Sentencia Nº TC/0365/20 de Tribunal Constitucional, 29-12-2020

Número de sentenciaTC/0365/20
Fecha29 Diciembre 2020
Número de expediente TC-04-2020-0014
EmisorTribunal Constitucional (República Dominicana
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-04-2020-0014, relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional y solicitu d de
suspensión de ejecución de sentencia incoado por Inmoland S. A., contra la Sentencia núm. 100, dictada por las Salas
Reunidas de la Suprema Corte de Justicia el diecisiete (17) de octubre de dos mil dieciocho (2018). Página 1 de 43
EN NOMBRE DE LA REPUBLICA
SENTENCIA TC/0365/20
Referencia: Expediente No. TC-04-
2020-0014, relativo al recurso de
revisión constitucional de decisión
jurisdiccional y solicitud de
suspensión de ejecución de sentencia
incoado por Inmoland S. A., contra la
Sentencia núm. 100, dictada por las
Salas Reunidas de la Suprema Corte
de Justicia el diecisiete (17) de
octubre de dos mil dieciocho (2018).
En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República
Dominicana, a los veintinueve (29) días del mes de diciembre del año dos mil
veinte (2020).
El Tribunal Constitucional, regularmente constituido por los magistrados
Milton Ray Guevara, presidente; Rafael Díaz Filpo, primer sustituto; Lino
Vásquez Sámuel, segundo sustituto; Hermógenes Acosta de los Santos, José
Alejandro Ayuso, Ana Isabel Bonilla Hernández, Justo Pedro Castellanos
Khoury, Domingo Antonio Gil, Wilson S. Gómez Ramírez, Katia Miguelina
Jiménez Martínez y Miguel Valera Montero, en ejercicio de sus competencias
constitucionales y legales, específicamente las previstas en los artículos 185.4
y 277 de la Constitución y 9, 53 y 54 de la Ley Orgánica del Tribunal
Constitucional y de los Procedimientos Constitucionales, núm. 137-11, de
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-04-2020-0014, relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional y solicitu d de
suspensión de ejecución de sentencia incoado por Inmoland S. A., contra la Sentencia núm. 100, dictada por las Salas
Reunidas de la Suprema Corte de Justicia el diecisiete (17) de octubre de dos mil dieciocho (2018). Página 2 de 43
fecha trece (13) de junio del año dos mil once (2011), dicta la siguiente
sentencia:
I. ANTECEDENTES
1. Descripción de la sentencia recurrida en revisión
El presente recurso fue incoado contra la Sentencia núm. 100, dictada por las
Salas Reunidas de la Suprema Corte de Justicia el diecisiete (17) de octubre de
dos mil dieciocho (2018), cuyo dispositivo se transcribe continuación:
PRIMERO: Declaran inadmisible el recurso de casación incoado por
Inmoland, S. A., contra la Sentencia Civil No. 063/2015, de fecha
veinticinco (25) de febrero del dos mil quince (2015), dictada por la
Cámara Civil y Comercial de la Corte de Apelación del Departamento
Judicial de Santo Domingo, cuyo dispositivo se ha copiado en parte
anterior del presente fallo;
SEGUNDO: Condenan a la parte recurrente al pago de las costas
procesales, con distracción de las mismas en provecho de la Dra.
Emma Valois Vidal, quien afirma haberlas avanzado en su totalidad.
No existe constancia en el expediente sobre la notificación de la referida
sentencia de manera íntegra a la parte recurrente, Inmoland S. A.
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-04-2020-0014, relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional y solicitu d de
suspensión de ejecución de sentencia incoado por Inmoland S. A., contra la Sentencia núm. 100, dictada por las Salas
Reunidas de la Suprema Corte de Justicia el diecisiete (17) de octubre de dos mil dieciocho (2018). Página 3 de 43
2. Presentación del recurso de revisión constitucional y solicitud
suspensión de ejecución de decisión jurisdiccional
El presente recurso de revisión contra la referida decisión fue incoado por la
entidad Inmoland S. A., representada por el señor Arcadio A. Carrasco Calero,
el dieciocho (18) de enero de dos mil diecinueve (2019), ante la Secretaría
General de la Suprema Corte de Justicia, remitido a este tribunal
constitucional el veintidós (22) de enero de dos mil veinte (2020). Dicho
recurso fue notificado a la parte recurrida, empresas Nativas S. R. L.,
mediante el Acto núm. 222/2019 instrumentado por el ministerial Eusebio
Mateo Encarnación, alguacil ordinario de la Suprema Corte de Justicia, el
catorce (14) de marzo de dos mil diecinueve (2019).
3. Fundamento de la decisión recurrida
La decisión objeto del presente recurso de revisión jurisdiccional se basa en
los motivos que se destacan a continuación:
a. Considerando: que, la parte recurrida propone en su memorial
de defensa la inadmisión del recurso, alegando, en síntesis, que la
decisión impugnada fue dictada por la Cámara Civil y Comercial de
la Corte de Apelación del Departamento Judicial de Santo Domingo,
en tanto que el recurso de casación fue interpuesto en fecha 7 de
noviembre de 2016, es decir, después de haber transcurrido los 30
días que establece la Ley No. 491-08, sobre Recurso de Casación;
b. Considerando: que, en efecto, el estudio del expediente formado
con motivo del recurso de casación de que se trata, pone de manifiesto
los siguientes hechos:

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