Sentencia Nº TC/0370/18 de Tribunal Constitucional, 10-10-2018

Número de sentenciaTC/0370/18
Fecha10 Octubre 2018
Número de expediente TC-05-2017-0022
EmisorTribunal Constitucional (República Dominicana
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2017-0022, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo incoado por el señor
Adán de Jesús Campusano contra la Sentencia núm. 00195-2016, dictada por la Tercera Sala del Tribunal Superior Administrativo
el nueve (9) de mayo de dos mil dieciséis (2016). Página 1 de 27
EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA
SENTENCIA TC/0370/18
Referencia: Expediente núm. TC-05-
2017-0022, relativo al recurso de
revisión constitucional de sentencia de
amparo incoado por el señor Adán de
Jesús Campusano contra la Sentencia
núm. 00195-2016, dictada por la
Tercera Sala del Tribunal Superior
Administrativo el nueve (9) de mayo
de dos mil dieciséis (2016).
En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República
Dominicana, a los diez (10) días del mes de octubre del año dos mil dieciocho
(2018).
El Tribunal Constitucional, regularmente constituido por los magistrados Milton
Ray Guevara, presidente; Leyda Margarita Piña Medrano, primera sustituta; Lino
Vásquez Sámuel, segundo sustituto; Ana Isabel Bonilla Hernández, Justo Pedro
Castellanos Khoury, Víctor Joaquín Castellanos Pizano, Jottin Cury David, Rafael
Díaz Filpo, Víctor Gómez Bergés, Wilson S. Gómez Ramírez, Katia Miguelina
Jiménez Martínez e Idelfonso Reyes, en ejercicio de sus competencias
constitucionales y legales, específicamente las previstas en los artículos 185.4 de la
Constitución y, 9, 94 y 95 de la Ley núm. 137-11, Orgánica del Tribunal
Constitucional y de los Procedimientos Constitucionales, del trece (13) de junio de
dos mil once (2011), dicta la siguiente sentencia:
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2017-0022, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo incoado por el señor
Adán de Jesús Campusano contra la Sentencia núm. 00195-2016, dictada por la Tercera Sala del Tribunal Superior Administrativo
el nueve (9) de mayo de dos mil dieciséis (2016). Página 2 de 27
I. ANTECEDENTES
1. Descripción de la decisión recurrida
La Tercera Sala del Tribunal Superior Administrativo, en ocasión de la acción de
amparo interpuesta por el hoy recurrente, señor Adán de Jesús Sánchez, dictó la
Sentencia núm. 00195-2016, del nueve (9) de mayo de dos mil dieciséis (2016). Su
dispositivo establece lo siguiente:
PRIMERO: DECLARA regular y válida en cuanto a la forma, la presente
Acción de Amparo, interpuesta en fecha primero (1) de marzo de dos mil
dieciséis (2016) por el señor ADAN DE JESÚS MARTÍNEZ contra del
CONSEJO SUPERIOR POLICIAL y el mayor general RAFAEL R.
PEGUERO PAREDES, jefe de la Policía Nacional, por haber sido
interpuesta de conformidad como manda la ley. SEGUNDO: RECHAZA en
cuanto al fondo la citada Acción Constitucional de Amparo, interpuesta por
el señor ADAN DE JESÚS CAMPUSANO, en contra del Consejo Superior
Policial y el RAFAEL R. PEGUERO PAREDES, jefe de la Policía Nacional,
por no existir violación al debido proceso de ley. TERCERO: DECLARA libre
de Costas el presente proceso de conformidad con el artículo 66 de la ley 137-
11de fecha 13 de junio del año (sic) dos mil once (2011). Orgánica del
Tribunal Constitucional y los Procedimientos Constitucionales. CUARTO:
ORDENA que la presente sentencia sea publicada en el Boletín del Tribunal
Superior Administrativo.
La referida sentencia fue notificada a la parte recurrida, Policía Nacional, mediante
Acto núm. 1523/2016, del veintiséis (26) de septiembre de dos mil dieciséis (2016),
instrumentado por el ministerial Ariel A. Paulino C., alguacil de estrados de la

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