Sentencia Nº TC/0326/18 de Tribunal Constitucional, 03-09-2018

Número de sentenciaTC/0326/18
Fecha03 Septiembre 2018
Número de expediente TC-05-2017-0168
EmisorTribunal Constitucional (República Dominicana
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2017-0168, relativo al recurso de revisión de sentencia de amparo incoado por la Policía Nacional y el
Consejo Superior Policial contra la Sentencia núm. 469-2015, dictada por la Primera Sala del Tribunal Superior Administrativo el
diecisiete (17) de diciembre de dos mil quince (2015). Página 1 de 22
EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA
SENTENCIA TC/0326/18
Referencia: Expediente núm. TC-05-
2017-0168, relativo al recurso de
revisión de sentencia de amparo
incoado por la Policía Nacional y el
Consejo Superior Policial contra la
Sentencia núm. 469-2015, dictada por
la Primera Sala del Tribunal Superior
Administrativo el diecisiete (17) de
diciembre de dos mil quince (2015).
En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República
Dominicana, a los tres (3) días del mes de septiembre del año dos mil dieciocho
(2018).
El Tribunal Constitucional, regularmente constituido por los magistrados Milton
Ray Guevara, presidente; Lino Vásquez Sámuel, segundo sustituto; Hermógenes
Acosta de los Santos, Ana Isabel Bonilla Hernández, Justo Pedro Castellanos
Khoury, Jottin Cury David, Rafael Díaz Filpo, Wilson S. Gómez Ramírez, Katia
Miguelina Jiménez Martínez e Idelfonso Reyes, en ejercicio de sus competencias
constitucionales y legales, específicamente las previstas en los artículos 185.4 de la
Constitución y 9 y 94 de la Ley núm. 137-11, Orgánica del Tribunal Constitucional
y de los Procedimientos Constitucionales, del trece (13) de junio de dos mil once
(2011), dicta la siguiente sentencia:
I. ANTECEDENTES
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2017-0168, relativo al recurso de revisión de sentencia de amparo incoado por la Policía Nacional y el
Consejo Superior Policial contra la Sentencia núm. 469-2015, dictada por la Primera Sala del Tribunal Superior Administrativo el
diecisiete (17) de diciembre de dos mil quince (2015). Página 2 de 22
1. Descripción de la sentencia recurrida
La Sentencia núm. 469-2015, objeto del presente recurso de revisión, fue dictada el
diecisiete (17) de diciembre de dos mil quince (2015) por la Primera Sala del
Tribunal Superior Administrativo. Dicha sentencia acogió la acción de amparo
incoada por el señor Aquilino Roque Portorreal contra la Policía Nacional y el
Consejo Superior Policial, tras considerar que contra el accionante se habían
vulnerado derechos fundamentales al trabajo y al debido proceso. El dispositivo de
esta sentencia, copiado textualmente, es como sigue:
PRIMERO: Declara buena y válida, en cuanto a la forma, la presente acción
Constitucional de amparo incoada por el señor AQUILINO ROQUE
PORTORREAL, contra la POLICÍA NACIONAL, por haber sido interpuesta
conforme a las normas procesales vigentes.
SEGUNDO: ACOGE, en cuanto al fondo, la presente Acción Constitucional
de Amparo interpuesta por el señor AQUILINO ROQUE PORTORREAL, en
fecha 15 de septiembre del año 2015, contra la POLICÍA NACIONAL, por
haberse demostrado la conculcación de sus derechos fundamentales al
trabajo y al debido proceso administrativo y en consecuencia, ORDENA a la
Policía Nacional realizar el pago al señor AQUILINO ROQUE
PORTORREAL, de los salarios dejados de percibir durante el tiempo que ha
permanecido desvinculado así como el reintegro al puesto de trabajo que
desempeñaba como Pesista de la Fuerza Aérea Dominicana, por los motivos
antes expuestos en el cuerpo de la sentencia.
TERCERO: CONDENA a la Policía Nacional a pagar un astreinte, por la
suma de Quinientos pesos (RD $500.00) diarios, contados a partir del quinto

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