Sentencia Nº TC/0225/23 de Tribunal Constitucional, 05-05-2023

Número de sentenciaTC/0225/23
Fecha05 Mayo 2023
Número de expedienteTC-05-2022-0211, TC-07-2022-0033
EmisorTribunal Constitucional (República Dominicana
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expedientes núms. TC-05-2022-0211 y TC-07-2022-0033, relativos al recurso de revisión constitucional de sentencia de
amparo y a la solicitud de suspensión de ejecución de sentencia interpuestos por el Ministerio de Educación de la República
Dominicana, contra la Sentencia núm. 030-02-2019-SSEN-00335, dictada por la Primera Sala del Tribunal Superior
Administrativo el veinticuatro (24) de octubre de dos mil diecinueve (2019). Página 1 de 38
EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA
SENTENCIA TC/0225/23
Referencia: Expedientes núms. TC-
05-2022-0211 y TC-07-2022-0033,
relativos al recurso de revisión
constitucional de sentencia de amparo
y a la solicitud de suspensión de
ejecución de sentencia interpuestos
por el Ministerio de Educación de la
República Dominicana, contra la
Sentencia núm. 030-02-2019-SSEN-
00335, dictada por la Primera Sala del
Tribunal Superior Administrativo el
veinticuatro (24) de octubre de dos mil
diecinueve (2019).
En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República
Dominicana, a los cinco (5) días del mes de mayo del año dos mil veintitrés
(2023).
El Tribunal Constitucional, regularmente constituido por los magistrados L.
.
V.S., segundo sustituto, en funciones de presidente; J.A.
.
A., A.L.B.M., M.U.B.V., V.
.
J.C.P., D.G., M..V.M., J.
.
A.V..G. y E.V..A., en ejercicio de sus
competencias constitucionales y legales, específicamente las previstas en los
artículos 185.4 de la Constitución; 9 y 94 de la Ley núm. 137-11, Orgánica del
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expedientes núms. TC-05-2022-0211 y TC-07-2022-0033, relativos al recurso de revisión constitucional de sentencia de
amparo y a la solicitud de suspensión de ejecución de sentencia interpuestos por el Ministerio de Educación de la República
Dominicana, contra la Sentencia núm. 030-02-2019-SSEN-00335, dictada por la Primera Sala del Tribunal Superior
Administrativo el veinticuatro (24) de octubre de dos mil diecinueve (2019). Página 2 de 38
Tribunal Constitucional y de los Procedimientos Constitucionales, del trece
(13) de junio de dos mil once (2011), dicta la siguiente sentencia:
I. ANTECEDENTES
1. Descripción de la sentencia recurrida en revisión constitucional de
sentencia de amparo
La Sentencia núm. 030-02-2019-SSEN-00335, objeto del presente recurso de
revisión constitucional de sentencia de amparo y de la solicitud de suspensión
de ejecución, fue dictada por la Primera Sala del Tribunal Superior
Administrativo el veintiocho (28) de octubre de dos mil diecinueve (2019),
cuyo dispositivo es el siguiente:
PRIMERO: RECHAZA el medio de inadmisión planteado por la parte
accionada, por los motivos expuestos precedentemente.
SEGUNDO: DECLARA buena y válida, en cuanto a la forma la acción
de amparo incoada por el señor D.M..C.
.
A., contra el ESTADO DOMINICANO y el MINISTERIO DE
EDUCACIÓN.
TERCERO: ACOGE, en cuanto al fondo la presente acción de amparo
y en consecuencia, ORDENA al MINISTERIO DE EDUCACIÓN el
desalojo de la parcela número 145 D.C. número 19, municipio de
Guayubín, provincia Montecristi, propiedad del señor D.
.
M.C. ABREU efectivo a partir del día siguiente del
término del año escolar 2019-2020, de conformidad con las
motivaciones antes expuestas.
República Dominicana
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Expedientes núms. TC-05-2022-0211 y TC-07-2022-0033, relativos al recurso de revisión constitucional de sentencia de
amparo y a la solicitud de suspensión de ejecución de sentencia interpuestos por el Ministerio de Educación de la República
Dominicana, contra la Sentencia núm. 030-02-2019-SSEN-00335, dictada por la Primera Sala del Tribunal Superior
Administrativo el veinticuatro (24) de octubre de dos mil diecinueve (2019). Página 3 de 38
CUARTO: DECLARA el presente proceso libre de costas.
QUINTO: ORDENA la comunicación de la presente sentencia a las
partes envueltas en el presente proceso y a la PROCURADURÍA
GENERAL ADMINITRATIVA, a los fines procedentes.
SEXTO: ORDENA que la presente sentencia sea publicada en el
Boletín del Tribunal Superior Administrativo.
La sentencia fue notificada al Ministerio de Educación de la República
Dominicana (M., en lo adelante Ministerio de Educación, mediante el
Acto núm. 72/2019, del once (11) de diciembre de dos mil diecinueve (2019),
instrumentado por el ministerial P. de la C..M., alguacil ordinario
de la Corte de Trabajo del Distrito Nacional.
2. Presentación del recurso de revisión constitucional de sentencia de
amparo y de la demanda en suspensión de ejecución
La parte recurrente, Ministerio de Educación, interpuso el recurso de revisión
constitucional de sentencia de amparo el once (11) de diciembre de dos mil
diecinueve (2019), ante la Secretaría del Tribunal Superior Administrativo,
recibido por este tribunal el dieciocho (18) de julio de dos mil veintidós (2022).
La demanda en suspensión fue incoada por el Ministerio de Educación el
diecisiete (17) de febrero de dos mil veintiuno (2021), recibida por este tribunal
el dieciocho (18) de julio de dos mil veintidós (2022).
El recurso de revisión y la demanda en suspensión fueron notificados a la parte
recurrida -D.M.C.A.- mediante Acto núm. 142/2020, del
diecinueve (19) de noviembre de dos mil veinte (2020) y Acto núm.122/2021,
del dieciocho (18) de febrero de dos mil veintiuno (2021), respectivamente;

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