Sentencia Nº TC/0195/19 de Tribunal Constitucional, 28-06-2019

Número de sentenciaTC/0195/19
Número de expediente1) Expediente núm. TC-052019-0034, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo incoado por la Policía Nacional; 2) Expediente núm. TC-05-2019-0035
Fecha28 Junio 2019
EmisorTribunal Constitucional (República Dominicana
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
1) Expediente núm. TC-05-2019-0034, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo incoado por la
Policía Nacional; 2) Expediente núm. TC-05-2019-0035, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo
incoado por el Comité de Retiro de la Policía Nacional; ambos en contra la Sentencia núm. 0030 -04-2018-SSEN-00398, dictada
por la Tercera Sala del Tribunal Superior Administrativo el doce (12) de noviembre de dos mil dieciocho (2018).
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EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA
SENTENCIA TC/0195/19
Referencia: 1) Expediente núm. TC-05-
2019-0034, relativo al recurso de revisión
constitucional de sentencia de amparo
incoado por la Policía Nacional; 2)
Expediente núm. TC-05-2019-0035,
relativo al recurso de revisión
constitucional de sentencia de amparo
incoado por el Comité de Retiro de la
Policía Nacional; ambos en contra la
Sentencia núm. 0030-04-2018-SSEN-
00398, dictada por la Tercera Sala del
Tribunal Superior Administrativo el doce
(12) de noviembre de dos mil dieciocho
(2018).
En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República
Dominicana, a los veintiocho (28) días del mes de junio del año dos mil diecinueve
(2019).
El Tribunal Constitucional, regularmente constituido por los magistrados Rafael
Díaz Filpo, primer sustituto, presidente en funciones; Lino Vásquez Sámuel,
segundo sustituto; Hermógenes Acosta de los Santos, José Alejandro Ayuso, Alba
Luisa Beard Marcos, Justo Pedro Castellanos Khoury, Domingo Gil, Wilson S.
Gómez Ramírez, Katia Miguelina Jiménez Martínez y Miguel Valera Montero, en
ejercicio de sus competencias constitucionales y legales, específicamente las
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
1) Expediente núm. TC-05-2019-0034, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo incoado por la
Policía Nacional; 2) Expediente núm. TC-05-2019-0035, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo
incoado por el Comité de Retiro de la Policía Nacional; ambos en contra la Sentencia núm. 0030 -04-2018-SSEN-00398, dictada
por la Tercera Sala del Tribunal Superior Administrativo el doce (12) de noviembre de dos mil dieciocho (2018).
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previstas en los artículos 185 numeral 4 de la Constitución y 9 y 94 de la Ley núm.
137-11, Orgánica del Tribunal Constitucional y los Procedimientos
Constitucionales, del trece (13) de junio de dos mil once (2011), dicta la siguiente
sentencia:
I. ANTECEDENTES
1. Descripción de la sentencia recurrida en revisión constitucional en
materia de amparo
La Sentencia núm. 0030-04-2018-SSEN-00398, objeto de los presentes recursos,
fue dictada por la Tercera Sala del Tribunal Superior Administrativo, el doce (12)
de noviembre de dos mil dieciocho (2018). Mediante dicha decisión fue acogida la
acción constitucional de amparo interpuesta por los señores Rinel Rafael Lozada
Montás y Esteilo Luciano Sánchez contra la Dirección General de la Policía
Nacional, su titular, el mayor general Ney Aldrín Bautista Almonte y el Comité de
Retiro de la Policía Nacional.
La sentencia anteriormente descrita fue notificada a la Dirección General de la
Policía Nacional, su titular, el mayor general Ney Aldrín Bautista Almonte y el
Comité de Retiro de la Policía Nacional, mediante Acto núm. 978/2018,
instrumentado por el ministerial Anulfo Luciano Valenzuela, alguacil ordinario de
la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Departamento Judicial de Santo
Domingo el diecisiete (17) de diciembre de dos mil dieciocho (2018).
2. Presentación de los recursos en revisión constitucional en materia de
amparo
A. La recurrente, Policía Nacional, apoderó a este tribunal constitucional del
recurso de revisión contra la sentencia anteriormente descrita, mediante escrito
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
1) Expediente núm. TC-05-2019-0034, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo incoado por la
Policía Nacional; 2) Expediente núm. TC-05-2019-0035, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo
incoado por el Comité de Retiro de la Policía Nacional; ambos en contra la Sentencia núm. 0030 -04-2018-SSEN-00398, dictada
por la Tercera Sala del Tribunal Superior Administrativo el doce (12) de noviembre de dos mil dieciocho (2018).
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depositado el veinte (20) de diciembre de dos mil dieciocho (2018) ante la
Secretaría General del Tribunal Superior Administrativo; remitido a este tribunal
constitucional el once (11) de febrero de dos mil diecinueve (2019). El referido
recurso se fundamenta en los alegatos que se exponen más adelante.
El recurso anteriormente descrito fue notificado a los señores Rinel Rafael Lozada
Montás y Esteilo Luciano Sánchez, mediante Acto núm. 53/2019, instrumentado
por el ministerial Raymi Yoel del Orbe Regalado, alguacil ordinario del Tribunal
Superior Administrativo el once (11) de enero de dos mil diecinueve (2019).
B. El recurrente, Comité de Retiro de la Policía Nacional, apoderó a este tribunal
constitucional del recurso de revisión contra la sentencia anteriormente descrita,
mediante escrito depositado el veintiuno (21) de diciembre de dos mil dieciocho
(2018) ante la Secretaría General del Tribunal Superior Administrativo; remitido a
este tribunal constitucional el once (11) de febrero de dos mil diecinueve (2019).
El referido recurso se fundamenta en los alegatos que se exponen más adelante.
El recurso anteriormente descrito fue notificado a los señores Rinel Rafael Lozada
Montás y Esteilo Luciano Luciano Sánchez, mediante Acto núm. 54/2019,
instrumentado por el ministerial Raymi Yoel del Orbe Regalado, alguacil ordinario
del Tribunal Superior Administrativo el once (11) de enero de dos mil diecinueve
(2019).
3. Fundamentos de la sentencia recurrida en revisión constitucional en
materia de amparo
El tribunal que dictó la sentencia recurrida decidió lo siguiente:
PRIMERO: DECLARA buena y válida, en cuanto a la forma la acción de

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