Sentencia Nº TC/0318/19 de Tribunal Constitucional, 15-08-2019

Número de sentenciaTC/0318/19
Fecha15 Agosto 2019
Número de expediente TC-05-2016-0064
EmisorTribunal Constitucional (República Dominicana
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2016-0064, relativo al recurso de revisión constitucional de decisión de hábeas data interpuesto por el
Ministerio de Salud Pública contra la Sentencia núm. 378-2013, dictada por la Segunda Sala del Tribunal Superior
Administrativo el dos (2) de octubre de dos mil trece (2013). Página 1 de 17
EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA
SENTENCIA TC/0318/19 Referencia: Expediente núm. TC-05-
2016-0064, relativo al recurso de revisión
constitucional de decisión de hábeas data
interpuesto por el Ministerio de Salud
Pública contra la Sentencia núm. 378-
2013, dictada por la Segunda Sala del
Tribunal Superior Administrativo el dos
(2) de octubre de dos mil trece (2013).
En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República
Dominicana, a los quince (15) días del mes de agosto del año dos mil diecinueve
(2019).
El Tribunal Constitucional, regularmente constituido por los magistrados Milton
Ray Guevara, presidente; Rafael Díaz Filpo, primer sustituto; Lino Vásquez
Sámuel, segundo sustituto; Hermógenes Acosta de los Santos, José Alejandro
Ayuso, Ana Isabel Bonilla Hernández, Justo Pedro Castellanos Khoury, Víctor
Joaquín Castellanos Pizano, Domingo Gil y Miguel Valera Montero, en ejercicio
de sus competencias constitucionales y legales, específicamente las previstas en los
artículos 185.4 de la Constitución 9, 64, 94 y siguientes de la Ley núm. 137-11,
Orgánica del Tribunal Constitucional y de los Procedimientos Constitucionales, del
trece (13) de junio de dos mil once (2011), ha rendido la siguiente Sentencia:
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2016-0064, relativo al recurso de revisión constitucional de decisión de hábeas data interpuesto por el
Ministerio de Salud Pública contra la Sentencia núm. 378-2013, dictada por la Segunda Sala del Tribunal Superior
Administrativo el dos (2) de octubre de dos mil trece (2013). Página 2 de 17
I. ANTECEDENTES
1. Descripción de la sentencia recurrida en revisión constitucional de
sentencia de amparo
La Sentencia núm. 378-2013, objeto del presente recurso de revisión constitucional
de sentencia de habeas data, fue dictada por la Segunda Sala del Tribunal Superior
Administrativo el dos (2) de octubre de dos mil trece (2013); su dispositivo es el
siguiente:
PRIMERO: DECLARA buena y válida en cuanto a la forma, la Acción de
Amparo interpuesta por el señor JOSE (sic) BURGOS SANCHEZ (sic),
LOREDANA ADRIANA CUELLO ARIAS, quienes actúan por sí y en
representación del niño (…), en fecha 21 de agosto del año 2013, contra el
ESTADO DOMINICANO, el MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA, el
HOSPITAL MATERNIDAD SEÑORA DE LA ALTAGRACIA y el señor
VICTOR CALDERÓN en su calidad de Director del indicado Hospital, por
haber sido interpuesta conforme a las normas procesales vigentes.
SEGUNDO: ACOGE en cuanto al fondo dicha acción, y en consecuencia
se le ordena al MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA y al HOSPITAL
MATERNIDAD NUESTRA SEÑORA DE LA ALTAGRACIA entregar en un
plazo de 5 días a los accionantes JOSE (sic) BURGOS SANCHEZ (sic),
LOREDANA ADRIANA CUELLO ARIAS, lo siguiente: Copia del
expediente médico de la señora LOREDANA ADRIANA CUELLO ARIAS y
del niño (…) desde la fecha de su ingreso hasta la salida de éstos del
referido hospital, por las razones antes indicadas.
TERCERO: Se condena al MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA y al
HOSPITAL MATERNIDAD NUESTRA SEÑORA DE LA ALTAGRACIA, al

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