Sentencia Nº TC/0257/18 de Tribunal Constitucional, 30-07-2018

Número de sentenciaTC/0257/18
Fecha30 Julio 2018
Número de expediente TC-04-2017-0194
EmisorTribunal Constitucional (República Dominicana
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-04-2017-0194, relativo al recurso de revisión constitucional de decisn jurisdiccional interpuesto por las
sucesoras de Mamerto Jansen Rodríguez y En eroliza Jansen Rodríguez, señoras Enersi Evangelista Jansen Morales y Teresa de
Jesús Mota Jansen, contra la Sentencia núm. 250, dictada por la Tercera Sala de lo Laboral, Tierras, Contencioso-Administrativo
y Contencioso-Tributario de la Suprema Corte de Justicia el once (11) de mayo de dos mil dieciséis (2016). Página 1 de 18
EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA
SENTENCIA TC/0257/18 Referencia: Expediente núm. TC-04-
2017-0194, relativo al recurso de
revisión constitucional de decisn
jurisdiccional interpuesto por las
sucesoras de Mamerto Jansen
Rodríguez y Eneroliza Jansen
Rodríguez, señoras Enersi
Evangelista Jansen Morales y Teresa
de Jesús Mota Jansen, contra la
Sentencia núm. 250, dictada por la
Tercera Sala de lo Laboral, Tierras,
Contencioso-Administrativo y
Contencioso-Tributario de la Suprema
Corte de Justicia el once (11) de mayo
de dos mil dieciséis (2016).
En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República
Dominicana, a los treinta (30) días del mes de julio del año dos mil dieciocho
(2018).
El Tribunal Constitucional, regularmente constituido por los magistrados Milton
Ray Guevara, presidente; Lino Vásquez Sámuel, segundo sustituto; Hermógenes
Acosta de los Santos, Ana Isabel Bonilla Hernández, Víctor Joaquín Castellanos
Pizano, Jottin Cury David, Rafael Díaz Filpo, Víctor Gómez Bergés, Wilson S.
Gómez Ramírez e Idelfonso Reyes, en ejercicio de sus competencias
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-04-2017-0194, relativo al recurso de revisión constitucional de decisn jurisdiccional interpuesto por las
sucesoras de Mamerto Jansen Rodríguez y En eroliza Jansen Rodríguez, señoras Enersi Evangelista Jansen Morales y Teresa de
Jesús Mota Jansen, contra la Sentencia núm. 250, dictada por la Tercera Sala de lo Laboral, Tierras, Contencioso-Administrativo
y Contencioso-Tributario de la Suprema Corte de Justicia el once (11) de mayo de dos mil dieciséis (2016). Página 2 de 18
constitucionales y legales, específicamente las previstas en los artículos 185.4 y
277 de la Constitución, y 9 y 53 de la Ley núm. 137-11, Orgánica del Tribunal
Constitucional y de los Procedimientos Constitucionales, del once (11) de junio de
dos mil once (2011), dicta la siguiente sentencia:
I. ANTECEDENTES
1. Descripción de la decisión recurrida
La Sentencia núm. 250, objeto del presente recurso de revisión constitucional, fue
dictada por la Tercera Sala de lo Laboral, Tierras, Contencioso-Administrativo y
Contencioso-Tributario de la Suprema Corte de Justicia el once (11) de mayo de
dos mil dieciséis (2016) y la misma rechazó el recurso de casación interpuesto por
las sucesoras de Mamerto Jansen Rodríguez y Eneroliza Jansen Rodríguez, señoras
Enersi Evangelista Jansen Morales y Teresa de Jesús Mota Jansen, contra la
Sentencia núm. 20130192, dictada por el Tribunal Superior de Tierras del Noreste
el siete (7) de octubre de dos mil trece (2013). El dispositivo del fallo recurrido es
el siguiente:
Primero: Rechaza el recurso de casación interpuesto por los sucesores de
Mamerto Jansen Rodríguez y Eneroliza Jansen Rodríguez, contra la
sentencia dictada por el Tribunal Superior de Tierras del Departamento
Noreste, el 7 de octubre de 2013 en relación a la Parcela núm. 10 del
Distrito Catastral núm. 7 del Municipio y Provincia de Samaná. Segundo:
Condena a los recurrentes al pago de las costas del procedimiento y las
distrae en provecho de los Licdos. Marcos Peña Rodríguez, Heiddy
Moronta y Verónica Núñez Cáceres, los cuales afirman haberlas avanzado
en su totalidad.

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