Sentencia Nº TC/0232/18 de Tribunal Constitucional, 20-07-2018

Número de sentenciaTC/0232/18
Número de expediente TC-05-2017-0258
Fecha20 Julio 2018
EmisorTribunal Constitucional (República Dominicana
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2017-0258, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto por
Agroforestal Macapi, S. A., contra la Decisión núm. 03222017000234, dictada por el Tribunal de Tierras de Jurisdicción Original
de San Juan de la Maguana el veinticuatro (24) de agosto de dos mil diecisiete (2017). Página 1 de 29
EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA
SENTENCIA TC/0232/18
Referencia: Expediente núm. TC-05-
2017-0258, relativo al recurso de revisión
constitucional de sentencia de amparo
interpuesto por Agroforestal Macapi, S. A.,
contra la Decisión núm. 03222017000234,
dictada por el Tribunal de Tierras de
Jurisdicción Original de San Juan de la
Maguana el veinticuatro (24) de agosto de
dos mil diecisiete (2017).
En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República
Dominicana, a los veinte (20) días del mes de julio del año dos mil dieciocho (2018).
El Tribunal Constitucional, regularmente constituido por los magistrados Milton
Ray Guevara, presidente; Lino Vásquez Sámuel, segundo sustituto; Hermógenes
Acosta de los Santos, Justo Pedro Castellanos Khoury, Víctor Joaquín Castellanos
Pizano, Jottin Cury David, Rafael Díaz Filpo, Víctor Gómez Bergés y Wilson S.
Gómez Ramírez, en ejercicio de sus competencias constitucionales y legales,
específicamente las previstas en los artículos 185.4 de la Constitución dominicana,
así como 9 y 94 de la Ley núm. 137-11, Orgánica de Tribunal Constitucional y de
los Procedimientos Constitucionales, del trece (13) de junio de dos mil once (2011),
dicta la siguiente sentencia:
I. ANTECEDENTES
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2017-0258, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto por
Agroforestal Macapi, S. A., contra la Decisión núm. 03222017000234, dictada por el Tribunal de Tierras de Jurisdicción Original
de San Juan de la Maguana el veinticuatro (24) de agosto de dos mil diecisiete (2017). Página 2 de 29
1. Descripción de la sentencia recurrida en revisión constitucional en materia
de amparo
La Sentencia núm. 03222017000234, objeto del presente recurso de revisión
constitucional en materia de amparo, fue dictada por el Tribunal de Tierras de
Jurisdicción Original de San Juan de la Maguana el veinticuatro (24) de agosto de
dos mil diecisiete (2017). Dicho tribunal decidió lo siguiente:
PRIMERO: Rechaza el pedimento hecho por los abogados que representan
la coaccionada AGROFORESTAL MACAPI, S. A., respecto de que este
tribunal le conceda plazo para la realización de escrito justificativo de
conclusiones, por estimarlo innecesario y ser violatorio del artículo 84 de
la ley núm. 137-11, Ley Orgánica del Tribunal Constitucional y de los
procedimientos constitucionales (sic).
SEGUNDO: Rechaza el pedimento referente a descartar de los debates los
documentos depositados por el accionante, hecho por los abogados que
representan la coaccionada AGROFORESTAL MACAPI, S. A., por ser
infundado y carente de base legal de sustentación, toda vez que el tema de
la omisión de especificar la finalidad probatoria, no figura sancionada con
tal petitorio.
TERCERO: Rechaza los fines de inadmisión por alegada carencia de objeto
y existencia de otras vías legales, planteado por la coaccionada
AGROFORESTAL MACAPI, S. A., por mediación de sus respectivos
abogados; toda vez que se trata de un amparo preventivo, y además las vías
judiciales planteadas por dicha parte, no permiten de manera efectiva
obtener la protección del derecho fundamental invocado, más que la actual
jurisdicción constitucional de amparo. (sic) Ya que la acción de amparo
cuando reúna las condiciones de admisibilidad, por dicción de la ley, no
podrá suspenderse o sobreseerse para aguardar la definición de la suerte
de otro proceso judicial.

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