Sentencia Nº TC/0366/18 de Tribunal Constitucional, 10-10-2018

Número de sentenciaTC/0366/18
Fecha10 Octubre 2018
Número de expediente TC-05-2018-0095
EmisorTribunal Constitucional (República Dominicana
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2018-0095, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto por Vicente
García Gómez contra la Sentencia núm. 0030-2017-SSEN-00363, dictada por la Segunda Sala del Tribunal Superior
Administrativo el siete (7) de noviembre de dos mil diecisiete (2017). Página 1 de 50
EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA
SENTENCIA TC/0366/18
Referencia: Expediente núm. TC-05-
2018-0095, relativo al recurso de revisión
constitucional de sentencia de amparo
interpuesto por Vicente García Gómez
contra la Sentencia núm. 0030-2017-
SSEN-00363, dictada por la Segunda Sala
del Tribunal Superior Administrativo el
siete (7) de noviembre de dos mil diecisiete
(2017).
En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República
Dominicana, a los diez (10) días del mes de octubre del año dos mil dieciocho
(2018).
El Tribunal Constitucional, regularmente constituido por los magistrados Milton
Ray Guevara, presidente; Leyda Margarita Piña Medrano, primera sustituta; Lino
Vásquez Sámuel, segundo sustituto; Ana Isabel Bonilla Hernández, Justo Pedro
Castellanos Khoury, Víctor Joaquín Castellanos Pizano, Jottin Cury David, Rafael
Díaz Filpo, Víctor Gómez Bergés, Wilson S. Gómez Ramírez e Idelfonso Reyes, en
ejercicio de sus competencias constitucionales y legales, específicamente las
previstas en los artículos 185.4 de la Constitución y 94 de la Ley núm. 137-11,
Orgánica del Tribunal Constitucional y de los Procedimientos Constitucionales, del
trece (13) de junio de dos mil once (2011), dicta la siguiente sentencia:
I. ANTECEDENTES
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2018-0095, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto por Vicente
García Gómez contra la Sentencia núm. 0030-2017-SSEN-00363, dictada por la Segunda Sala del Tribunal Superior
Administrativo el siete (7) de noviembre de dos mil diecisiete (2017). Página 2 de 50
1. Descripción de la sentencia recurrida en revisión constitucional en materia
de amparo
La Sentencia núm. 0030-2017-SSEN-00363, objeto del presente recurso de revisión
constitucional en materia de amparo, fue dictada por la Segunda Sala del Tribunal
Superior Administrativo el siete (7) de noviembre de dos mil diecisiete (2017).
Dicho fallo declaró inadmisible la acción constitucional de amparo interpuesta por
el señor Vicente García Gómez el treinta (30) de mayo de dos mil diecisiete (2017),
contra la Junta Central Electoral, por ser notoriamente improcedente.
La sentencia anteriormente descrita fue notificada mediante comunicación de la
Secretaría del Tribunal Superior Administrativo del nueve (9) de febrero de dos mil
dieciocho (2018).
2. Presentación del recurso de revisión constitucional en materia de amparo
En el presente caso, el recurrente, señor Vicente García Gómez, apoderó a este
tribunal constitucional del recurso de revisión constitucional en materia de amparo
contra la sentencia anteriormente descrita, mediante instancia depositada el catorce
(14) de febrero de dos mil dieciocho (2018), ante la Secretaría del Tribunal Superior
Administrativo y remitido a este tribunal constitucional el dieciocho (18) de abril de
dos mil dieciocho (2018). El referido recurso se fundamenta en los alegatos que se
exponen más adelante.
El recurso anteriormente descrito fue notificado a la Dirección General de Migración
y a la Junta Central Electoral, mediante los actos núm. 031/2018 y 033/2018, ambos
instrumentados por el ministerial José Luis Andújar Saldívar, alguacil ordinario de
la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional,
el dieciséis (16) de febrero de dos mil dieciocho (2018).
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2018-0095, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto por Vicente
García Gómez contra la Sentencia núm. 0030-2017-SSEN-00363, dictada por la Segunda Sala del Tribunal Superior
Administrativo el siete (7) de noviembre de dos mil diecisiete (2017). Página 3 de 50
3. Fundamentos de la sentencia recurrida en revisión constitucional en
materia de amparo
El tribunal que dictó la sentencia recurrida decidió lo siguiente:
PRIMERO: Acoge el medio de inadmisión, promovido por la parte
accionada JUNTA CENTRAL ELECTORAL, al cual se adhirió el
interviniente Forzoso, Dirección General de Migración, en consecuencia,
Declara INADMISIBLE la presente Acción Constitucional de Amparo,
interpuesta por el señor VICENTE GARCÍA GÓMEZ, en fecha 30 de mayo
de 2017, contra la JUNTA CENTRAL ELECTORAL, por ser notoriamente
improcedente, de conformidad a las disposiciones del artículo 70, numeral
3ro. , de la Ley No. 137-11 de fecha 13 de junio del año 2011, Orgánica del
Tribunal Constitucional y de los Procedimientos Constitucionales,
conforme los motivos indicados.
SEGUNDO: Declara libre de costas el presente proceso de conformidad
con el artículo 72 de la Constitución Dominicana y el artículo 66 de la Ley
137-11, por tratarse de materia constitucional.
Los fundamentos dados por el Segunda Sala del Tribunal Superior Administrativo
son los siguientes:
Solicitud de desistimiento por falta de interés
2. Que todo juez en aras de una sana administración de justicia, así como
en apego a su función de guardián de las garantías constitucionales que
rigen el debido proceso y de las prerrogativas inherentes a las partes en
litis, debe velar porque el mismo se lleve a cabo libre de vicios u omisiones
que puedan lesionar los derechos los instanciados, teniendo que estatuir en

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