Sentencia Nº TC/0184/18 de Tribunal Constitucional, 18-07-2018
Número de sentencia | TC/0184/18 |
Fecha | 18 Julio 2018 |
Número de expediente | TC-04-2016-0270 |
Emisor | Tribunal Constitucional (República Dominicana |
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-04-2016-0270, relativo al recurso de revisión de decisión jurisdiccional incoado por los seño res M. de
J.B.G., G.J., J.H. y compartes en contra de la Sentencia núm. 95 , dictada por la Tercera
Sala de lo Laboral, Tierras, Contencioso-Administrativo y Contencioso-Tributario de la Suprema Corte de J.ticia el once (11) de
marzo de dos mil quince (2015). Página 1 de 14
EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA
SENTENCIA TC/0184/18
Referencia: Expediente núm. TC-04-
2016-0270, relativo al recurso de
revisión de decisión jurisdiccional
incoado por los señores M. de J.
.B..G., G..J.,
J..H. y compartes en
contra de la Sentencia núm. 95, dictada
por la Tercera Sala de lo Laboral,
Tierras, Contencioso- Administrativo
y Contencioso- Tributario de la
Suprema Corte de J.ticia el once (11)
de marzo de dos mil quince (2015).
En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República
Dominicana, a los dieciocho (18) días del mes de julio del año dos mil dieciocho
(2018).
El Tribunal Constitucional, regularmente constituido por los magistrados M.
.R..G., presidente; L.o Vásquez Sámuel, segundo sustituto; H.
.A. de los Santos, J.P.dro C.K., J..C.D., R.l
D.F., W.S.G..R., K.M.J.M. e
I.R., en ejercicio de sus competencias constitucionales y legales,
específicamente las previstas en los artículos 185.4 de la Constitución y 9 y 53 de la
Ley núm. 137-11, Orgánica del Tribunal Constitucional y de los Procedimientos
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-04-2016-0270, relativo al recurso de revisión de decisión jurisdiccional incoado por los seño res M. de
J.B.G., G.J., J.H. y compartes en contra de la Sentencia núm. 95 , dictada por la Tercera
Sala de lo Laboral, Tierras, Contencioso-Administrativo y Contencioso-Tributario de la Suprema Corte de J.ticia el once (11) de
marzo de dos mil quince (2015). Página 14 de 14
A., F.O.H.L., S..A.M., E.M.,
J.T.R., J.M.T., M.M.C.R.,
B.A.M., N.V..G., J..J. de la C.A.,
D.M.M..D., R.S.H., P.F.D.,
S.O..L..R., W..M.A.u A., Alejo de J.s, P.
.R.L.F., S.d.C.C.P.ralta, J.F.
.C., M.P..U., M..C..T.P., J..L.
.G.T., M..t.F., R..M.U.C., L.E.sto
V.C., D.F..n.C., V.L., Anastasia Peña Marte,
R.F., O.R..R.R., J.G. de la Cruz,
Y..R.R., J.M..P., L.A.to M.F.,
M.E.C., R. de J.C., J.J.S., A.N.
.E.E., R.R., E.A..P., A..P.; y a la
parte recurrida, C.H.S., C. por A., actual S.R.L.
CUARTO: DISPONER, que la presente sentencia sea publicada en el Boletín del
Tribunal Constitucional.
Firmada: M..R.G., J.P.; L..V.S., J.
Segundo Sustituto; Hermógenes A. de los Santos, J.; J.to P.C.
.K., J.; J..C.D., J.; R.D..F., J.; W.S..G.
.R., J.; K..M..J..M., J.; I..R., J.;
J.J.R.B., S..
La presente sentencia es dada y firmada por los señores jueces del Tribunal
Constitucional que anteceden, en la sesión del Pleno celebrada el día, mes y año
anteriormente expresados, y publicada por mí, secretario del Tribunal
Constitucional, que certifico.
Julio J.R.B..
.S.
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