Sentencia Nº TC/0180/18 de Tribunal Constitucional, 18-07-2018

Número de sentenciaTC/0180/18
Fecha18 Julio 2018
Número de expediente TC-05-2016-0458
EmisorTribunal Constitucional (República Dominicana
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2016-0458, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo (hábeas data) interpuesto
por Johnny Sosa Ureña contra la Sentencia núm. 035-16-SCON-01398, dictada por la Segunda Sala de la Cámara Civil y Comercial
del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional el diez (10) de noviembre de dos mil dieciséis (2016).
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EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA
SENTENCIA TC/0180/18
Referencia: Expediente núm. TC-05-
2016-0458, relativo al recurso de revisión
constitucional en materia de amparo
(hábeas data) interpuesto por Johnny Sosa
Ureña contra la Sentencia núm. 035-16-
SCON-01398, dictada por la Segunda Sala
de la Cámara Civil y Comercial del
Juzgado de Primera Instancia del Distrito
Nacional el diez (10) de noviembre de dos
mil dieciséis (2016).
En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República
Dominicana, a los dieciocho (18) días del mes de julio del año dos mil dieciocho
(2018).
El Tribunal Constitucional, regularmente constituido por los magistrados Leyda
Margarita Piña Medrano, primera sustituta, presidente en funciones; Hermógenes
Acosta de los Santos, Ana Isabel Bonilla Hernández, Víctor Joaquín Castellanos
Pizano, Jottin Cury David, Rafael Díaz Filpo, Wilson S. Gómez Ramírez, Katia
Miguelina Jiménez Martínez e Idelfonso Reyes, en ejercicio de sus competencias
constitucionales y legales, específicamente las previstas en los artículos 185.4 de la
Constitución y 9 y 94 de la Ley núm. 137-11, Orgánica del Tribunal Constitucional
y de los Procedimientos Constitucionales del trece (13) de junio de dos mil once
(2011), dicta la siguiente sentencia:
I. ANTECEDENTES
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2016-0458, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo (hábeas data) interpuesto
por Johnny Sosa Ureña contra la Sentencia núm. 035-16-SCON-01398, dictada por la Segunda Sala de la Cámara Civil y Comercial
del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional el diez (10) de noviembre de dos mil dieciséis (2016).
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1. Descripción de la sentencia recurrida en revisión constitucional en
materia de amparo
La Sentencia núm. 035-16-SCON-01398, objeto del presente recurso de revisión
constitucional en materia de amparo (hábeas data), fue dictada por la Segunda Sala
de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito
Nacional, el diez (10) de noviembre de dos mil dieciséis (2016). Mediante dicha
decisión, fue declarada inadmisible la acción de amparo incoada por el señor Johnny
Sosa Ureña.
2. Presentación del recurso en revisión constitucional en materia de amparo
El recurrente, señor Johnny Sosa Ureña, interpuso un recurso de revisión
constitucional en materia de amparo contra la indicada sentencia, mediante instancia
depositada, el veintiuno (21) de noviembre del dos mil dieciséis (2016), y remitido a
este tribunal, el trece (13) de diciembre de dos mil dieciséis (2016). El referido
recurso se fundamenta en los alegatos que se exponen más adelante.
El indicado recurso de revisión fue notificado a las entidades Altice Dominicana, S.
A. (Orange Dominicana), Bank of Nova Scotia (Scotiabank), Quantus Portfolio
Maximization, Consultores de Datos del Caribe, S.R. L. (Data Crédito) y
Transunión, S. A., mediante el Acto núm. 00296/2016, instrumentado por el
ministerial Juan Manuel Troncoso Peralta, alguacil ordinario de la Segunda Sala de
la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional,
el veinticuatro (24) de noviembre de dos mil dieciséis (2016).
3. Fundamento de la sentencia recurrida en revisión constitucional en
materia de amparo
El tribunal que dictó la sentencia recurrida decidió lo siguiente:

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