Sentencia Nº TC/0253/18 de Tribunal Constitucional, 30-07-2018

Número de sentenciaTC/0253/18
Número de expediente TC-04-2016-0275 y TC-04-2016-0274
Fecha30 Julio 2018
EmisorTribunal Constitucional (República Dominicana
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expedientes núms. TC-04-2016-0275 y TC-04-2016-0274, relativos a los recursos de revisión constitucional de decisión jurisdiccional
interpuestos por Estela Altagracia Rodríguez Santana y Dales Agente de Cambio, S.R.L. contra la Resolución núm. 2518-2014, dictada
por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia el diez (10) de julio de dos mil catorce (2014)
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EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA
SENTENCIA TC/0253/18
Referencia: Expedientes núms. TC-04-
2016-0275 y TC-04-2016-0274, relativos a
los recursos de revisión constitucional de
decisión jurisdiccional interpuestos por
Estela Altagracia Rodríguez Santana y Dales
Agente de Cambio, S.R.L. contra la
Resolución núm. 2518-2014, dictada por la
Segunda Sala de la Suprema Corte de
Justicia el diez (10) de julio de dos mil
catorce (2014)
En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República
Dominicana, a los treinta (30) días del mes de julio del año dos mil dieciocho (2018).
El Tribunal Constitucional, regularmente constituido por los magistrados Milton
Ray Guevara, presidente; Leyda Margarita Piña Medrano, primera sustituta; Lino
Vásquez Sámuel, segundo sustituto; Hermógenes Acosta de los Santos, Ana Isabel
Bonilla Hernández, Víctor Joaquín Castellanos Pizano, Jottin Cury David, Rafael
Díaz Filpo, Víctor Gómez Bergés, Wilson S. Gómez Ramírez, Katia Miguelina
Jiménez Martínez e Idelfonso Reyes, en ejercicio de sus competencias
constitucionales y legales, específicamente las previstas en los artículos 185.4 de la
Constitución y 9 y 53 de la Ley núm. 137-11, Orgánica del Tribunal Constitucional y
de los Procedimientos Constitucionales, del trece (13) del mes de junio de dos mil once
(2011 ), ha rendido la siguiente sentencia:
I. ANTECEDENTES
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expedientes núms. TC-04-2016-0275 y TC-04-2016-0274, relativos a los recursos de revisión constitucional de decisión jurisdiccional
interpuestos por Estela Altagracia Rodríguez Santana y Dales Agente de Cambio, S.R.L. contra la Resolución núm. 2518-2014, dictada
por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia el diez (10) de julio de dos mil catorce (2014)
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1. Descripción de la resolución recurrida en revisión constitucional de
decisión jurisdiccional
La Resolución núm. 2518-2014 fue dictada por la Segunda Sala de la Suprema Corte
de Justicia, el diez (10) de julio de dos mil catorce (2014), y su dispositivo es el
siguiente:
Primero: Declara inadmisible el recurso de casación interpuesto por
Estela Altagracia Rodríguez Santana y Dales Agente de Cambio, S.R.L.,
contra el auto núm. 369-2014, dictado por la Cámara Penal de la Corte de
Apelación del Departamento Judicial de San Pedro de Macorís el 19 de
marzo de 2014, cuyo dispositivo se copia en parte anterior de la presente
resolución; Segundo: Condena a los recurrentes al pago de las costas;
Tercero: Ordena que la presente resolución sea notificada a las partes;
Cuarto: Ordena la devolución del presente caso al tribunal de origen, para
los fines correspondientes.
En el expediente no consta notificación de la resolución recurrida.
2. Presentación de los recursos de revisión constitucional de decisión
jurisdiccional
Los recurrentes, Estela Altagracia Rodríguez Santana y Dales Agente de Cambio,
S.R.L., interpusieron los recursos de revisión constitucional de decisión
jurisdiccional, el once (11) de agosto de dos mil catorce (2014) ante la Secretaría de
la Suprema Corte de Justicia y recibido en este tribunal constitucional el seis (6) de
enero de dos mil dieciséis (2016), con la finalidad de que sea anulada la Resolución
núm. 2518-2014, del diez (10) de julio de dos mil catorce (2014).
Los recursos de revisión fueron notificados al recurrido, Antonio Di Loreto,
mediante Acto sin número, instrumentado por el ministerial Yanni Feliciano

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