Sentencia Nº TC/0176/19 de Tribunal Constitucional, 25-06-2019

Número de sentenciaTC/0176/19
Fecha25 Junio 2019
Número de expediente TC-05-2018-0239
EmisorTribunal Constitucional (República Dominicana
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2018-0239, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto por el
Ayuntamiento de Higüey, contra la Sentencia núm. 186-2017-SSEN-01130, de veinticinco (25) de septiembre de dos mil diecisiete
(2017), dictada por la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Altagracia.
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EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA
SENTENCIA TC/0176/19
Referencia: Expediente núm. TC-
05-2018-0239, relativo al recurso de
revisión constitucional de sentencia
de amparo interpuesto por el
Ayuntamiento de Higüey, contra la
Sentencia núm. 186-2017-SSEN-
01130, de veinticinco (25) de
septiembre de dos mil diecisiete
(2017), dictada por la Cámara Civil y
Comercial del Juzgado de Primera
Instancia del Distrito Judicial de La
Altagracia.
En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República
Dominicana, a los veinticinco (25) días del mes de junio del año dos mil diecinueve
(2019).
El Tribunal Constitucional, regularmente constituido por los magistrados Milton
Ray Guevara, presidente; Rafael Díaz Filpo, primer sustituto; Lino Vásquez Sámuel,
segundo sustituto; José Alejandro Ayuso, Alba Luisa Beard Marcos, Ana Isabel
Bonilla Hernández, Víctor Joaquín Castellanos Pizano, Domingo Gil, Wilson S.
Gómez Ramírez, Katia Miguelina Jiménez Martínez y Miguel Valera Montero, en
ejercicio de sus competencias constitucionales y legales, específicamente las
previstas en los artículos 185.4 de la Constitución y 9 y 94 de la Ley núm. 137-11,
Orgánica del Tribunal Constitucional y de los Procedimientos Constitucionales del
trece (13) de junio de dos mil once (2011), dicta la siguiente sentencia:
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2018-0239, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto por el
Ayuntamiento de Higüey, contra la Sentencia núm. 186-2017-SSEN-01130, de veinticinco (25) de septiembre de dos mil diecisiete
(2017), dictada por la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Altagracia.
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I. ANTECEDENTES
1. Descripción de la sentencia recurrida
La Sentencia núm. 186-2017-SSEN-01130, objeto del recurso de revisión
constitucional que ahora nos ocupa, de veinticinco (25) de septiembre de dos mil
diecisiete (2017), dictada por la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera
Instancia del Distrito Judicial de La Altagracia, tiene el dispositivo siguiente:
PRIMERO: Declara inadmisible el recurso de tercería incidental interpuesto
por el Ayuntamiento del Municipio de Higuey, por los motivos aludidos en el
cuerpo de la presente decisión.
SEGUNDO: Acoge parcialmente la presente acción de amparo interpuesta
por los señores Elpidio Carpio Mojica, Cándido Carpio Castillo, Héctor
Bienvenido Chevalier Rijo, Elizabeth Rijo Columna y Servio Rafael Rondón
Cedeño contra la Procuraduría Fiscal del Distrito Judicial de La Altagracia,
en consecuencia, se le ordena a la Procuraduría Fiscal del Distrito Judicial
de La Altagracia dar respuesta a la solicitud formulada mediante instancia
depositada por el ministerial Servicio Rafael Rondón Cedeño el día 26 de
noviembre del año 2012, en un plazo de 10 días a partir de la notificación de
la presente decisión.
TERCERO: Impone un astreinte de cinco (5) mil pesos diarios, a ser pagados
a favor de la indicada “Fundación Primero La Gente JFPF, INC”, por cada
día transcurrido sin cumplir con la presente decisión, los cuales deberán ser
contados a partir del día siguiente, luego vencido el plazo de 10 días otorgado
a tal fin.
CUARTO: Declara el presente proceso libre de costas.
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2018-0239, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto por el
Ayuntamiento de Higüey, contra la Sentencia núm. 186-2017-SSEN-01130, de veinticinco (25) de septiembre de dos mil diecisiete
(2017), dictada por la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Altagracia.
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Dentro del expediente no reposa constancia de la documentación que evidencie la
notificación de la Sentencia núm. 186-2017-SSEN-01130 a la parte hoy recurrente
en revisión, pero si consta dicha notificación a la parte ahora recurrida en revisión
mediante el Acto núm. 1427/2017, de cinco (5) de diciembre de dos mil diecisiete
(2017), instrumentado por el ministerial Alexis Enrique Beato González, alguacil
ordinario del Tribunal Colegiado de la Cámara Penal del Juzgado de Primera
Instancia de La Altagracia, a requerimiento de la parte recurrente, Ayuntamiento de
Higüey.
2. Pretensiones del recurrente en revisión constitucional
La parte recurrente, Ayuntamiento de Higüey, interpuso el presente recurso de
revisión constitucional de sentencia de amparo de cumplimiento, mediante instancia
depositada el trece (13) de noviembre de dos mil diecisiete (2017), en contra de la
Sentencia núm. 186-2017-SSEN-01130, de veinticinco (25) de septiembre de dos
mil diecisiete (2017), dictada por la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de
Primera Instancia del Distrito Judicial de La Altagracia. En dicho escrito se solicita
lo que sigue:
PRIMERO: DECLARAR bueno y válido en cuanto a la forma el presente
Recurso de Revisión, por haber sido interpuesto de conformidad con la Ley.
SEGUNDO: DECLARAR bueno y válido en cuanto a la fondo el presente
Recurso de Revisión, y en consecuencia REVOCAR la Sentencia No. 186-
2017-SSEN-01130, del 25 de septiembre de 2017, dictada por la Cámara
Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de
la Altagracia, y por ende, AVOCARSE a conocer el fondo del Recurso de
Tercería Incidental interpuesto contra la Sentencia No. 549/2008 de fecha 8
de diciembre de 2008, dictada por la Cámara Civil y Comercial del Juzgado
de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Altagracia. (sic)

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