Sentencia Nº TC/0208/19 de Tribunal Constitucional, 15-07-2019

Número de sentenciaTC/0208/19
Número de expediente TC-05- 2019-0013
Fecha15 Julio 2019
EmisorTribunal Constitucional (República Dominicana
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expe diente núm. TC-05-2019-0013, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo incoado por Yokasta
Mariana Tamayo Massih contra la Sentencia núm. 030-2017-SSEN-00075, dictada por la Tercera Sala del Tribunal Superior
Administrativo el seis (6) de marzo de dos mil diecisiete (2017) Página 1 de 14
EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA
SENTENCIA TC/0208/19
Referencia: Expediente núm. TC-05-
2019-0013, relativo al recurso de
revisión constitucional de sentencia de
amparo incoado por Yokasta Mariana
Tamayo Massih contra la Sentencia
núm. 030-2017-SSEN-00075, dictada
por la Tercera Sala del Tribunal Superior
Administrativo el seis (6) de marzo de dos
mil diecisiete (2017)
En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República
Dominicana, a los quince (15) días del mes de julio del año dos mil diecinueve
(2019).
El Tribunal Constitucional, regularmente constituido por los magistrados Milton Ray
Guevara, presidente; Rafael Díaz Filpo, primer sustituto; Lino Vásquez Sámuel,
segundo sustituto; Hermógenes Acosta de los Santos, José Alejandro Ayuso, Alba
Luisa Beard Marcos, Ana Isabel Bonilla Hernández, Justo Pedro Castellanos Khoury,
Domingo Gil, Wilson S. Gómez Ramírez y Miguel Valera Montero, en ejercicio de
sus competencias constitucionales y legales, específicamente las previstas en los
artículos 185.4 de la Constitución, y los artículos 9 y 94 de la Ley núm. 137-11,
Orgánica de Tribunal Constitucional y de los Procedimientos Constitucionales, del
trece (13) de junio de dos mil once (2011), dicta la siguiente sentencia:
I. ANTECEDENTES

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR