Sentencia Nº TC/0354/18 de Tribunal Constitucional, 10-10-2018

Número de sentenciaTC/0354/18
Número de expediente TC-04-2017-0075
Fecha10 Octubre 2018
EmisorTribunal Constitucional (República Dominicana
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-04-2017-0075, relativo al recurso de revisión de decisión jurisdiccional incoado por Sixto Ferrer Guzmán y
María Celenia Ramírez Reyes contra la Resolución núm. 2193-2016, dictada por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia
el veintidós (22) de julio de dos mil dieciséis (2016). Página 1 de 20
EN NOMBRE DE LA REPUBLICA
SENTENCIA TC/0354/18
Referencia: Expediente núm. TC-04-
2017-0075, relativo al recurso de
revisión de decisión jurisdiccional
incoado por Sixto Ferrer Guzmán y
María Celenia Ramírez Reyes contra
la Resolución núm. 2193-2016,
dictada por la Segunda Sala de la
Suprema Corte de Justicia el veintidós
(22) de julio de dos mil dieciséis
(2016).
En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República
Dominicana, a los diez (10) días del mes de octubre del año dos mil dieciocho
(2018).
El Tribunal Constitucional, regularmente constituido por los magistrados Milton
Ray Guevara, presidente; Lino Vásquez Sámuel, segundo sustituto; Hermógenes
Acosta de los Santos, Ana Isabel Bonilla Hernández, Justo Pedro Castellanos
Khoury, Víctor Joaquín Castellanos Pizano, Jottin Cury David, Rafael Díaz Filpo,
Wilson S. Gómez Ramírez e Idelfonso Reyes, en ejercicio de sus competencias
constitucionales y legales, específicamente las previstas en los artículos 185.4 y 277
de la Constitución y 9, 53 y 54 de la Ley núm. 137-11, Orgánica del Tribunal
Constitucional y de los Procedimientos Constitucionales, del trece (13) de junio de
dos mil once (2011), dicta la siguiente sentencia:
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-04-2017-0075, relativo al recurso de revisión de decisión jurisdiccional incoado por Sixto Ferrer Guzmán y
María Celenia Ramírez Reyes contra la Resolución núm. 2193-2016, dictada por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia
el veintidós (22) de julio de dos mil dieciséis (2016). Página 2 de 20
I. ANTECEDENTES
1. Descripción de la sentencia recurrida en revisión
La Sentencia núm. 2193, objeto del presente recurso de revisión, fue dictada por la
Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia el veintidós (22) de julio de dos mil
dieciséis (2016), la cual declaró inadmisible el recurso de casación interpuesto por
los señores Sixto Ferrer Guzmán y María Celenia Ramírez Reyes, en relación con la
Sentencia núm. 294-2015-0029, emitida por la Cámara Penal de la Corte de
Apelación del Departamento Judicial de San Cristóbal el veintiocho (28) de
diciembre de dos mil quince (2015), cuyo dispositivo reza de la siguiente manera:
Primero: Admite como interviniente a Juan Francisco Sosa de los Santos en
el recurso de casación interpuesto por Sixto Ferrer Guzmán y María Celenia
Ramírez Reyes, contra la sentencia núm.294-2015-00291, dictada por la
Cámara Penal de la Corte de Apelación del Departamento Judicial de San
Cristóbal, en fecha veintiocho (28) de diciembre de dos mil quince (2015),
cuyo dispositivo se copia en parte anterior de esta resolución;
Segundo: Declara inadmisible el referido recurso;
Tercero: Condena al recurrente al pago de las costas penales del proceso.
Dicha sentencia fue notificada al recurrido, Juan Francisco Sosa de los Santos,
mediante el Acto núm. 189/2016, del veintiocho (28) de septiembre de dos mil
dieciséis (2016), instrumentado por el ministerial Orlando Núñez, alguacil de
estrados de la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Departamento Judicial de
San Cristóbal.

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