Sentencia Nº TC/0239/23 de Tribunal Constitucional, 12-05-2023

Número de sentenciaTC/0239/23
Fecha12 Mayo 2023
Número de expedienteTC-01-2022-0008
EmisorTribunal Constitucional (República Dominicana
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-01-2022-0008, relativo a la acción directa de incon stitucionalidad interpuesta por el señor E.
.
M.R. en contra del Decreto que declara de utilidad p ública e interés social varias porciones de terreno en
distintos municipios del país, para ser destinados a la construcción d e edicaciones escolares, núm. 260-13, del trece (13)
de septiembre de dos mil trece (2013). Página 1 de 29
EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA
SENTENCIA TC/0239/23
Referencia: Expediente núm. TC-01-
2022-0008, relativo a la acción directa
de inconstitucionalidad interpuesta
por el señor E..M.
.
R. en contra del Decreto que
declara de utilidad pública e interés
social varias porciones de terreno en
distintos municipios del país, para ser
destinados a la construcción de
edicaciones escolares, núm. 260-13,
del trece (13) de septiembre de dos mil
trece (2013).
En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República
Dominicana, a los doce (12) días del mes de mayo del año dos mil veintitrés
(2023).
El Tribunal Constitucional, regularmente constituido por los magistrados
M.R..G., presidente; R..D.F.lpo, primer sustituto; Lino
V.S., segundo sustituto; A.L.B.M., M.U.
.
B.V., V.J..C.P., D.G., M.
.
V.M., J.A..V.G. y E..V.A.,
en ejercicio de sus competencias constitucionales y legales, específicamente las
previstas en los artículos 185.1 de la Constitución; 9 y 36 de la Ley núm. 137-
11, Orgánica del Tribunal Constitucional y de los Procedimientos
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-01-2022-0008, relativo a la acción directa de incon stitucionalidad interpuesta por el señor E.
.
M.R. en contra del Decreto que declara de utilidad p ública e interés social varias porciones de terreno en
distintos municipios del país, para ser destinados a la construcción d e edicaciones escolares, núm. 260-13, del trece (13)
de septiembre de dos mil trece (2013). Página 2 de 29
Constitucionales, del trece (13) de junio de dos mil once (2011). dicta la
siguiente sentencia:
I. ANTECEDENTES
1. Descripción de la norma impugnada
El señor E.M..R. interpuso el catorce (14) de febrero de
dos mil veintidós (2022) una acción directa de inconstitucionalidad en contra
del Decreto que declara de utilidad pública e interés social varias porciones de
terreno en distintos municipios del país, para ser destinados a la construcción
de edicaciones escolares, núm. 260-13, del trece (13) de septiembre de dos
mil trece (2013), por supuesta violación a su derecho fundamental de
propiedad, consagrado en el artículo 51 de la Constitución. El referido decreto
dispone lo siguiente:
ARTÍCULO 1. Se declara de utilidad pública e interés social, la
adquisición por parte del Estado dominicano de las porciones de
terrenos que a continuación se indican, las cuales serán utilizadas para
construir las edicaciones escolares contempladas en los planes de
construcción del año 2013:
1. Una porción de terreno con una extensión supercial de 7,200.00
metros cuadrados, dentro del ámbito de la Parcela No.1-PROV-A, del
Distrito Catastral No.3, ubicada en el municipio de Moca, provincia
E., amparada por el Certicado de Título No.07-16, propiedad
del señor J.F.P.G..
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-01-2022-0008, relativo a la acción directa de incon stitucionalidad interpuesta por el señor E.
.
M.R. en contra del Decreto que declara de utilidad p ública e interés social varias porciones de terreno en
distintos municipios del país, para ser destinados a la construcción d e edicaciones escolares, núm. 260-13, del trece (13)
de septiembre de dos mil trece (2013). Página 29 de 29
V.G., juez; E.V..á.A., jueza; G.A..V.
.
R., secretaria.
La presente sentencia es dada y firmada por los señores jueces del Tribunal
Constitucional que anteceden, y publicada por mí, secretaria del Tribunal
Constitucional que certifico, en el día, mes y año anteriormente expresados.
G.A.V.R..
.
S.

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