Sentencia Nº TC/0313/19 de Tribunal Constitucional, 09-08-2019

Número de sentenciaTC/0313/19
Fecha09 Agosto 2019
Número de expediente TC-05-2016-0054
EmisorTribunal Constitucional (República Dominicana
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2016-0054, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo incoado por la Junta de
Vecinos Playa Cofresi de Puerto Plata, contra la Sentencia núm. 00469-2015, dictada por la Primera Sala de la Cámara Civil y
Comercial del Juzgado de Primera In stancia del Distrito Judicial de Puerto Plata el cuatro (4) de septiembre de dos mil quinc e
(2015). Página 1 de 86
EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA
SENTENCIA TC/0313/19
Referencia: Expediente núm. TC-05-
2016-0054, relativo al recurso de revisión
constitucional de sentencia de amparo
incoado por la Junta de Vecinos Playa
Cofresi de Puerto Plata, contra la
Sentencia núm. 00469-2015, dictada por la
Primera Sala de la Cámara Civil y
Comercial del Juzgado de Primera
Instancia del Distrito Judicial de Puerto
Plata el cuatro (4) de septiembre de dos
mil quince (2015).
En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República
Dominicana, a los nueve (9) días del mes de agosto del año dos mil diecinueve
(2019).
El Tribunal Constitucional, regularmente constituido por los magistrados Milton
Ray Guevara, presidente; Rafael Díaz Filpo, primer sustituto; Hermógenes Acosta
de los Santos, José Alejandro Ayuso, Alba Luisa Beard Marcos, Ana Isabel Bonilla
Hernández, Justo Pedro Castellanos Khoury, Domingo Gil, Wilson S. Gómez
Ramírez, Katia Miguelina Jiménez Martínez y Miguel Valera Montero, en
ejercicio de sus competencias constitucionales y legales, específicamente las
previstas en los artículos 185.4 de la Constitución, y 9 y 94 de la Ley núm. 137-11,
Orgánica del Tribunal Constitucional y de los Procedimientos Constitucionales, del
trece (13) de junio de dos mil once (2011), dicta la siguiente sentencia:
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2016-0054, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo incoado por la Junta de
Vecinos Playa Cofresi de Puerto Plata, contra la Sentencia núm. 00469-2015, dictada por la Primera Sala de la Cámara Civil y
Comercial del Juzgado de Primera In stancia del Distrito Judicial de Puerto Plata el cuatro (4) de septiembre de dos mil quinc e
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I. ANTECEDENTES
1. Descripción de la sentencia recurrida en revisión constitucional de
sentencia de amparo
La Sentencia núm. 00469-2015, objeto del presente recurso de revisión
constitucional de sentencia de amparo, fue dictada por la Primera Sala Civil y
Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Puerto Plata, el
cuatro (4) de septiembre del dos mil quince (2015), y en su dispositivo rechazó la
acción de amparo por no existir violación a ningún derecho fundamental, cuyo
dispositivo es el siguiente:
Primero: rechaza las conclusiones incidentales de la parte accionada y en
consecuencia declara admisible la presente acción de amparo. Segundo:
en cuanto al fondo, rechaza en todas sus partes la acción de amparo
interpuesta por la Junta de Vecinos de Playa Cofresi contra del Hotel
Lifestyle Holidays Vacations Resorts. Tercero: declara el presente proceso
libre de costas.
No existe constancia en el expediente de que la sentencia citada, haya sido
notificada al recurrente, ni a la recurrida; tampoco a los intervinientes forzosos,
Ministerio de Medioambiente y Turismo de Puerto Plata, la Armada Dominicana y
Ayuntamiento Municipal de Puerto Plata; sin embargo, la Junta de Vecinos Playa
de Cofresi recurrió la indicada sentencia notificándole dicho recurso, única y
exclusivamente, al Hotel Lifestyle Holidays Vacation, por lo que el mismo ha de
considerarse sólo oponible a este.
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2016-0054, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo incoado por la Junta de
Vecinos Playa Cofresi de Puerto Plata, contra la Sentencia núm. 00469-2015, dictada por la Primera Sala de la Cámara Civil y
Comercial del Juzgado de Primera In stancia del Distrito Judicial de Puerto Plata el cuatro (4) de septiembre de dos mil quinc e
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2. Presentación del recurso de revisión constitucional de sentencia de
amparo
El recurrente, Junta de Vecinos de Playa Cofresí de Puerto Plata, interpuso el
presente recurso de revisión constitucional el dieciocho (18) de febrero de dos mil
dieciséis (2016), fue recibido en este tribunal el primero (1ro) de abril de dos mil
dieciséis (2016), a fin de que se anule la decisión recurrida y, en consecuencia, se
le ordene a la parte recurrida la inmediata destrucción y paralización de todos los
trabajos de reconstrucción que está realizando el Hotel Lifestyle en la zona 9 del
entorno del Restaurant Ahora y sea ordenado el inmediato restablecimiento de los
derechos fundamentales de igualdad, de disfrute y goce, de libre tránsito, de
dignidad, de cultura, deporte y de protección a menores y envejecientes a su estado
anterior, y consecuentemente sea ordenada la demolición de toda estructura que
tienda a impedir el libre acceso a la playa y área verde de Playa Cofresi, y a
demoler toda obra levantada sobre esas áreas y en la pleamar, como también la
eliminación de toda persona de seguridad colocada en esa zona con la tarea de
impedir el acceso a la playa.
El indicado recurso fue notificado a Hotel Lifestyle Holidays Vacation Resort,
mediante Acto núm.153/2016, instrumentado por el ministerial Ramón Esmeraldo
Maduro, alguacil ordinario de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera
Instancia del Distrito Judicial de Puerto Plata, el cuatro (4) de marzo de dos mil
dieciséis (2016).
3. Fundamentos de la sentencia recurrida en revisión constitucional de
sentencia de amparo
La Primera Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia
del Distrito Judicial de Puerto Plata, dictó la referida sentencia el cuatro (4) de
septiembre de dos mil quince (2015), en su dispositivo rechazo la acción de

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