Sentencia Nº TC/0175/18 de Tribunal Constitucional, 18-07-2018
Número de sentencia | TC/0175/18 |
Número de expediente | TC-04-2017-0079 |
Fecha | 18 Julio 2018 |
Emisor | Tribunal Constitucional (República Dominicana |
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-04-2017-0079, relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por la
señora Ángela Torres Bierd contra la Sentencia núm. 170, dictada por las Salas Reunidas de la Suprema Corte de Justicia el do s
(2) de diciembre de dos mil quince (2015). Página 1 de 34
EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA
SENTENCIA TC/0175/18
Referencia: Expediente núm. TC-04-
2017-0079, relativo al recurso de
revisión constitucional de decisión
jurisdiccional interpuesto por la señora
Ángela Torres Bierd contra la
Sentencia núm. 170, dictada por las
Salas Reunidas de la Suprema Corte de
Justicia el dos (2) de diciembre de dos
mil quince (2015).
En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República
Dominicana, a los dieciocho (18) días del mes de julio del año dos mil dieciocho
(2018).
El Tribunal Constitucional, regularmente constituido por los magistrados Milton
Ray Guevara, presidente; Lino Vásquez Sámuel, segundo sustituto; Hermógenes
Acosta de los Santos, Ana Isabel Bonilla Hernández, Justo Pedro Castellanos
Khoury, Víctor Joaquín Castellanos Pizano, Jottin Cury David, Rafael Díaz Filpo,
Wilson S. Gómez Ramírez e Idelfonso Reyes, en ejercicio de sus competencias
constitucionales y legales, específicamente las previstas en los artículos 277 de la
Constitución, 9 y 53 de la Ley núm. 137-11, Orgánica del Tribunal Constitucional y
de los Procedimientos Constitucionales, del trece (13) de junio de dos mil once
(2011), dicta la siguiente sentencia:
I. ANTECEDENTES
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-04-2017-0079, relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por la
señora Ángela Torres Bierd contra la Sentencia núm. 170, dictada por las Salas Reunidas de la Suprema Corte de Justicia el do s
(2) de diciembre de dos mil quince (2015). Página 2 de 34
1. Descripción de la sentencia recurrida
La Sentencia núm. 170, objeto del presente recurso de revisión, fue dictada por las
Salas Reunidas de la Suprema Corte de Justicia el dos (2) de diciembre de dos mil
quince (2015). Dicha decisión declaró con lugar el recurso de casación interpuesto
por la señora Ángela Torres Bierd contra la sentencia dictada por la Segunda Sala
de la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional el dieciocho (18)
de junio de dos mil quince (2015) y, en consecuencia, anuló las condenaciones penal
y civil impuestas a la indicada señora Ángela Torres Bierd, quedando confirmada el
ordinal tercero de la sentencia impugnada, en cuanto a la demolición de la verja
construida por la imputada Ángela Torres Bierd.
La sentencia anteriormente descrita fue notificada a la señora Ángela Torres Bierd
mediante memorándum, del veintidós (22) de febrero de dos mil dieciséis (2016),
de la Secretaría General de la Suprema Corte de Justicia, la cual fue recibida el ocho
(8) de abril de dos mil dieciséis (2016).
2. Presentación del recurso de revisión constitucional
En el presente caso, la recurrente, señora Ángela Torres Bierd, apoderó a este
tribunal constitucional del recurso de revisión contra la sentencia descrita
anteriormente, mediante escrito depositado el cinco (5) de mayo de dos mil dieciséis
(2016) ante la Secretaría de la Suprema Corte de Justicia y remitido a este tribunal
constitucional el tres (3) de marzo de dos mil diecisiete (2017). El referido recurso
se fundamenta en los alegatos que se exponen más adelante.
El recurso anteriormente descrito fue notificado a los señores Juan Alexis Pérez
Nolasco, Juan Fernando Pérez y Miguel Emilio Minyetti mediante los actos números
426/16, 427/16 y 428/16, todos del diecisiete (17) de octubre de dos mil dieciséis
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-04-2017-0079, relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por la
señora Ángela Torres Bierd contra la Sentencia núm. 170, dictada por las Salas Reunidas de la Suprema Corte de Justicia el do s
(2) de diciembre de dos mil quince (2015). Página 3 de 34
(2016), instrumentados por el ministerial Francisco Arias Pozo, alguacil ordinario
de la Suprema Corte de Justicia.
3. Fundamento de la sentencia recurrida
El tribunal que dictó la sentencia recurrida decidió lo siguiente:
PRIMERO: Declaran bueno y válido, en cuanto a la forma, el recurso de
casación interpuesto por Ángela Torres Bierd, contra la sentencia dictada
por la Segunda Sala de la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Distrito
Nacional el 18 de junio de 2015, cuyo dispositivo se encuentra copiado en
parte anterior de la presente decisión;
SEGUNDO: Declaran con lugar, en cuanto al fondo el recurso de casación
de que se trata, casan por supresión y sin envío la sentencia indicada, por los
motivos expuestos en el cuerpo de esta decisión; y en consecuencia, anulan
las condenaciones penal y civil impuestas a Ángela Torres Bierd, quedando
confirmada el ordinal tercero de la sentencia impugnada, en cuanto a la
demolición de la verja construida por la imputada Ángela Torres Bierd;
TERCERO: Compensan las costas.
CUARTO: Ordenan que la presente decisión sea notificada a las partes.
Los fundamentos dados por las Salas Reunidas de la Suprema Corte de Justicia son
los siguientes:
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba1 temas prácticos
-
Sentencia Nº TC/0628/23 de Tribunal Constitucional, 11-10-2023
...puede citar como precedente lo que, al respecto, este tribunal en un caso con presupuestos fácticos similares dispuso a través de su Sentencia TC/0175/18, de dieciocho (18) de julio del año dos mil dieciocho (2018), en el sentido de h) Como se observa, la propia recurrente establece en su r......
1 sentencias
-
Sentencia Nº TC/0628/23 de Tribunal Constitucional, 11-10-2023
...puede citar como precedente lo que, al respecto, este tribunal en un caso con presupuestos fácticos similares dispuso a través de su Sentencia TC/0175/18, de dieciocho (18) de julio del año dos mil dieciocho (2018), en el sentido de h) Como se observa, la propia recurrente establece en su r......