Sentencia Nº TC/0260/19 de Tribunal Constitucional, 07-08-2019

Número de sentenciaTC/0260/19
Fecha07 Agosto 2019
Número de expediente TC-05-2018-0339
EmisorTribunal Constitucional (República Dominicana
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2018-0339, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de acción de amparo incoado por
Denny F. Silvestre y Yelianny Polanco, procuradores fiscales del Distrito Nacional, adscritos a la Unidad de Defensa de Acciones
Constitucionales de la Procuraduría Fiscal del Distrito Nacional, en representación de la Licda. Damia Veloz Hernández, encargada
del Departamento de Control de Evidencias del Distrito Nacional, contra la Sentencia núm. 046-2018-SSEN-00209, dictada por la
Octava Sala de la Cámara Penal del Ju zgado de Primera Instancia del Distrito Nacional el doce (12) de no viembre de dos mil
dieciocho (2018). Página 1 de 33
EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA
SENTENCIA TC/0260/19
Referencia: Expediente núm. TC-05-
2018-0339, relativo al recurso de
revisión constitucional de sentencia de
acción de amparo incoado por Denny
F. Silvestre y Yelianny Polanco,
procuradores fiscales del Distrito
Nacional, adscritos a la Unidad de
Defensa de Acciones Constitucionales
de la Procuraduría Fiscal del Distrito
Nacional, en representación de la
Licda. Damia Veloz Hernández,
encargada del Departamento de
Control de Evidencias del Distrito
Nacional, contra la Sentencia núm.
046-2018-SSEN-00209, dictada por la
Octava Sala de la Cámara Penal del
Juzgado de Primera Instancia del
Distrito Nacional el doce (12) de
noviembre de dos mil dieciocho
(2018).
En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República
Dominicana, a los siete (7) días del mes de agosto del año dos mil diecinueve (2019).
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2018-0339, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de acción de amparo incoado por
Denny F. Silvestre y Yelianny Polanco, procuradores fiscales del Distrito Nacional, adscritos a la Unidad de Defensa de Acciones
Constitucionales de la Procuraduría Fiscal del Distrito Nacional, en representación de la Licda. Damia Veloz Hernández, encargada
del Departamento de Control de Evidencias del Distrito Nacional, contra la Sentencia núm. 046-2018-SSEN-00209, dictada por la
Octava Sala de la Cámara Penal del Ju zgado de Primera Instancia del Distrito Nacional el doce (12) de no viembre de dos mil
dieciocho (2018). Página 2 de 33
El Tribunal Constitucional, regularmente constituido por los magistrados Milton
Ray Guevara, presidente; Rafael Díaz Filpo, primer sustituto; Hermógenes Acosta
de los Santos, José Alejandro Ayuso, Alba Luisa Beard Marcos, Justo Pedro
Castellanos Khoury, Víctor Joaquín Castellanos Pizano, Domingo Gil, Wilson S.
Gómez Ramírez, Katia Miguelina Jiménez Martínez y Miguel Valera Montero, en
ejercicio de sus competencias constitucionales y legales, específicamente las
previstas en los artículos 185, numeral 1, de la Constitución y 36 de la Ley núm.
137-11, Orgánica del Tribunal Constitucional y de los Procedimientos
Constitucionales, de trece (13) de junio de dos mil once (2011), dicta la siguiente
sentencia:
I. ANTECEDENTES
1. Descripción de la sentencia recurrida
La Sentencia núm. 046-2018-SSEN-00209, objeto del presente recurso de revisión
constitucional en materia de amparo, fue dictada por la Octava Sala de la Cámara
Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional el doce (12) de
noviembre de dos mil dieciocho (2018). Su dispositivo dictaminó lo siguiente:
Primero: Rechaza los incidentes de inadmisibilidad por falta de calidad, por
haber sido introducida fuera de plazo y por la existencia de otra vía,
propuestos por la parte accionada, por los motivos previamente expuestos.
Segundo: Acoge como buena y valida, en cuanto a la forma, la presente
acción de amparo incoada por el Banco de Ahorro y Crédito, por haber sido
hecha de conformidad con la norma.
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2018-0339, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de acción de amparo incoado por
Denny F. Silvestre y Yelianny Polanco, procuradores fiscales del Distrito Nacional, adscritos a la Unidad de Defensa de Acciones
Constitucionales de la Procuraduría Fiscal del Distrito Nacional, en representación de la Licda. Damia Veloz Hernández, encargada
del Departamento de Control de Evidencias del Distrito Nacional, contra la Sentencia núm. 046-2018-SSEN-00209, dictada por la
Octava Sala de la Cámara Penal del Ju zgado de Primera Instancia del Distrito Nacional el doce (12) de no viembre de dos mil
dieciocho (2018). Página 3 de 33
Tercero: En cuanto al fondo, acoge la referida acción de amparo, habiéndose
demostrado la conculcación al derecho de propiedad por parte del Ministerio
Publico; en consecuencia, ordena a la Procuraduría Fiscal del Distrito
Nacional, de manera directa a la Oficina de Control de Evidencias, la
devolución del vehículo marca honda, modelo hit, año 2007, color blanco,
chasis num.GD91400355,placa núm. A602143, a la entidad accionante,
Banco de Ahorro y Crédito del Caribe, quien demostró ser su propietario. A
tales fines, le otorga un plazo de quince (15) días.
Cuarto: Impone una astreinte, ascendente a la suma de dos mil quinientos
pesos (RD2,500.00), a favor del Cuerpo de Bomberos del Distrito Nacional,
por cada día de retardo en la devolución del bien mueble previamente
señalado.
Quinto: Declara el proceso libre de costas, en atención del principio de
gratuidad que rige los procedimientos constitucionales.
La sentencia previamente descrita fue notificada a la parte recurrente, Licda. Rosalba
Ramos Castillo, procuradora fiscal del Distrito Nacional, y a la Licda. Damia Veloz
Hernández, procuradora general de la Corte de Apelación del Distrito Nacional,
mediante el Acto núm. 934/2018, de veinte (20) de noviembre de dos mil dieciocho
(2018), instrumentado por el ministerial Rogelio Feliz Casilla, alguacil ordinario de
la Cámara Penal de la Corte de Apelación de Santo Domingo.
2. Presentación del recurso de revisión constitucional en materia de amparo

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