Sentencia Nº TC/0298/20 de Tribunal Constitucional, 21-12-2020

Número de sentenciaTC/0298/20
Fecha21 Diciembre 2020
Número de expediente TC-04-2019-0228
EmisorTribunal Constitucional (República Dominicana
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-04-2019-0228, relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional y a la solicitud
de suspensión de ejecución de sentencia interpuestos por la señora Marina Isabel Palacín Rosario contra la Sentencia 870,
dictada por la Sala Civil y Comercial de la Suprema Corte de Justicia el treinta (30) de mayo de dos mil dieciocho (2018).
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EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA
SENTENCIA TC/0298/20
Referencia: Expediente núm. TC-04-
2019-0228, relativo al recurso de
revisión constitucional de decisión
jurisdiccional y a la solicitud de
suspensión de ejecución de sentencia
interpuestos por la señora Marina
Isabel Palacín Rosario contra la
Sentencia 870, dictada por la Sala
Civil y Comercial de la Suprema Corte
de Justicia el treinta (30) de mayo de
dos mil dieciocho (2018).
En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República
Dominicana, a los veintiún (21) días del mes de diciembre del año dos mil veinte
(2020).
El Tribunal Constitucional, regularmente constituido por los magistrados
Milton Ray Guevara, presidente; Rafael Díaz Filpo, primer sustituto; Lino
Vásquez Sámuel, segundo sustituto; Hermógenes Acosta de los Santos, José
Alejandro Ayuso, Alba Luisa Beard Marcos, Justo Pedro Castellanos Khoury,
Víctor Joaquín Castellanos Pizano, Domingo Antonio Gil, Wilson S. Gómez
Ramírez, Katia Miguelina Jiménez Martínez y Miguel Valera Montero, en
ejercicio de sus competencias constitucionales y legales, específicamente las
previstas en los artículos 277 de la Constitución, 9 y 53 de la Ley núm. 137-11,
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-04-2019-0228, relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional y a la solicitud
de suspensión de ejecución de sentencia interpuestos por la señora Marina Isabel Palacín Rosario contra la Sentencia 870,
dictada por la Sala Civil y Comercial de la Suprema Corte de Justicia el treinta (30) de mayo de dos mil dieciocho (2018).
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Orgánica del Tribunal Constitucional y de los Procedimientos Constitucionales,
del trece (13) de junio de dos mil once (2011), dicta la siguiente sentencia:
I. ANTECEDENTES
1. Descripción de la sentencia recurrida
La Sentencia núm. 870, objeto del presente recurso de revisión, fue dictada por
la Sala Civil y Comercial de la Suprema Corte de Justicia el treinta (30) de mayo
de dos mil dieciocho (2018). Dicha decisión declaró inadmisible el recurso de
casación interpuesto por la señora Marina Isabel Palacín Rosario contra la
Sentencia núm. 34-2011, de veintidós (22) de febrero de dos mil once (2011),
dictada por la Cámara Civil y Comercial de la Corte de Apelación del
Departamento Judicial de San Pedro de Macorís. En efecto, en la referida
sentencia se decidió lo siguiente:
Primero: Declara inadmisible el recurso de casación interpuesto por
Marina Isabel Palacín Rosario, contra la sentencia núm. 342011
dictada el 22 de febrero del año 2011, por la Cámara Civil y Comercial
de la Corte de Apelación del Departamento Judicial de San Pedro de
Macorís, cuyo dispositivo figura copiado en otro lugar de este fallo;
Segundo: Compensa las costas del procedimiento.
Dicha sentencia fue notificada a la señora Marina Isabel Palacín Rosario
mediante Acto núm. 286/2019, de seis (6) de junio de dos mil diecinueve
(2019), instrumentado por el ministerial Ángel Yordany Santana Smith,
alguacil ordinario de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-04-2019-0228, relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional y a la solicitud
de suspensión de ejecución de sentencia interpuestos por la señora Marina Isabel Palacín Rosario contra la Sentencia 870,
dictada por la Sala Civil y Comercial de la Suprema Corte de Justicia el treinta (30) de mayo de dos mil dieciocho (2018).
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Distrito Judicial de La Romana.
2. Presentación del recurso de revisión constitucional
En el presente caso, la recurrente, señora Marina Isabel Palacín Rosario,
apoderó a este tribunal constitucional del recurso de revisión contra la sentencia
descrita anteriormente, mediante escrito depositado el doce (12) de junio de dos
mil diecinueve (2019) ante la Secretaría General de la Suprema Corte de
Justicia, remitido a este tribunal constitucional el veintiuno (21) de octubre de
dos mil diecinueve (2019). El referido recurso se fundamenta en los alegatos
que se exponen más adelante.
El recurso anteriormente descrito fue notificado a los licenciados Gustavo
Biaggi Pumarol y Dionisio Ortiz Acosta, abogados de los señores Martha
Pastrana viuda Álvarez, Martín Fernando Álvarez Pastrana, Mercedes
Guadalupe Álvarez Pastrana y Fernando de Jesús Álvarez León, mediante el
Acto núm. 753/2019, de cinco (5) de julio de dos mil diecinueve (2019),
instrumentado por el ministerial Eulogio Amado Peralta Castro, alguacil
ordinario de la Suprema Corte de Justicia.
3. Fundamento de la sentencia recurrida
Los fundamentos dados por el tribunal que dictó la sentencia son los siguientes:
Considerando, que previo al estudio de los medios de casación
propuestos por la parte recurrente, procede que esta Sala Civil y
Comercial de la Suprema Corte de Justicia, determine si en la especie,
se encuentran reunidos los presupuestos de admisibilidad cuyo control

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