Sentencia Nº TC/0299/19 de Tribunal Constitucional, 08-08-2019

Número de sentenciaTC/0299/19
Número de expediente TC-04-2018-0160 y TC-07-2018-0035
Fecha08 Agosto 2019
EmisorTribunal Constitucional (República Dominicana
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expedientes núm. TC-04-2018-0160 y TC-07-2018-0035, relativos al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional
y a la demanda en suspensión de ejecución de sentencia interpuestos por el Partido Reformista Social Cristiano (PRSC) y los
señores Federico Antún Batlle y Ramón Rogelio Genao Durán en contra la Resolución núm. TSE-003-2018, dictada por el Tribunal
Superior Electoral, el veinte (20) de julio de dos mil dieciocho (2018). Página 1 de 26
EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA
SENTENCIA TC/0299/19
Referencia: Expedientes núm. TC-04-
2018-0160 y TC-07-2018-0035,
relativos al recurso de revisión
constitucional de decisión
jurisdiccional y a la demanda en
suspensión de ejecución de sentencia
interpuestos por el Partido Reformista
Social Cristiano (PRSC) y los señores
Federico Antún Batlle y Ramón
Rogelio Genao Durán en contra la
Resolución núm. TSE-003-2018,
dictada por el Tribunal Superior
Electoral el veinte (20) de julio de dos
mil dieciocho (2018).
En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República
Dominicana, a los ocho (8) días del mes de agosto del año dos mil diecinueve (2019).
El Tribunal Constitucional, regularmente constituido por los magistrados Milton
Ray Guevara, presidente; Rafael Díaz Filpo, primer sustituto; Lino Vásquez Sámuel,
segundo sustituto; Hermógenes Acosta de los Santos, José Alejandro Ayuso, Alba
Luisa Beard Marcos, Ana Isabel Bonilla Hernández, Justo Pedro Castellanos
Khoury, Víctor Joaquín Castellanos Pizano, Domingo Gil, Wilson S. Gómez
Ramírez y Miguel Valera Montero, en ejercicio de sus competencias
constitucionales y legales, específicamente las previstas en los artículos 277 de la
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expedientes núm. TC-04-2018-0160 y TC-07-2018-0035, relativos al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional
y a la demanda en suspensión de ejecución de sentencia interpuestos por el Partido Reformista Social Cristiano (PRSC) y los
señores Federico Antún Batlle y Ramón Rogelio Genao Durán en contra la Resolución núm. TSE-003-2018, dictada por el Tribunal
Superior Electoral, el veinte (20) de julio de dos mil dieciocho (2018). Página 2 de 26
Constitución y 9, 53 y 54.8 de la Ley núm. 137-11, Orgánica del Tribunal
Constitucional y de los Procedimientos Constitucionales, de trece (13) de junio de
dos mil once (2011), dicta la siguiente sentencia:
I. ANTECEDENTES
1. Descripción de la decisión recurrida
La Resolución núm. TSE-003-2018, objeto del presente recurso, fue dictada por el
Tribunal Superior Electoral el veinte (20) de julio de dos mil dieciocho (2018).
Dicho fallo rechazó la recusación contra la magistrada Rafaelina Peralta Arias, la
cual había sido incoada por el Partido Reformista Social Cristiano (PRSC) y los
señores Federico Antún Batlle y Ramón Rogelio Genao Durán con ocasión de un
proceso relativo a una demanda en nulidad de convocatoria a Asamblea Nacional
Ordinaria celebrada el ocho (8) de julio de dos mil dieciocho (2018), interpuesta por
los recurrentes contra los señores Rafael Alburquerque, Luis José González Sánchez,
Juan Rafael Peralta Pérez y Julio César Madera Arias.
La resolución anteriormente descrita fue notificada a los recurrentes, el Partido
Reformista Social Cristiano (PRSC) y los señores Federico Antún Batlle y Ramón
Rogelio Genao Durán, mediante comunicación, vía Secretaría General del Tribunal
Superior Electoral, de veinte (20) de julio de dos mil dieciocho (2018).
2. Presentación del recurso de revisión constitucional y de la demanda en
suspensión
En el presente caso, los recurrentes, Partido Reformista Social Cristiano (PRSC) y
los señores Federico Antún Batlle y Ramón Rogelio Genao Durán, apoderaron a este
Tribunal Constitucional del recurso de revisión contra la resolución de recusación

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