Sentencia Nº TC/0378/19 de Tribunal Constitucional, 20-09-2019

Número de sentenciaTC/0378/19
Fecha20 Septiembre 2019
Número de expediente TC-05-2018-0133
EmisorTribunal Constitucional (República Dominicana
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2018-0133, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto por la
razón social APR Electronic, S. R. L., y el señor Rafael Acosta de Peña contra la Sentencia núm. 030-04-2018-SSEN-0042,
dictada por la Tercera Sala del Tribunal Superior Administrativo el cinco (5) de febrero de dos mil dieciocho (2018).
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EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA
SENTENCIA TC/0378/19
Referencia: Expediente núm. TC-05-
2018-0133, relativo al recurso de revisión
constitucional de sentencia de amparo
interpuesto por la razón social APR
Electronic, S. R. L., y el señor Rafael
Acosta de Peña contra la Sentencia núm.
030-04-2018-SSEN-0042, dictada por la
Tercera Sala del Tribunal Superior
Administrativo el cinco (5) de febrero de
dos mil dieciocho (2018).
En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República
Dominicana, a los veinte (20) días del mes de septiembre del año dos mil
diecinueve (2019).
El Tribunal Constitucional, regularmente constituido por los magistrados Milton
Ray Guevara, presidente; Rafael Díaz Filpo, primer sustituto; Lino Vásquez
Sámuel, segundo sustituto; José Alejandro Ayuso, Alba Luisa Beard Marcos,
Ana Isabel Bonilla Hernández, Justo Pedro Castellanos Khoury, Domingo Gil y
Wilson S. Gómez Ramírez, en ejercicio de sus competencias constitucionales y
legales, específicamente las previstas en los artículos 9 y 94 de la Ley núm. 137-
11, Orgánica del Tribunal Constitucional y de los Procedimientos
Constitucionales, del trece (13) de junio de dos mil once (2011), dicta la siguiente
sentencia:
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2018-0133, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto por la
razón social APR Electronic, S. R. L., y el señor Rafael Acosta de Peña contra la Sentencia núm. 030-04-2018-SSEN-0042,
dictada por la Tercera Sala del Tribunal Superior Administrativo el cinco (5) de febrero de dos mil dieciocho (2018).
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I. ANTECEDENTES
1. Descripción de la sentencia recurrida en revisión constitucional de
sentencia de amparo
1.1. La Sentencia 030-04-2018-SSEN-0042, objeto del presente recurso de
revisión constitucional de sentencia de amparo, fue dictada por la Tercera Sala del
Tribunal Superior Administrativo el cinco (5) de febrero de dos mil dieciocho
(2018), cuyo dispositivo, copiado textualmente, dispone lo que a continuación se
transcribe:
PRIMERO: ACOGE el medio de inadmisión propuesto por la Dirección
General de Aduanas (DGA) y el Procurador General Administrativo, en
consecuencia DECLARA INADMISIBLE la presente acción constitucional
de amparo, interpuesta ante este tribunal en fecha 24/11/2017, por la razón
social APR ELECTRONIC, S.R.L., por existir otras vías judiciales que
permiten obtener la protección efectiva del derecho fundamental invocado,
a la luz del artículo 70, numeral 1ro., de la Ley núm. 137-11, de fecha 13 de
junio del año 2011, Orgánica del Tribunal Constitucional y de los
Procedimientos Constitucionales, como lo es el Juez de la Instrucción,
conforme a los motivos indicados.
SEGUNDO: DECLARA libre de costas el presente proceso.
TERCERO: ORDENA la comunicación de la presente sentencia a la parte
accionante razón social APR ELECTRONIC, S.R.L., a la parte accionada
Dirección General De Aduanas (DGA) y la PROCURADURÍA GENERAL
ADMINISTRATIVA, a los fines precedentes.
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2018-0133, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto por la
razón social APR Electronic, S. R. L., y el señor Rafael Acosta de Peña contra la Sentencia núm. 030-04-2018-SSEN-0042,
dictada por la Tercera Sala del Tribunal Superior Administrativo el cinco (5) de febrero de dos mil dieciocho (2018).
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CUARTO: ORDENA que la presente Sentencia sea publicada en el Boletín
del Tribunal Superior Administrativo.
1.2. La referida decisión judicial fue notificada a la parte recurrente, APR
Electronic, S. R. L., y Rafael Acosta de Peña, mediante comunicación S/N emitida
por la Secretaría General del Tribunal Superior Administrativo el trece (13) de marzo
de dos mil dieciocho (2018).
1.3. Dicha sentencia fue notificada el dieciséis (16) de marzo de dos mil
dieciocho (2018), al procurador general administrativo, mediante comunicación
S/N, del cinco (5) de marzo de dos mil dieciocho (2018), emitida por la Secretaría
General del Tribunal Superior Administrativo.
1.4. A la parte recurrida, la Dirección General de Aduanas (DGA), y a su director,
señor Enrique A. Ramírez Paniagua, la indicada sentencia les fue notificada
mediante el Acto núm. 267-2018, instrumentado por el ministerial Rolando Antonio
Guerrero Peña, alguacil ordinario del Tribunal Superior Administrativo el nueve (9)
de abril de dos mil dieciocho (2018).
2. Presentación del recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo
2.1. El diecinueve (19) de marzo de dos mil dieciocho (2018) los recurrentes,
APR ELECTRONIC, S. R. L., y Rafael Acosta de Peña, depositaron ante el Tribunal
Superior Administrativo, la instancia contentiva del presente recurso de revisión
constitucional de amparo.
2.2. Dicha instancia fue notificada a la parte recurrida, la Dirección General de
Aduanas (DGA), a su director, el señor Enrique Ramírez Paniagua, y a la
Procuraduría General Administrativa mediante el Acto núm. 127/2018,
instrumentado por el ministerial Eusebio Disla F, alguacil ordinario de la Cámara

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