Sentencia Nº TC/0311/18 de Tribunal Constitucional, 31-08-2018

Número de sentenciaTC/0311/18
Número de expediente TC-05-2017-0182
Fecha31 Agosto 2018
EmisorTribunal Constitucional (República Dominicana
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2017-0182, relativo a la revisión constitucional en materia de amparo interpuesta por Josefa Paula Reyes
Gil y compartes contra la Sentencia núm. 0514-2017-SSEN-00262, dictada por la Presidencia de la Cámara Civil y Comercial del
Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Santiago el diecinueve (19) de mayo de dos mil diecisiete (2017).
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EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA
SENTENCIA TC/0311/18
Referencia: Expediente núm. TC-05-
2017-0182, relativo a la revisión
constitucional en materia de amparo
interpuesta por Josefa Paula Reyes Gil
y compartes contra la Sentencia núm.
0514-2017-SSEN-00262, dictada por
la Presidencia de la Cámara Civil y
Comercial del Juzgado de Primera
Instancia del Distrito Judicial de
Santiago el diecinueve (19) de mayo
de dos mil diecisiete (2017).
En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República
Dominicana, a los treintaiún (31) días del mes de agosto del año dos mil dieciocho
(2018).
El Tribunal Constitucional, regularmente constituido por los magistrados Milton
Ray Guevara, presidente; Leyda Margarita Piña Medrano, primera sustituta; Lino
Vásquez Sámuel, segundo sustituto; Ana Isabel Bonilla Hernández, Víctor Joaquín
Castellanos Pizano, Jottin Cury David, Rafael Díaz Filpo, Víctor Gómez Bergés,
Wilson S. Gómez Ramírez, Katia Miguelina Jiménez Martínez e Idelfonso Reyes,
en ejercicio de sus competencias constitucionales y legales, específicamente las
previstas en los artículos 185.4 de la Constitución, y 9 y 94 de la Ley núm. 137-11,
Orgánica del Tribunal Constitucional y de los Procedimientos Constitucionales, del
trece (13) de junio de dos mil once (2011), dicta la siguiente sentencia:
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2017-0182, relativo a la revisión constitucional en materia de amparo interpuesta por Josefa Paula Reyes
Gil y compartes contra la Sentencia núm. 0514-2017-SSEN-00262, dictada por la Presidencia de la Cámara Civil y Comercial del
Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Santiago el diecinueve (19) de mayo de dos mil diecisiete (2017).
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I. ANTECEDENTES
1. Descripción de la sentencia recurrida en revisión
1.1. La Sentencia núm. 0514-2017-SSEN-00262, objeto del presente recurso de
revisión constitucional de amparo de cumplimiento, fue dictada por la Presidencia
de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito
Judicial de Santiago el diecinueve (19) de mayo del año dos mil diecisiete (2017);
su dispositivo reza de la siguiente manera:
PRIMERO: ACOGE la acción constitucional de amparo promovida por
Rafael Augusto Bueno Hernández en contra de Abel Martínez Durán y la
Alcaldía del Municipio de Santiago, por los motivos señalados.
SEGUNDO: ORDENA a la Alcaldía del municipio de Santiago y a su Alcalde
Abel Atahualpa Martínez Durán, EJECUTAR la Resolución del 27 julio del
2010 y ratificada en fecha 30 de enero del 2013, emitida por el Concejo
Municipal de la Alcaldía del municipio de Santiago, en consecuencia firmar
y entregar a Rafael Augusto Bueno Hernández el Contrato de Arrendamiento
núm. 39714, sobre el Solar Municipal núm. 84-C-1-B, Manzana 2, ubicado
en los Cerros de Gurabo, Santiago, con una superficie de 295.06 metros
cuadrados. (sic)
TERCERO: RECHAZA la solicitud de imposición de astreinte, por los
motivos señalados.
CUARTO: DECLARA la presente acción constitucional de amparo libre de
costas, de acuerdo con lo establecido en el artículo 72, in fine, de la
Constitución, y los artículos 7.6 y 66 de la referida Ley No. 137-11.
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2017-0182, relativo a la revisión constitucional en materia de amparo interpuesta por Josefa Paula Reyes
Gil y compartes contra la Sentencia núm. 0514-2017-SSEN-00262, dictada por la Presidencia de la Cámara Civil y Comercial del
Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Santiago el diecinueve (19) de mayo de dos mil diecisiete (2017).
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1.2. No figura constancia en el expediente de que la referida decisión haya sido
notificada.
2. Presentación del recurso de revisión constitucional en materia de amparo
2.1. La parte recurrente, Josefa Paula Reyes Gil y compartes, interpuso su
instancia contentiva del presente recurso de revisión constitucional de sentencia de
amparo de cumplimiento el catorce (14) de junio de dos mil diecisiete (2017) ante
la Secretaría de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del
Distrito Judicial de Santiago. La misma fue recibida en la Secretaría del Tribunal
Constitucional el diez (10) de julio de dos mil diecisiete (2017).
2.2. El recurso de revisión constitucional de amparo de cumplimiento fue
notificado a la parte recurrida, Rafael Augusto Bueno Hernández, mediante Acto
núm. 732/2017, del diecinueve (19) de junio de dos mil diecisiete (2017),
instrumentado por el ministerial Jacinto Miguel Medina, alguacil de estrados del
Juzgado Especial de Tránsito núm. 91, de Santiago.
3. Fundamentos de la sentencia recurrida
3.1. La Presidencia de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera
Instancia del Distrito Judicial de Santiago, al dictar la Sentencia núm. 0514-2017-
SSEN-00262, del diecinueve (19) de mayo de dos mil diecisiete (2017), acogió la
acción constitucional de amparo de cumplimiento incoada por Josefa Paula Reyes
Gil y compartes, en resumen, por los siguientes motivos:
11. Que en este caso estamos frente a una acción constitucional de amparo
de cumplimiento y el tribunal comprueba que el accionante Rafael Augusto
Bueno Hernández es la persona a favor de quien se ordenó la emisión del

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