Sentencia Nº TC/0382/20 de Tribunal Constitucional, 29-12-2020

Número de sentenciaTC/0382/20
Fecha29 Diciembre 2020
Número de expediente TC-05-2019-0047
EmisorTribunal Constitucional (República Dominicana
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2019-0047, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo de cumplimiento
incoado por Greysey Orquídea Casi miro de Sánchez contra la Sentencia número 0030 -03-2018-SSEN-00353, dictada por
la Segunda Sala del Tribunal Superior Administrativo el seis (6) de noviembre de dos mil dieciocho (2018).
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EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA
SENTENCIA TC/0382/20 Referencia: Expediente núm. TC-05-
2019-0047, relativo al recurso de
revisión constitucional de sentencia de
amparo incoado por Greysey Orquídea
Casimiro de Sánchez contra la
Sentencia núm. 0030-03-2018-SSEN-
00353, dictada por la Segunda Sala del
Tribunal Superior Administrativo el
seis (6) de noviembre de dos mil
dieciocho (2018).
En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República
Dominicana, a los veintinueve (29) días del mes de diciembre del año dos mil
veinte (2020).
El Tribunal Constitucional, regularmente constituido por los magistrados
Milton Ray Guevara, presidente; Rafael Díaz Filpo, primer sustituto; Lino
Vásquez Sámuel, segundo sustituto; Hermógenes Acosta de los Santos, Justo
Pedro Castellanos Khoury, Domingo Antonio Gil, Wilson S. Gómez Ramírez,
Katia Miguelina Jiménez Martínez y Miguel Valera Montero, en ejercicio de
sus competencias constitucionales y legales, específicamente las previstas en
los artículos 9 y 94 de la Ley núm. 137-11, Orgánica del Tribunal Constitucional
y de los Procedimientos Constitucionales, del trece (13) de junio del año dos
mil once (2011), dicta la siguiente sentencia:
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2019-0047, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo de cumplimiento
incoado por Greysey Orquídea Casi miro de Sánchez contra la Sentencia número 0030 -03-2018-SSEN-00353, dictada por
la Segunda Sala del Tribunal Superior Administrativo el seis (6) de noviembre de dos mil dieciocho (2018).
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I. ANTECEDENTES
1. Descripción de la sentencia recurrida en revisión constitucional de
sentencia de amparo
En ocasión de la acción de amparo de cumplimiento incoada por Greysey
Orquídea Casimiro de Sánchez en contra del Instituto Dominicano de Seguros
Sociales (IDSS), su entonces director general, Dr. Diego Hurtado Brugal, el
Ministerio de Administración Pública (MAP) y su entonces ministro, Licdo.
Manuel Ramón Ventura Camejo, la Segunda Sala del Tribunal Superior
Administrativo dictó la Sentencia núm. 0030-03-2018-SSEN-00353, el seis (6)
de noviembre de dos mil dieciocho (2018), cuyo dispositivo, copiado
textualmente, reza de la siguiente manera:
PRIMERO: RECHAZA el medio de inadmisión por cosa juzgada,
promovido por la parte accionada INSTITUTO DOMINICANO DE
SEGUROS SOCIALES (IDSS), por los motivos expuestos.
SEGUNDO: RECHAZA la solicitud de exclusión e improcedencia, del
artículo 108 literal a, de la Ley núm. 137-11 Orgánica del Tribunal
Constitucional y los Procedimientos Constitucionales, promovida por la
parte accionada MINISTERIO DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
(MAP), por los motivos expuestos.
TERCERO: RECHAZA la solicitud de improcedencia, promovida por la
Procuraduría General Administrativa, en virtud del artículo 108 literal
d, de la Ley núm. 137-11 Orgánica del Tribunal Constitucional y los
Procedimientos Constitucionales, por los motivos expuestos.
CUARTO: DECLARA regular y válida, en cuanto a la forma, la presente
Acción Constitucional de Amparo de Cumplimiento, interpuesta por la
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2019-0047, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo de cumplimiento
incoado por Greysey Orquídea Casi miro de Sánchez contra la Sentencia número 0030 -03-2018-SSEN-00353, dictada por
la Segunda Sala del Tribunal Superior Administrativo el seis (6) de noviembre de dos mil dieciocho (2018).
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señora GREYSY ORQUIDEA CASIMIRO DE SÁNCHEZ, en fecha 14 de
septiembre de 2018, contra el INSTITUTO DOMINICANO DE
SEGUROS SOCIALES, el DR. DIEGO HURTADO BRUGAL, en su
condición de Director General del Instituto Dominicano de Seguros
Sociales, MINISTERIO DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA y el LICDO.
MANUEL RAMÓN VENTURA CAMEJO, Ministro de Administración
Pública, por haber sido interpuesta conforme a las reglas procesales
vigentes.
QUINTO: En cuanto al fondo, RECHAZA la presente Acción
Constitucional de Amparo de Cumplimiento, interpuesta por la señora
GEYSY ORQUIDEA CASIMITO DE SÁNCHEZ contra el INSTITUTO
DOMINICANO DE SEGUROS SOCIALES, el DR. DIEGO HURTADO
BRUGAL, en su condición de Director General del Instituto Dominicano
de Seguros Sociales, MINISTERIO DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA y
el LICDO. MANUEL RAMÓN VENTURA CAMEJO, Ministro de
Administración Pública, por los motivos expuestos.
SEXTO: DECLARA libre de costas el presente proceso de conformidad
con el artículo 72 de la Constitución Política de la República
Dominicana, y el artículo 66 de la Ley núm. 137-11, de fecha 13 de junio
del año 2011, Orgánica del Tribunal Constitucional y Procedimientos
Constitucionales.
SÉPTIMO: ORDENA a la Secretaria General, que proceda a la
notificación de la presente sentencia por las vías legales disponibles, a
la parte accionante, GREYSY ORQUIDEA CASIMIRO DE SÁNCHEZ, a
la parte accionada INSTITUTO DOMINICANO DE SEGUROS
SOCIALES, el DR. DIEGO HURTADO BRUGAL, en su condición de
Director General del Instituto Dominicano de Seguros SOCIALES,
MINISTERIO DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y el LICDO. MANUEL

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