Sentencia Nº TC/0352/22 de Tribunal Constitucional, 01-11-2022

Número de sentenciaTC/0352/22
Fecha01 Noviembre 2022
Número de expedienteTC-04-2017-0059
EmisorTribunal Constitucional (República Dominicana
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-04-2017-0059, relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por
D.A.M..S. contra la Autorización Judicial para tramitar extradición núm. 0001-JULIO-2016, dictada
por la Coordinación de los Juzgados de la Instrucción del Distrito Nacional el once (11) de julio de dos mil dieciséis (2016).
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EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA
SENTENCIA TC/0352/22 Referencia: Expediente núm. TC-04-
2017-0059, relativo al recurso de
revisión constitucional de decisión
jurisdiccional interpuesto por D.
.
A..M..S. contra la
Autorización Judicial para tramitar
extradición núm. 0001-JULIO-2016,
dictada por la Coordinación de los
Juzgados de la Instrucción del Distrito
Nacional del once (11) de julio de dos
mil dieciséis (2016).
En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República
Dominicana, al primer (1er.) días del mes de noviembre del año dos mil
veintidós (2022).
El Tribunal Constitucional, regularmente constituido por los magistrados
M..R..G., presidente; R..D..F., primer sustituto; L.
.
V.S., segundo sustituto; J.A..A., A.L..B.
.
M., V..J..C..P., M..d..C.en Santana de
Cabrera, M.V.M. y E.V.A., en ejercicio de sus
competencias constitucionales y legales, específicamente las previstas en los
artículos 185.4 de la Constitución; 9 y 53 de la Ley núm. 137-11, Orgánica del
Tribunal Constitucional y de los Procedimientos Constitucionales, de fecha
trece (13) del mes de junio de dos mil once (2011), dicta la siguiente sentencia:
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-04-2017-0059, relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por
D.A.M..S. contra la Autorización Judicial para tramitar extradición núm. 0001-JULIO-2016, dictada
por la Coordinación de los Juzgados de la Instrucción del Distrito Nacional el once (11) de julio de dos mil dieciséis (2016).
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I. ANTECEDENTES
1. Descripción de la Autorización Judicial recurrida
La Autorización Judicial núm. 0001-JULIO-2016, objeto del presente recurso
de revisión constitucional, dictada por la Coordinación de los Juzgados de la
Instrucción del Distrito Nacional el once (11) de julio de dos mil dieciséis
(2016), autoriza a la Procuradora Fiscal Titular del Distrito Nacional realizar
los trámites correspondientes, a los fines de extraditar a República Dominicana
a los nombrados L..S.C., G..i.A.J.A., D.
.
A..M.les Santoro, L..M..M. Peña, E..S., Miran
S., L..H..V., J..C..B., L..A.
.
L..L., Rolando Cabral Veras y M.an S..A.. Su parte
dispositiva establece lo siguiente:
UNICO: Autorizar la LICDA. YENI B.R..G.,
Procuradora Fiscal Titular del Distrito Nacional, realizar los trámites
correspondientes apegados a los procedimientos legales, a los fines de
extraditar a República Dominicana a los nombrados L.S..N.
.
C., G..A..J..A., D.
.
A.M. SANTORO, L..M.M..P.,
E..S., MIRAN SERRET, L..H..V.,
J.C..B., L..A.L.
.
L., R..C. VERAS Y M..S.A.,
imputados por la comisión de los ilícitos tipificados en los artículos 80
literales (d), (e) y (f) de la Ley Monetaria y Financiera No. 183-02,
artículo 408, 405, 146. 147, 59, 60, 265 y 266 del Código Penal
Dominicano, artículos 1, 3, 7 y 8, de la Ley No. 72-02 Sobre Lavado de
Activos, articulo 80 literales (d), (e) y (f) de la Ley Monetaria y
Financiera No 183-02 con la finalidad de que tales encartados sean
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-04-2017-0059, relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por
D.A.M..S. contra la Autorización Judicial para tramitar extradición núm. 0001-JULIO-2016, dictada
por la Coordinación de los Juzgados de la Instrucción del Distrito Nacional el once (11) de julio de dos mil dieciséis (2016).
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procesados por la jurisdicción penal competente, por las infracciones
previamente señaladas.
En la glosa procesal no hay constancia de que la impugnada Autorización
Judicial núm. 0001-JULIO-2016 haya sido notificada a la parte recurrente,
señor D.A.M.S..
2. Presentación del recurso de revisión
El señor D..A..M..S. interpuso el presente recurso de
revisión de decisión jurisdiccional el día siete (7) de noviembre de dos mil
dieciséis (2016), mediante instancia depositada ante la Secretaría de la Cámara
Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional y recibido por este tribunal
en fecha trece (13) de febrero de dos mil diecisiete (2017), con la finalidad de
que la Resolución núm. 0001-JULIO-2016 sea declarada inconstitucional y
revocada en todas sus partes respecto al recurrente.
Dicho recurso fue notificado a la parte recurrida, la procuradora fiscal titular del
Distrito Nacional, Y..B..R.noso G., en fecha once (11) de
noviembre de dos mil dieciséis (2016), mediante la Comunicación núm. 2117-
2016, de fecha diez (10) de noviembre de dos mil dieciséis (2016), notificada
por la secretaria general interina de la Cámara Penal de la Corte de Apelación
del Distrito Nacional.
3. Fundamentos de la Autorización Judicial recurrida
La Coordinación de los Juzgados de la Instrucción del Distrito Nacional
fundamentó su Autorización Judicial núm. 0001-JULIO-2016, entre otros, en
los argumentos siguientes:

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