Sentencia Nº TC/0179/19 de Tribunal Constitucional, 25-06-2019

Número de sentenciaTC/0179/19
Número de expediente TC-04-2017-0217
Fecha25 Junio 2019
EmisorTribunal Constitucional (República Dominicana
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-04-2017-0217, relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por Nelly
Josandra Sánchez contra la Sentencia TSE-RR-RA Núm. 295-2017, dictada por el Tribunal Superior Electoral el treinta y uno (31)
de octubre de dos mil diecisiete (2017). Página 1 de 33
EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA
SENTENCIA TC/0179/19
Referencia: Expediente núm. TC-04-
2017-0217, relativo al recurso de
revisión constitucional de decisión
jurisdiccional interpuesto por Nelly
Josandra Sánchez, contra la Sentencia
TSE-RR-RA núm. 295-2017, dictada
por el Tribunal Superior Electoral el
treinta y uno (31) de octubre de dos mil
diecisiete (2017).
En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República
Dominicana, a los veinticinco (25) días del mes de junio del año dos mil diecinueve
(2019).
El Tribunal Constitucional, regularmente constituido por los magistrados Milton
Ray Guevara, presidente; Rafael Díaz Filpo, primer sustituto; Hermógenes Acosta
de los Santos, José Alejandro Ayuso, Alba Luisa Beard Marcos, Ana Isabel Bonilla
Hernández, Justo Pedro Castellanos Khoury, Víctor Joaquín Castellanos Pizano,
Domingo Gil, Wilson S. Gómez Ramírez y Miguel Valera Montero, en ejercicio de
sus competencias constitucionales y legales, específicamente las previstas en los
artículos 185.4 y 277 de la Constitución y los artículos 9 y 53 de la Ley núm. 137-
11, Orgánica del Tribunal Constitucional y de los Procedimientos Constitucionales
del trece (13) de junio de dos mil once (2011), dicta la siguiente sentencia:
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-04-2017-0217, relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por Nelly
Josandra Sánchez contra la Sentencia TSE-RR-RA Núm. 295-2017, dictada por el Tribunal Superior Electoral el treinta y uno (31)
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I. ANTECEDENTES
1. Descripción de la decisión recurrida en revisión de decisión jurisdiccional
La Sentencia núm. TSE-RR-RA-Núm. 295-2017, objeto del presente recurso de
revisión de decisión jurisdiccional, fue dictada por el Tribunal Superior Electoral el
treinta y uno (31) de octubre de dos mil diecisiete (2017). En su parte dispositiva, la
referida decisión expresa lo siguiente:
Primero: Declara regular y válido en cuanto a la forma, el Recurso de
Revisión incoado el 14 de septiembre de 2017, por (…) Nelly Josandra
Sánchez, contra la Sentencia de Rectificación TSE-3406-2017, dictada por
este Tribunal el 31 de julio de 2017, por haber sido interpuesto de
conformidad con las disposiciones legales y reglamentarias vigentes.
Segundo: Rechaza en cuanto al fondo el referido recurso de revisión, por ser
el mismo improcedente, mal fundado y carente de base legal y, en
consecuencia, confirma en todas sus partes la sentencia recurrida, por los
motivos expuestos precedentemente. Tercero: Ordena la comunicación de la
presente sentencia a la parte recurrente, para los fines de lugar.
La referida sentencia fue notificada a la parte recurrente, Nelly Josandra Sánchez,
mediante Certificación núm. TSE-SG-CE-1421-2017, emitida por la Secretaría
General del Tribunal Superior Electoral el veinticuatro (24) de noviembre de dos mil
diecisiete (2017).
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-04-2017-0217, relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por Nelly
Josandra Sánchez contra la Sentencia TSE-RR-RA Núm. 295-2017, dictada por el Tribunal Superior Electoral el treinta y uno (31)
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2. Presentación del recurso de revisión de decisión jurisdiccional
La parte recurrente, Nelly Josandra Sánchez, interpuso un recurso de revisión de
decisión jurisdiccional contra la Sentencia TSE-RR-RA-Núm. 295-2017, mediante
escrito depositado en la Secretaría General del Tribunal Superior Electoral el treinta
(30) de noviembre de dos mil diecisiete (2017). En el expediente no consta
notificación del presente recurso a la Junta Central Electoral. No obstante, tomando
en consideración la solución que se dará en el presente caso, el Tribunal concluye
que dicha notificación se hace innecesaria en el caso.
3. Fundamentos de la sentencia recurrida en revisión jurisdiccional
El Tribunal Superior Electoral rechazó el recurso de revisión interpuesto por la
recurrente, Nelly Josandra Sánchez, fundamentándose el mismo, entre otros, en los
motivos siguientes:
a. Que la parte recurrente, como fundamento de su recurso de revisión,
alega lo siguiente: que en fecha 19 de mayo de 1999, Nelly Josandra Sánchez,
declaró el nacimiento de la niña María del Carmen Elizabeth, inscrita en el
Libro. No. 00036-11, de Registro de Nacimiento, Folio No. 0130, Acta
No.007130, ante el oficial de Estado Civil de la Segunda Circunscripción del
Distrito Nacional y al momento de inscribirse el nombre de la madre se
cometió un error material, siendo el nombre correcto de la madre Nelly
Josandra Sánchez, más al ser transcrito se cometió un error material
involuntario, y fue transcrito como Nelly García siendo la forma correcta
Nelly Josandra Sánchez.
b. Que, en el presente caso, ciertamente este Tribunal rechazó la solicitud
de rectificación en razón de que la parte interesada no pudo demostrar, con

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