Sentencia Nº TC/0246/20 de Tribunal Constitucional, 07-10-2020

Número de sentenciaTC/0246/20
Número de expediente TC-04-2019-0183
Fecha07 Octubre 2020
EmisorTribunal Constitucional (República Dominicana
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC -04-2019-0183, relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional
incoado por el señor Héctor Aramis Ceballos Tejada contr a la Sentencia núm. 322, dictada por la Primera Sala
Civil y Comercial de la Suprema Corte de Justicia el veintiocho (28) de febrero de dos mil diecisiete (2017 ).
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EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA
SENTENCIA TC/0246/20
Referencia: Expediente núm. TC-04-
2019-0183, relativo al recurso de
revisión constitucional de decisión
jurisdiccional incoado por el señor
Héctor Aramis Ceballos Tejada contra
la Sentencia núm. 322, dictada por la
Primera Sala Civil y Comercial de la
Suprema Corte de Justicia el
veintiocho (28) de febrero de dos mil
diecisiete (2017).
En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República
Dominicana, a los siete (7) días del mes de octubre del año dos mil veinte (2020).
El Tribunal Constitucional, regularmente constituido por los magistrados Milton
Ray Guevara, presidente; Rafael Díaz Filpo, primer sustituto; Lino Vásquez
Sámuel, segundo sustituto; José Alejandro Ayuso, Alba Luisa Beard Marcos,
Ana Isabel Bonilla Hernández, Justo Pedro Castellanos Khoury, Víctor Joaquín
Castellanos Pizano, Domingo Gil, Wilson S. Gómez Ramírez, Katia Miguelina
Jiménez Martínez y Miguel Valera Montero, en ejercicio de sus competencias
constitucionales y legales, específicamente las previstas en los artículos 185.4 y
277 de la Constitución y 9 y 53 de la Ley núm. 137-11, Orgánica del Tribunal
Constitucional y de los Procedimientos Constitucionales, del trece (13) de junio
de dos mil once (2011), dicta la siguiente sentencia:
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC -04-2019-0183, relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional
incoado por el señor Héctor Aramis Ceballos Tejada contr a la Sentencia núm. 322, dictada por la Primera Sala
Civil y Comercial de la Suprema Corte de Justicia el veintiocho (28) de febrero de dos mil diecisiete (2017 ).
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I. ANTECEDENTES
1. Descripción de la resolución recurrida en revisión
La Sentencia núm. 322, objeto del presente recurso de revisión constitucional,
dictada por la Primera Sala Civil de la Suprema Corte de Justicia el veintiocho
(28) de febrero de dos mil diecisiete (2017), declaró inadmisible el recurso de
casación interpuesto por el señor Héctor Aramis Ceballos Tejada contra la
sentencia dictada por la Tercera Sala Civil y Comercial de la Corte de Apelación
del Distrito Nacional el veintinueve (29) de febrero de dos mil dieciséis (2016).
Dicha decisión contiene el siguiente dispositivo:
Primero: Declara la inadmisible el recurso de casación interpuesto por
el señor Héctor Aramis Ceballos Tejada, contra la sentencia civil
núm.1303-2016-SSEN-00075, de fecha 29 de febrero de 2016, dictada
por la Tercera Sala de la Cámara Civil y Comercial de la Corte de
Apelación del Distrito Nacional, cuyo dispositivo se copia en la parte
anterior del presente fallo; Segundo: Condena a la parte recurrente al
pago de las costas del procedimiento, con distracción de estas a favor
del licenciado Juan Agustín Montesino Martínez, abogado de la parte
recurrida María Ozoria y José Miguel Abreu Roble, quien afirma
haberlas avanzado en su totalidad.
No constan en los documentos que componen el expediente que la sentencia
haya sido notificada a la parte recurrente. Dicha sentencia fue notificada a la
parte recurrida, señores José Miguel Abreu Roble y Maritza Ozoria, a
requerimiento del recurrente, señor Héctor Aramis Ceballos Tejada, mediante
el Acto núm. 1498/2017, instrumentado por el ministerial Marino A. Cornelio
de la Rosa, alguacil de estrados del Juzgado de Trabajo de La Vega, el veintidós
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC -04-2019-0183, relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional
incoado por el señor Héctor Aramis Ceballos Tejada contr a la Sentencia núm. 322, dictada por la Primera Sala
Civil y Comercial de la Suprema Corte de Justicia el veintiocho (28) de febrero de dos mil diecisiete (2017 ).
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(22) de septiembre de dos mil diecisiete (2017).
2. Presentación del recurso de revisión
El presente recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional
interpuesto contra la Sentencia núm. 322, fue depositado por el recurrente el
veintiséis (26) de septiembre de dos mil diecisiete (2017), mediante escrito
depositado en la Secretaría General de la Suprema Corte de Justicia.
El referido recurso de revisión fue notificado a los señores José Miguel Abreu
Roble y Maritza Ozoria en manos de su hija, Raiza Abreu Ozoria, mediante el
acto s/n, instrumentado por el ministerial Gustavo Javier Ariza, alguacil de
estrados de la Unidad del Centro de Citación, Notificación y Correspondencia
de la Jurisdicción Penal de La Vega, el quince (15) de junio dos mil dieciocho
(2018).
3. Fundamentos de la decisión recurrida
La Primera Sala Civil y Comercial de la Suprema Corte de Justicia, mediante la
Sentencia núm. 322, del veintiocho (28) de febrero de dos mil diecisiete (2017),
declaró inadmisible el recurso de casación, sobre los fundamentos que se
exponen a continuación:
(…) Considerando, que en su memorial de defensa la parte recurrida
solicita que sea declarada la inadmisibilidad del presente recurso sobre
la base de que las condenaciones establecidas no exceden el monto de
los doscientos (200) salarios mínimos establecido por la Ley núm. 491-
08 del 19 de diciembre de 2008, que modificó el Art. 5 de la Ley sobre
Procedimiento de Casación;

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