Sentencia Nº TC/0382/21 de Tribunal Constitucional, 17-11-2021

Número de sentenciaTC/0382/21
Fecha17 Noviembre 2021
Número de expedienteTC-05- 2020-0072
EmisorTribunal Constitucional (República Dominicana
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2020-0072, relativo al recurso d e revisión constitucional de sentencia de amparo incoado po r el
Consejo Provincial para la Administración de los Fondos Mineros de La V. contra la Sentencia núm. 0030-02-2019-
SSEN-00364, dictada por la Primera Sala del Tribunal Superior Administrativo el veintiuno (21) de noviembre del año dos
mil diecinueve (2019). Página 1 de 73
EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA
SENTENCIA TC/0382/21 Referencia: Expediente núm. TC-05-
2020-0072, relativo al recurso de
revisión constitucional de sentencia de
amparo incoado por el Consejo
Provincial para la Administración de
los Fondos Mineros de La V. contra
la Sentencia núm. 0030-02-2019-
SSEN-00364, dictada por la Primera
Sala del Tribunal Superior
Administrativo el veintiuno (21) de
noviembre del año dos mil diecinueve
(2019).
En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República
Dominicana, a los diecisiete (17) días del mes de noviembre del año dos mil
veintiuno (2021).
El Tribunal Constitucional, regularmente constituido por los magistrados
M.R.G., presidente; R.D.F., primer sustituto; J.
.
A.A., M.U.B.V., J.P.C.
.
K., V..J.C..P., D.G., M.d..C.
.
S. de C.a, M. Valera M. y J.A.ndro V..G.,
en ejercicio de sus competencias constitucionales y legales, específicamente las
previstas en los artículos 185.4 de la Constitución, y 9, 94 y siguientes de la Ley
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2020-0072, relativo al recurso d e revisión constitucional de sentencia de amparo incoado po r el
Consejo Provincial para la Administración de los Fondos Mineros de La V. contra la Sentencia núm. 0030-02-2019-
SSEN-00364, dictada por la Primera Sala del Tribunal Superior Administrativo el veintiuno (21) de noviembre del año dos
mil diecinueve (2019). Página 2 de 73
núm. 137-11, Orgánica del Tribunal Constitucional y de los Procedimientos
Constitucionales, del trece (13) de junio del año dos mil once (2011), dicta la
siguiente sentencia:
I. ANTECEDENTES
1. Descripción de la sentencia recurrida
La Sentencia de amparo núm. 0030-02-2019-SSEN-00364, objeto del presente
recurso, fue dictada por la Primera Sala del Tribunal Superior Administrativo,
el veintiuno (21) de noviembre del año dos mil diecinueve (2019), y su
dispositivo reza de la siguiente manera:
PRIMERO: ACOGE el medio de inadmisión planteado por el FONDO
PATRIMONIAL DE EMPRESAS REFORMADAS (FONPER), el
MINISTERIO DE HACIENDA y la Procuraduría General
Administrativa, en consecuencia, DECLARA Inadmisible, por falta de
legitimación previa de las partes accionadas, la presente Acción
Constitucional de A. de Cumplimiento interpuesta por el
CONSEJO PROVINCIAL PARA LA ADMINISTRACIÓN DE LOS
FONDOS MINEROS DE LA VEGA, en fecha 15/07/2019, por los motivos
expuestos.
SEGUNDO: DECLARA libre de costas el presente proceso de
conformidad con el artículo 72 de la Constitución Política de la
República Dominicana, y el artículo 66 de la Ley núm. 137/11, de fecha
13 de junio del año 2011, Orgánica del Tribunal Constitucional y de los
Procedimientos Constitucionales.
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2020-0072, relativo al recurso d e revisión constitucional de sentencia de amparo incoado po r el
Consejo Provincial para la Administración de los Fondos Mineros de La V. contra la Sentencia núm. 0030-02-2019-
SSEN-00364, dictada por la Primera Sala del Tribunal Superior Administrativo el veintiuno (21) de noviembre del año dos
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TERCERO: ORDENA que la presente sentencia sea comunicada por
secretaría a las partes envueltas, así como al Procurador General
Administrativo.
CUARTO: ORDENA que la presente sentencia sea publicada en el
Boletín del Tribunal Superior Administrativo.
La referida sentencia fue notificada a la parte hoy recurrente, Consejo
Provincial para la Administración de los Fondos Mineros de La V., mediante
comunicación de la secretaría general del Tribunal Superior Administrativo, el
dieciséis (16) de enero de dos mil veinte (2020).
2. Pretensiones del recurrente en revisión constitucional
La parte recurrente, Consejo Provincial para la Administración de los Fondos
Mineros de La V., interpuso el presente recurso de revisión constitucional,
mediante instancia debidamente depositada, el veintitrés (23) de enero de dos
mil veinte (2020), recibido por este Tribunal Constitucional, el tres (3) de julio
del año dos mil veinte (2020), en contra de la Sentencia núm. 0030-02-2019-
SSEN-00364, dictada por la Primera Sala del Tribunal Superior Administrativo,
el veintiuno (21) del mes de noviembre del año dos mil diecinueve (2019). En
dicho escrito se solicita lo que sigue:
PRIMERO: ADMITIR el presente recurso de revisión constitucional de
sentencia de amparo contra la Sentencia núm. 0030-02-2019-SSEN-
00364, dictada por la Primera Sala del Tribunal Superior
Administrativo, el veintiuno (21) de noviembre de dos mil diecinueve

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