Sentencia Nº TC/0329/18 de Tribunal Constitucional, 04-09-2018

Número de sentenciaTC/0329/18
Número de expediente TC-04-2015-0224
Fecha04 Septiembre 2018
EmisorTribunal Constitucional (República Dominicana
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-04-2015-0224, relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional y demanda en
suspensión de ejecución de sentencia interpuesto por Ana Francisca Guzmán Acosta y compartes, contra la Sentenc ia núm. 193,
dictada por la Sala Civil de la Suprema Corte de Justicia el dieciocho (18) de marzo de dos mil quince (2015).
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EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA
SENTENCIA TC/0329/18
Referencia: Expediente núm. TC-04-
2015-0224, relativo al recurso de revisión
constitucional de decisión jurisdiccional y
demanda en suspensión de ejecución de
sentencia interpuesto por Ana Francisca
Guzmán Acosta y compartes, contra la
Sentencia núm. 193, dictada por la Sala
Civil de la Suprema Corte de Justicia el
dieciocho (18) de marzo de dos mil quince
(2015).
En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República
Dominicana, a los cuatro (4) días del mes de septiembre del año dos mil dieciocho
(2018).
El Tribunal Constitucional, regularmente constituido por los magistrados Milton
Ray Guevara, presidente; Lino Vásquez Sámuel, segundo sustituto; Hermógenes
Acosta de los Santos, Justo Pedro Castellanos Khoury, Jottin Cury David, Rafael
Díaz Filpo, Wilson S. Gómez Ramírez, Katia Miguelina Jiménez Martínez e
Idelfonso Reyes, en ejercicio de sus competencias constitucionales y legales,
específicamente las previstas en los artículos 185.4 y 277 de la Constitución y los
artículos 9 y 53 de la Ley núm. 137-11, Orgánica del Tribunal Constitucional y de
los Procedimientos Constitucionales del trece (13) de junio de dos mil once (2011),
dicta la siguiente sentencia:
I. ANTECEDENTES
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-04-2015-0224, relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional y demanda en
suspensión de ejecución de sentencia interpuesto por Ana Francisca Guzmán Acosta y compartes, contra la Sentenc ia núm. 193,
dictada por la Sala Civil de la Suprema Corte de Justicia el dieciocho (18) de marzo de dos mil quince (2015).
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1. Descripción de la decisión recurrida en revisión constitucional de decisión
jurisdiccional
La decisión objeto del presente recurso de revisión constitucional de decisión
jurisdiccional es la Sentencia núm. 193, dictada por la Sala Civil de la Suprema Corte
de Justicia el dieciocho (18) de marzo de dos mil quince (2015), con ocasión del
recurso de casación interpuesto por Ana Francisca Guzmán Acosta, Leopoldo
Guzmán Acosta, Adelaida Guzmán Acosta, Pedro Eusebio Guzmán Acosta, Lidia
Altagracia Guzmán Almonte, Mary Bienvenida Guzmán Almonte, Amelia A.
Guzmán Almonte, José Bolívar Guzmán Almonte, Erika Deyanira Guzmán
Anderson, Emilio Sánchez Guzmán, Mayra Magdalena Sánchez Guzmán, Indiana
Alonzo Sánchez, Vladimir Alonzo Sánchez e Indira Alonzo Sánchez, contra la
Sentencia civil núm. 100-13, dictada por la Cámara Civil y Comercial de la Corte de
Apelación del Departamento Judicial de San Francisco de Macorís el veinticuatro
(24) de mayo de dos mil trece (2013), figurando como parte recurrida, Faro Francés
Viejo, S. R. L., Romero Agenol Balbuena Linares, Fidelia Prats Vda. Alvarado,
Gladys Lilia Alvarado Prats, Leandro Arturo Alvarado Prats y Luis José Alvarado
Prats, sucesores de Leandro José Alvarado. La referida sentencia dictada por la Sala
Civil de Suprema Corte de Justicia, en su parte dispositiva, de manera textual, indica
lo siguiente:
Único: Rechaza el recurso de casación interpuesto por Ana Francisca
Guzmán Acosta, Domingo Leopoldo Guzmán Acosta, Adelaida Guzmán
Acosta y compartes, contra la sentencia civil núm. 100-13, dictada por la
Cámara Civil y Comercial de la Corte de Apelación del Departamento
Judicial de San Francisco de Macorís, el 24 de mayo de 2013, cuyo
dispositivo se copia en parte anterior del presente fallo.
La Sentencia núm. 193, dictada por la Sala Civil de la Suprema Corte de Justicia el
dieciocho (18) de marzo de dos mil quince (2015), fue notificada a la co-recurrente,
Indira Alonzo Sánchez, el veintiséis (26) de junio de dos mil quince (2015), mediante
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-04-2015-0224, relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional y demanda en
suspensión de ejecución de sentencia interpuesto por Ana Francisca Guzmán Acosta y compartes, contra la Sentenc ia núm. 193,
dictada por la Sala Civil de la Suprema Corte de Justicia el dieciocho (18) de marzo de dos mil quince (2015).
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el Acto núm. 857/2015, instrumentado por el ministerial Elvin Álvarez Mercado,
alguacil ordinario de la Cámara Civil y Comercial de la Corte de Apelación del
Departamento Judicial de San Francisco de Macorís, a requerimiento de la parte
recurrida, Faro Francés Viejo, S. R. L., Orlando Antonio Alvarado Prats, Romero
Agenol Balbuena Linares, Fidelia Prats Vda. Alvarado, Gladys Lilia Alvarado Prats,
Leandro Arturo Alvarado Prats y Luis José Alvarado Prats, sucesores de Leandro
José Alvarado.
Sin embargo, no hay constancia de notificación de la referida sentencia recurrida en
revisión constitucional de decisión jurisdiccional, a los co-recurridos, Ana Francisca
Guzmán Acosta, Leopoldo Guzmán Acosta, Adelaida Guzmán Acosta, Pedro
Eusebio Guzmán Acosta, Lidia Altagracia Guzmán Almonte, Mary Bienvenida
Guzmán Almonte, Amelia A. Guzmán Almonte, José Bolívar Guzmán Almonte,
Erika Deyanira Guzmán Anderson, Emilio Sánchez Guzmán, Mayra Magdalena
Sánchez Guzmán, Indiana Alonzo Sánchez y Vladimir Alonzo Sánchez.
2. Presentación del recurso de revisión constitucional de decisión
jurisdiccional
El veinticuatro (24) de julio de dos mil quince (2015), la parte recurrente, Ana
Francisca Guzmán Acosta, Domingo Leopoldo Guzmán Acosta, Adelaida Guzmán
Acosta, Pedro Eusebio Guzmán Acosta, Lidia Altagracia Guzmán Almonte, Mary
Bienvenida Guzmán Almonte, Amelia A. Guzmán Almonte, José Bolívar Guzmán
Almonte, Erika Deyanira Guzmán Anderson, Emilio Sánchez Guzmán, Mayra
Magdalena Sánchez Guzmán, Indiana Alonzo Sánchez, Vladimir Alonzo Sánchez e
Indira Alonzo Sánchez, interpusieron un recurso de revisión constitucional de
decisión jurisdiccional contra la Sentencia núm. 193, dictada por la Sala Civil de la
Suprema Corte de Justicia.
El referido recurso de revisión constitucional fue notificado a la parte recurrida, el
veintiocho (28) de julio de dos mil quince (2015), mediante: a) Acto núm. 279-15,

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