Sentencia Nº TC/0180/19 de Tribunal Constitucional, 25-06-2019

Número de sentenciaTC/0180/19
Número de expediente TC-04-2018-0019
Fecha25 Junio 2019
EmisorTribunal Constitucional (República Dominicana
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-04-2018-0019, relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por
Bellarminio Antonio Polanco Toribio, contra: a) Sentencia núm. 5 99 y b) Resolución núm. 3390-2016, ambas dictadas por la
Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia el ocho (8) de junio de dos mil dieciséis (2016) y el diez (10) de octubre de dos mil
dieciséis (2016), respectivamente. Página 1 de 72
EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA
SENTENCIA TC/0180/19 Referencia: Expediente núm. TC-04-
2018-0019, relativo al recurso de revisión
constitucional de decisión jurisdiccional
interpuesto por Bellarminio Antonio
Polanco Toribio, contra: a) Sentencia núm.
599 y b) Resolución núm. 3390-2016,
ambas dictadas por la Segunda Sala de la
Suprema Corte de Justicia el ocho (8) de
junio de dos mil dieciséis (2016) y el diez
(10) de octubre de dos mil dieciséis (2016),
respectivamente.
En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República
Dominicana, a los veinticinco (25) días del mes de junio del año dos mil diecinueve
(2019).
El Tribunal Constitucional, regularmente constituido por los magistrados Milton
Ray Guevara, presidente; Rafael Díaz Filpo, primer sustituto; Lino Vásquez Sámuel,
segundo sustituto; Hermógenes Acosta de los Santos, José Alejandro Ayuso, Alba
Luisa Beard Marcos, Ana Isabel Bonilla Hernández, Justo Pedro Castellanos
Khoury, Víctor Joaquín Castellanos Pizano, Domingo Gil, Wilson S. Gómez
Ramírez y Miguel Valera Montero, en ejercicio de sus competencias
constitucionales y legales, específicamente las previstas en los artículos 9 y 53 de la
Ley núm. 137-11, Orgánica del Tribunal Constitucional y de los Procedimientos
Constitucionales del trece (13) de junio de dos mil once (2011), dicta la siguiente
sentencia:
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-04-2018-0019, relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por
Bellarminio Antonio Polanco Toribio, contra: a) Sentencia núm. 5 99 y b) Resolución núm. 3390-2016, ambas dictadas por la
Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia el ocho (8) de junio de dos mil dieciséis (2016) y el diez (10) de octubre de dos mil
dieciséis (2016), respectivamente. Página 2 de 72
I. ANTECEDENTES
1. Descripción de las decisiones jurisdiccionales recurridas en revisión
constitucional de decisión jurisdiccional
El presente recurso de revisión tiene como objeto las decisiones jurisdiccionales
siguientes: a) Sentencia núm. 599 y b) Resolución núm. 3390-2016, ambas dictadas
por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia el ocho (8) de junio de dos mil
dieciséis (2016) y el diez (10) de octubre de dos mil dieciséis (2016),
respectivamente.
El dispositivo de la primera ─la Sentencia núm. 599─, copiado íntegramente, es el
siguiente:
Primero: Rechaza el Recurso de Casación interpuesto por Bellarminio
Antonio Polanco Toribio, en su calidad de imputado a través del Licdo.
Israel Rosario Cruz y el Dr. Francisco Antonio Francisco, contra la
sentencia núm. 141-2015, dictada por la Cámara Penal de la Corte de
Apelación del Departamento Judicial de San Francisco de Macorís el 22 de
junio de 2015, cuyo dispositivo se copia en parte anterior del presente fallo.
Segundo: Confirma la decisión impugnada por los motivos expuestos en el
cuerpo de la presente decisión.
Tercero: Condena al pago de las costas penales del proceso al imputado,
por no haber prosperado en sus pretensiones ante esta Alzada.
Cuarto: Ordena la remisión de la presente decisión por ante el Juez de la
Ejecución de la Pena de la jurisdicción, para los fines de ley
correspondiente.
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-04-2018-0019, relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por
Bellarminio Antonio Polanco Toribio, contra: a) Sentencia núm. 5 99 y b) Resolución núm. 3390-2016, ambas dictadas por la
Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia el ocho (8) de junio de dos mil dieciséis (2016) y el diez (10) de octubre de dos mil
dieciséis (2016), respectivamente. Página 3 de 72
Quinto: Ordena la notificación de la presente decisión a las partes.
Asimismo, el dispositivo íntegro de la segunda ─la Resolución núm. 3390-2016─,
es el siguiente:
Primero: Declarar inadmisible el recurso de revisión interpuesto por
Bellarminio Antonio Polanco Toribio, contra la sentencia núm. 599, dictada
por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia el 8 de junio de 2016,
cuyo dispositivo se copia en parte anterior de esta resolución.
Segundo: Condena al recurrente al pago de las costas.
Tercero: Ordena que la presente resolución sea notificada a las partes.
Dentro de la glosa procesal obra una notificación del dispositivo de la Sentencia
núm. 599 realizada, el veintidós (22) de junio de dos mil dieciséis (2016), por la
secretaria general de la Suprema Corte de Justicia, dirigida a los Lics. Israel Rosario
Cruz y Francisco A. Francisco, antiguos representantes legales del recurrente. La
misma tiene acuse de recibo, el veintitrés (23) de junio de dos mil dieciséis (2016),
por la sección de trámite y correspondencia del Consejo del Poder Judicial.
Asimismo, en el expediente consta una notificación del dispositivo de la Resolución
núm. 3390-2016, realizada el dos (2) de julio de dos mil diecisiete (2017), por la
secretaria general de la Suprema Corte de Justicia, dirigida al Dr. Pedro J. Duarte
Canaán, actual representante legal del recurrente. La misma tiene acuse de recibo, el
tres (3) de julio de dos mil diecisiete (2017), por Víctor Solano Pérez en su condición
de asistente del abogado antes mencionado.

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