Sentencia Nº TC/0376/19 de Tribunal Constitucional, 20-09-2019
| Número de sentencia | TC/0376/19 |
| Fecha | 20 Septiembre 2019 |
| Número de expediente | TC-05-2019-0022 |
| Emisor | Tribunal Constitucional (República Dominicana |
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2019-0022, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto por Marrigori, S.A.
contra la Sentencia núm. 201800244, dictada por el Tribunal de Tierras de Jurisdicción Original de El Seibo el diez (10) de julio de dos
mil dieciocho (2018). Página 1 de 35
EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA
SENTENCIA TC/0376/19
Referencia: Expediente núm. TC-05-2019-
0022, relativo al recurso de revisión
constitucional de sentenciade amparo
interpuesto por Marrigori, S.A. contra la
Sentencia núm. 201800244, dictada por el
Tribunal de Tierras de Jurisdicción Original
de El Seibo el diez (10) de julio de dos mil
dieciocho (2018).
En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República
Dominicana, a los veinte (20) días del mes de septiembre del año dos mil diecinueve
(2019).
El Tribunal Constitucional, regularmente constituido por los magistrados Milton
Ray Guevara, presidente; Rafael Díaz Filpo, primer sustituto; Lino Vásquez Sámuel,
segundo sustituto; Hermógenes Acosta de los Santos, José Alejandro Ayuso, Ana
Isabel Bonilla Hernández, Justo Pedro Castellanos Khoury, Víctor Joaquín
Castellanos Pizano, Domingo Gil y Miguel Valera Montero, en ejercicio de sus
competencias constitucionales y legales, específicamente las previstas en los
artículos 185.4 de la Constitución y 9 y 94 de la Ley núm. 137-11,Orgánica del
Tribunal Constitucional y de los Procedimientos Constitucionales, del trece (13) del
mes de junio de dos mil once (2011), ha rendido la siguiente sentencia:
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2019-0022, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto por Marrigori, S.A.
contra la Sentencia núm. 201800244, dictada por el Tribunal de Tierras de Jurisdicción Original de El Seibo el diez (10) de julio de dos
mil dieciocho (2018). Página 2 de 35
I.ANTECEDENTES
1.Descripción de la sentencia recurrida en revisión constitucional de
sentencia de amparo
La Sentencia núm. 201800244, objeto del presente recurso de revisión constitucional
de sentencia de amparo, fue dictada por el Tribunal de Tierras de Jurisdicción Original
deEl Seibo el diez (10) de julio de dos mil dieciocho (2018), sudispositivo es el
siguiente:
PRIMERO: Declara (sic) inadmisibilidad de la acción de amparo
interpuesta por la Compañía Marrigorien contra del Abogado del Estado
Dominicano, del Departamento Judicial de la Región Este, por la falta de
calidad para actuar en justicia y los demás motivos expuestos.
SEGUNDO: Declara el proceso libre de costas de pleno derecho.
TERCERO: Ordena el desglose íntegro de los documentos que integran el
expediente en manos del depositante o representante de este, previo a dejar
copia fiel de los mismos.
En el expediente reposa el formulario de constancia de acuse de entrega de la
sentencia recurrida a Julio César Cabrera Ruiz, abogado de Marrigori, S.A.,
recurrente en revisión constitucional, emitido por el Tribunal de Tierras de
Jurisdicción Original de El Seibo, el doce (12) de julio de dos mil dieciocho (2018).
2.Presentación del recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo
La recurrente, Marrigori, S.A., interpuso el presente recurso de revisión
constitucional de sentencia de amparo ante la Secretaría del Tribunal de Tierras de
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2019-0022, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto por Marrigori, S.A.
contra la Sentencia núm. 201800244, dictada por el Tribunal de Tierras de Jurisdicción Original de El Seibo el diez (10) de julio de dos
mil dieciocho (2018). Página 3 de 35
Jurisdicción Original de El Seibo el veinte (20) de julio de dos mil dieciocho (2018),
recibido por este tribunal el veinticuatro (24) de enero de dos mil diecinueve (2019),
con el propósito de que sea anulada la Sentencia núm. 201800244, dictada por el
Tribunal de Tierras de Jurisdicción Original de El Seibo el diez (10) de julio de dos
mil dieciocho (2018).
El recurso de revisión fue notificado al abogado de la parte recurrida, Ángel Esteban
Martínez Santiago, mediante Acto núm. 215-18, instrumentado por el ministerial
Martín Cedeño Rodríguez, alguacil ordinario de la Cámara Penal del Juzgado de
Primera Instancia del municipio de La Romana el tres (3) de agosto de dos mil
dieciocho (2018).
Dicho recurso también fue notificado a José Antonio Polanco Ramírez, abogado del
Estado ante el Tribunal Superior de Tierras del Departamento Este, mediante Acto
núm. 551/2018, instrumentado por el ministerial Adolfo Moreta de los Santos,
alguacil ordinario del Tribunal de Tierras de Jurisdicción Original de El Seibo del
primero (1ro) de agosto de dos mil dieciocho (2018).
3.Fundamentos de la decisión recurrida en revisión constitucional de
sentencia de amparo
Los argumentos en los que se basa el Tribunal de Tierras de Jurisdicción Original de
El Seibo, entre otros, son los siguientes:
3.1Del estudio de las piezas que figuran en el expediente, este tribunal ha podido
advertir que, en el mismo no figura ningún documento que ampare el derecho de
propiedad alegado por los accionantes dentro de la Parcela No. 67-B, del Distrito
Catastral No. 11/3era., del municipio de Higuey y tampoco la compañía Marrigori,
representada por el señor Alexis Alfonso Deniz Rodríguez ha demostrado tener la
posesión de dicho inmueble; de igual forma en los requerimientos con relación al
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