Sentencia Nº TC/0329/20 de Tribunal Constitucional, 22-12-2020

Número de sentenciaTC/0329/20
Número de expediente TC-04-2019-0190
Fecha22 Diciembre 2020
EmisorTribunal Constitucional (República Dominicana
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-04-2019-0190, relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por
José Manuel Valdez de la Cruz, contra la Sentencia núm. 2683, dictada por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia
el veintiséis (26) de diciembre de dos mil dieciocho (2018).
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EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA
SENTENCIA TC/0329/20
Referencia: Expediente núm. TC-04-
2019-0190, relativo al recurso de
revisión constitucional de decisión
jurisdiccional interpuesto por José
Manuel Valdez de la Cruz, contra la
Sentencia núm. 2683, dictada por la
Segunda Sala de la Suprema Corte de
Justicia el veintiséis (26) de diciembre
de dos mil dieciocho (2018).
En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República
Dominicana, a los veintidós (22) días del mes de diciembre del año dos mil
veinte (2020).
El Tribunal Constitucional, regularmente constituido por los magistrados
Milton Ray Guevara, presidente; Rafael Díaz Filpo, primer sustituto; Lino
Vásquez Sámuel, segundo sustituto; José Alejandro Ayuso, Ana Isabel Bonilla
Hernández, Justo Pedro Castellanos Khoury, Víctor Joaquín Castellanos
Pizano, Domingo Antonio Gil, Wilson S. Gómez Ramírez, Katia Miguelina
Jiménez Martínez y Miguel Valera Montero, en ejercicio de sus competencias
constitucionales y legales, específicamente las previstas en los artículos 185.1
de la Constitución, y 9 y 36 de la Ley núm. 137-11, Orgánica del Tribunal
Constitucional y los Procedimientos Constitucionales, de fecha trece (13) de
junio de dos mil once (2011), dicta la siguiente sentencia:
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-04-2019-0190, relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por
José Manuel Valdez de la Cruz, contra la Sentencia núm. 2683, dictada por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia
el veintiséis (26) de diciembre de dos mil dieciocho (2018).
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I. ANTECEDENTES
1. Descripción de la decisión recurrida en revisión constitucional de
decisión jurisdiccional
La Sentencia núm. 2683, objeto del presente recurso de revisión constitucional
de decisión jurisdiccional, fue dictada por la Segunda Sala de la Suprema Corte
de Justicia el veintiséis (26) de diciembre de dos mil dieciocho (2018), la cual
casó sin envío la decisión objeto del recurso de casación interpuesto por el señor
José Manuel Valdez de la Cruz. Su dispositivo reza de la siguiente manera:
Primero: Admite. como interviniente a Rosa Aura Concepción Rosario
en el recurso de casación interpuesto por José Manuel Valdez de la Cruz,
contra la sentencia penal núm. 0125-2017-SSEN-00048, dictada por la
Cámara Penal de la Corte de Apelación del Departamento Judicial de
San Francisco de Macorís el 29 de marzo de 2017, cuyo dispositivo se
encuentra copiado en parte anterior de esta decisión;
Segundo: Declara con lugar el recurso de casación de que se trata y, en
consecuencia, casa por vía de supresión y sin envío, lo relativo a la
indemnización otorgada en provecho de la querellante, para que en lo
adelante se disponga: TERCERO: Acoge, como buena y válida en cuanto
a la forma la querella formulada por la señora Rosa Aura Concepción,
por cumplir con las formalidades de la ley, en cuanto al fondo condena
a José Manuel Valdez de la Cruz, al pago de una indemnización por el
monto de Diez Millones (RD$10,000,000.00) de pesos, por los daños
morales sufridos por la ocurrencia de los hechos de esta causa, a favor
de la querellante;
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-04-2019-0190, relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por
José Manuel Valdez de la Cruz, contra la Sentencia núm. 2683, dictada por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia
el veintiséis (26) de diciembre de dos mil dieciocho (2018).
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Tercero: Condena al recurrente al pago de las costas, en provecho del
Lic. Juan Antonio Fernández Paredes, quien afirma haberlas avanzado
en su totalidad;
Cuarto: Ordena a la secretaría de esta Suprema Corte de Justicia
notificar la presente decisión a las partes y al Juez de la Ejecución de la
Pena del Departamento Judicial de San Francisco de Macorís. (SIC)
Dicha sentencia fue notificada a los abogados del recurrente, señor José Manuel
Valdez de la Cruz, mediante memorándum de la secretaria general de la
Suprema Corte de Justicia, recibido el catorce (14) de mayo de dos mil
diecinueve (2019).
2. Presentación del recurso de revisión constitucional de decisión
jurisdiccional
La parte recurrente, señor José Manuel Valdez de la Cruz, interpuso ante la
Suprema Corte de Justicia el presente recurso de revisión constitucional
de decisión jurisdiccional, el veintidós (22) de mayo de dos mil diecinueve
(2019), contra la Sentencia núm. 2683, emitida por la Segunda Sala de la
Suprema Corte de Justicia el veintiséis (26) de diciembre de dos mil diecinueve
(2019).
El presente recurso fue notificado a la parte recurrida, señora Rosa Aura
Concepción Rosario, mediante Acto núm. 231/2019, del veintisiete (27) de
mayo de dos mil diecinueve (2019), instrumentado por el ministerial Rafael T.
Rapozo Gratereaux, alguacil ordinario del Juzgado de Paz del Municipio de
Nagua y a la Procuraduría General de la República mediante Oficio núm. 05074,

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