Sentencia Nº TC/0285/18 de Tribunal Constitucional, 31-08-2018

Número de sentenciaTC/0285/18
Fecha31 Agosto 2018
Número de expediente TC-04-2017-0112
EmisorTribunal Constitucional (República Dominicana
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-04-2017-0112, relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional incoado por la sociedad
Residencial Villa España, S.R.L. contra la Sentencia núm. 606, dictada por la Sala Civil y Comercial de la Suprema Corte de
Justicia el veintinueve (29) de junio de dos mil dieciséis (2016). Página 1 de 41
EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA
SENTENCIA TC/0285/18
Referencia: Expediente núm. TC-04-
2017-0112, relativo al recurso de
revisión constitucional de decisión
jurisdiccional incoado por la sociedad
Residencial Villa España, S.R.L.
contra la Sentencia núm. 606, dictada
por la Sala Civil y Comercial de la
Suprema Corte de Justicia el
veintinueve (29) de junio de dos mil
dieciséis (2016).
En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República
Dominicana, a los treinta (30) días del mes de agosto del año dos mil dieciocho
(2018).
El Tribunal Constitucional, regularmente constituido por los magistrados Milton
Ray Guevara, presidente; Leyda Margarita Piña Medrano, primera sustituta; Lino
Vásquez Sámuel, segundo sustituto; Ana Isabel Bonilla Hernández, Víctor Joaquín
Castellanos Pizano, Jottin Cury David, Rafael Díaz Filpo, Víctor Gómez Bergés,
Wilson S. Gómez Ramírez, Katia Miguelina Jiménez Martínez e Idelfonso Reyes,
en ejercicio de sus competencias constitucionales y legales, específicamente las
previstas en los artículos 185.4 de la Constitución, y 53 y 54 de la Ley núm. 137-11,
Orgánica del Tribunal Constitucional y de los Procedimientos Constitucionales, del
trece (13) de junio de dos mil once (2011), dicta la siguiente sentencia:
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-04-2017-0112, relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional incoado por la sociedad
Residencial Villa España, S.R.L. contra la Sentencia núm. 606, dictada por la Sala Civil y Comercial de la Suprema Corte de
Justicia el veintinueve (29) de junio de dos mil dieciséis (2016). Página 2 de 41
I. ANTECEDENTES
1. Descripción de la sentencia recurrida en revisión
La Sentencia núm. 606, cuya revisión se incoa al efecto, fue dictada por la Sala Civil
y Comercial de la Suprema Corte de Justicia el veintinueve (29) de junio de dos mil
dieciséis (2016), la cual declaró inadmisible el recurso de casación interpuesto por
la actual recurrente, sociedad Residencial Villa España, S.R.L.
La sentencia previamente descrita fue notificada mediante el Acto núm. 1,100/2016,
del diecisiete (17) de noviembre de dos mil dieciséis (2016), instrumentado por el
ministerial Aquilino Lorenzo Ramírez, alguacil de estrados del Juzgado de Paz
Ordinario del municipio Santo Domingo Norte, provincia Santo Domingo.
2. Presentación del recurso de revisión
El recurso de revisión interpuesto contra la Sentencia núm. 606, dictada por la Sala
Civil y Comercial de la Suprema Corte de Justicia, fue depositado en la Secretaría
de la Suprema Corte de Justicia el dieciocho (18) de noviembre de dos mil dieciséis
(2016), remitido a este tribunal constitucional el veinticuatro (24) de abril de dos mil
diecisiete (2017). La notificación a la parte recurrida del recurso de revisión antes
indicado fue realizada mediante Acto núm. 049/17, del veintisiete (27) de enero de
dos mil diecisiete (2017), instrumentado por el ministerial Francisco Arias Pozo,
alguacil ordinario de la Suprema Corte de Justicia.
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-04-2017-0112, relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional incoado por la sociedad
Residencial Villa España, S.R.L. contra la Sentencia núm. 606, dictada por la Sala Civil y Comercial de la Suprema Corte de
Justicia el veintinueve (29) de junio de dos mil dieciséis (2016). Página 3 de 41
3. Fundamentos de la sentencia recurrida
La Sala Civil y Comercial de la Suprema Corte de Justicia, mediante la Sentencia
núm. 606, del veintinueve (29) de junio de dos mil dieciséis (2016), declaró
inadmisible el recurso de casación, basándose en los siguientes motivos:
Considerando, que la parte recurrente propone contra la sentencia
impugnada los siguientes medios de casación: “Primer Medio: Violación al
artículo 1315 del Código Civil; Segundo Medio: Desnaturalización de los
hechos” (sic);
Considerando, que, en ese tenor esta jurisdicción, ha podido comprobar que,
para la fecha de interposición del presente recurso, es decir el 23 de julio de
2015, el salario mínimo más alto para el sector privado estaba fijado en la
suma de RD$12,873.00 mensuales conforme se desprende de la Resolución
núm. 1/2015, la cual entró en vigencia el 1ro. de junio de 2015, resultando
que la suma del valor de doscientos (200) salarios mínimos asciende a dos
millones quinientos setenta y cuatro mil seiscientos pesos dominicanos
(RD$2,574,600.00), por consiguiente, para que la sentencia dictada por la
corte a qua sea susceptible del presente recurso extraordinario de casación
es imprescindible que la condenación por ella establecida supere esta
cantidad;
Considerando, que el referido mandato legal nos exige determinar, por un
lado, cuál era el salario mínimo más alto establecido para el sector privado
imperante al momento de interponerse el presente recurso y, por otro lado,
establecer si el monto resultante de los doscientos (200) salarios mínimos
excede la condenación contenida en la sentencia impugnada;

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