SENTENCIA TC/0147/18
Referencia: Expediente núm. TC-05-
2016-0115, relativo al recurso de revisión
constitucional en materia de amparo
interpuesto por Cruz Danilo Martínez
Vallejo contra la Sentencia núm. 00041-
2015, dictada por la Tercera Sala del
Tribunal Superior Administrativo el
veintisiete (27) de julio de dos mil quince
(2015).
En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República
Dominicana, a los diecisiete (17) días del mes de julio del año dos mil dieciocho
(2018).
El Tribunal Constitucional, regularmente constituido por los magistrados Milton
Ray Guevara, presidente; Lino Vásquez Sámuel, segundo sustituto; Hermógenes
Acosta de los Santos, Ana Isabel Bonilla Hernández, Víctor Joaquín Castellanos
Pizano, Jottin Cury David, Wilson S. Gómez Ramírez, Katia Miguelina Jiménez
Martínez e Idelfonso Reyes, en ejercicio de sus competencias constitucionales y
legales, específicamente las previstas en los artículos 185.4 de la Constitución, y 9
y 94 de la Ley núm. 137-11, Orgánica del Tribunal Constitucional y los
Procedimientos Constitucionales, de fecha trece (13) de junio de dos mil once
(2011), dicta la siguiente sentencia:
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2016-0115, relativo al recurso de revisión constitucional en materia de amparo interpuesto por Cruz Danilo
Martínez Vallejo contra la Sen tencia núm. 00041-2015, dictada por la Tercera Sala del Tribunal Superior Administrativo el
veintisiete (27) de julio de dos mil quince (2015). Página 2 de 30
I. ANTENCEDENTES
1. Descripción de la sentencia recurrida en revisión constitucional en materia
de amparo
La Sentencia núm. 00041-2015, objeto del presente recurso de revisión
constitucional en materia de amparo, fue dictada por la Tercera Sala del Tribunal
Superior Administrativo, el veintisiete (27) de julio de dos mil quince (2015). El
tribunal que dictó la sentencia recurrida decidió lo siguiente:
PRIMERO: ACOGE el medio de inadmisión propuesto por la Policía
Nacional y la PROCURADURÍA GENERAL ADMINISTRATIVA, y en
consecuencia, DECLARA INADMISIBLE la presente acción constitucional
de amparo, interpuesta por el señor CRUZ DANILO MARTÍNEZ VALLEJO,
en fecha 22 de junio de 2015, contra la POLICÍA NACIONAL, por
encontrarse vencido el plazo de 60 días a tales fines, de acuerdo al as
disposiciones del artículo 70, numeral 2do., de la Ley No. 137-11 de fecha
13 de junio del año 2011, Orgánica del Tribunal Constitucional y de los
Procedimientos Constitucionales, conforme a los motivos indicados.
SEGUNDO: DECLARA libre de costas el presente.
TERCERO: ORDENA, que la presente sentencia sea publicada en el Boletín
del Tribunal Superior Administrativo.
La referida sentencia núm. 00041-20145 fue notificada al señor Aurelio Díaz,
representante legal del señor Cruz Danilo Martínez Vallejo mediante certificación
emitida por la Secretaría General del Tribunal Superior Administrativo, el dieciocho
(18) de septiembre de dos mil quince (2015), y a la Procuraduría General
Administrativa, el veinte (20) de septiembre de dos mil quince (2015).

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