Sentencia Nº TC/0373/20 de Tribunal Constitucional, 29-12-2020

Número de sentenciaTC/0373/20
Número de expediente TC-05-2019-0283
Fecha29 Diciembre 2020
EmisorTribunal Constitucional (República Dominicana
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2019-0283, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo incoado por la señora
Rossy Guerrero Almonte contra la Sentencia núm. 0030-04-2019-SSEN-00179, dictada el tres (3) de junio de dos mil diecinueve
(2019) por la Tercera Sala del Tribunal Superior Administrativo. Página 1 de 74
EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA
SENTENCIA TC/0373/20 Referencia: Expediente núm. TC-05-
2019-0283, relativo al recurso de revisión
constitucional de sentencia de amparo
incoado por la señora Rossy Guerrero
Almonte contra la Sentencia núm. 0030-
04-2019-SSEN-00179, dictada el tres (3)
de junio de dos mil diecinueve (2019) por
la Tercera Sala del Tribunal Superior
Administrativo.
En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República
Dominicana, a los veintinueve (29) días del mes de diciembre del año dos mil veinte
(2020).
El Tribunal Constitucional, regularmente constituido por los magistrados Milton
Ray Guevara, presidente; Lino Vásquez Sámuel, segundo sustituto; Hermógenes
Acosta de los Santos, José Alejandro Ayuso, Ana Isabel Bonilla Hernández, Justo
Pedro Castellanos Khoury, Víctor Joaquín Castellanos Pizano, Domingo Antonio
Gil, Wilson S. Gómez Ramírez, Katia Miguelina Jiménez Martínez y Miguel Valera
Montero, en ejercicio de sus competencias constitucionales y legales,
específicamente las previstas en los artículos 185.4 de la Constitución y 9 y 94 de la
Ley núm. 137-11, Orgánica del Tribunal Constitucional y de los Procedimientos
Constitucionales, de trece (13) de junio de dos mil once (2011), dicta la siguiente
sentencia:
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2019-0283, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo incoado por la señora
Rossy Guerrero Almonte contra la Sentencia núm. 0030-04-2019-SSEN-00179, dictada el tres (3) de junio de dos mil diecinueve
(2019) por la Tercera Sala del Tribunal Superior Administrativo. Página 2 de 74
I. ANTECEDENTES
1. Descripción de la sentencia recurrida
La Sentencia núm. 0030-04-2019-SSEN-00179, objeto del presente recurso de
revisión, fue dictada por la Tercera Sala del Tribunal Superior Administrativo el tres
(3) de junio de dos mil diecinueve (2019). Su dispositivo, copiado textualmente, es
el siguiente:
PRIMERO: ACOGE el medio de inadmisión propuesto por la accionada,
DIRECCIÓN GENERAL DE IMPUESTOS INTERNOS y el Procurador
General Administrativo, en consecuencia DECLARA INADMSIBLE la
presente acción constitucional de amparo, interpuesta por la señora ROSSY
GUERRERO ALMONTE, en fecha 21/03/2019, por existir otras vías
judiciales que permiten obtener la protección efectiva del derecho
fundamental invocado, a la luz del artículo 70, numeral 1ro., de la Ley núm.
137-11, de fecha 13 de junio del año 2011, Orgánica del Tribunal
Constitucional y de los Procedimientos Constitucionales, como lo es la vía
contenciosa administrativa por ante este Tribunal Superior Administrativo,
conforme a los motivos indicados.
SEGUNDO: DECLARA libre de costas el presente proceso.
TERCERO: ORDENA la comunicación de la presente sentencia a la parte
accionante, ROSSY GUERRERO ALMONTE; a la accionada, DIRECCIÓN
GENERAL DE IMPUESTOS INTERNOS (DGII), y a la PROCURADURÍA
GENERAL ADMINISTRATIVA, a los fines precedentes.
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2019-0283, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo incoado por la señora
Rossy Guerrero Almonte contra la Sentencia núm. 0030-04-2019-SSEN-00179, dictada el tres (3) de junio de dos mil diecinueve
(2019) por la Tercera Sala del Tribunal Superior Administrativo. Página 3 de 74
CUARTO: ORDENA que la presente Sentencia sea publicada en el Boletín
del Tribunal Superior Administrativo.
La decisión anterior fue notificada a la recurrente, Rossy Guerrero Almonte, el nueve
(9) de julio de dos mil diecinueve (2019), esto de acuerdo con lo consignado en la
constancia de notificación expedida por la secretaria auxiliar del Tribunal Superior
Administrativo.
2. Presentación del recurso de revisión
La recurrente, Rossy Guerrero Almonte, vía Secretaría General del Tribunal
Superior Administrativo interpuso el presente recurso el dieciséis (16) de julio de
dos mil diecinueve (2019). Este fue recibido en la Secretaría del Tribunal
Constitucional el cuatro (4) de diciembre de dos mil diecinueve (2019).
De acuerdo con la documentación que reposa en el expediente, el recurso de revisión
de sentencia de amparo que nos ocupa fue notificado a la parte recurrida, Dirección
General de Impuestos Internos, el trece (13) de agosto de dos mil diecinueve (2019).
Esta diligencia procesal se encuentra asentada en el Acto núm. 945-19,
instrumentado ─en la misma fecha─ por Samuel Armando Sención Billini, alguacil
ordinario del Tribunal Superior Administrativo. De igual forma, consta en el
expediente la recepción del Auto núm. 5106-2019, emitido por el juez presidente
interno del Tribunal Superior Administrativo el dieciocho (18) de julio de dos mil
diecinueve (2019), a los fines de que la Procuraduría General Administrativa tomara
conocimiento del presente recurso. La recepción de este documento ante dicho
organismo se produjo el siete (7) de agosto de dos mil diecinueve (2019).

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