Sentencia Nº TC/0383/20 de Tribunal Constitucional, 29-12-2020

Número de sentenciaTC/0383/20
Fecha29 Diciembre 2020
Número de expediente TC-05-2020-0050
EmisorTribunal Constitucional (República Dominicana
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2020-0050, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo incoado por el
señor César Augusto Espaillat Bencosme contra la Sentencia núm. 208-2019-SSEN-01322, de treinta (30) de septiembre de
dos mil diecinueve (2019), dictada por la Primera Sala de la Cámara Civil y Comercial del Distrito Judicial de La Vega.
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EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA
SENTENCIA TC/0383/20
Referencia: Expediente núm. TC-05-
2020-0050, relativo al recurso de
revisión constitucional de sentencia de
amparo incoado por el señor César
Augusto Espaillat Bencosme contra la
Sentencia núm. 208-2019-SSEN-
01322, de treinta (30) de septiembre de
dos mil diecinueve (2019), dictada por
la Primera Sala de la Cámara Civil y
Comercial del Distrito Judicial de La
Vega.
En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República
Dominicana, a los veintinueve (29) días del mes de diciembre del año dos mil
veinte (2020).
El Tribunal Constitucional, regularmente constituido por los magistrados
Milton Ray Guevara, presidente; Rafael Díaz Filpo, primer sustituto; Lino
Vásquez Sámuel, segundo sustituto; Hermógenes Acosta de los Santos, Justo
Pedro Castellanos Khoury, Domingo Antonio Gil, Wilson S. Gómez Ramírez,
Katia Miguelina Jiménez Martínez y Miguel Valera Montero, en ejercicio de
sus competencias constitucionales y legales, específicamente las previstas en
los artículos 185.4 de la Constitución, así como 9, 94, y 95 de la Ley núm. 137-
11, Orgánica del Tribunal Constitucional y los Procedimientos
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2020-0050, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo incoado por el
señor César Augusto Espaillat Bencosme contra la Sentencia núm. 208-2019-SSEN-01322, de treinta (30) de septiembre de
dos mil diecinueve (2019), dictada por la Primera Sala de la Cámara Civil y Comercial del Distrito Judicial de La Vega.
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Constitucionales, de trece (13) de junio de dos mil once (2011), dicta la
siguiente sentencia:
I. ANTECEDENTES
1. Descripción de la decisión recurrida
La Sentencia núm. 208-2019-SSEN-01322, dictada por la Primera Sala de la
Cámara Civil y Comercial del Distrito Judicial de La Vega, en su dispositivo
expresa lo siguiente:
PRIMERO: Declara inadmisible la presente acción constitucional de
amparo interpuesta por el ingeniero CESAR AUGUSTO DE LOS A.
ESPAILIAT BENCOSME en contra de la COOPERATIVA
AGROPECUARIA CENTRAL (COOPAGRO) y del INSTITUTO DEL
DESARROLLO Y CREDITO COOPERATIVO (IDECOOP) , por el
tribunal entender que, fue interpuesto fuera del plazo de los sesenta (60)
días, porque existen otras vías judiciales abiertas y por ser
notoriamente improcedente establecidas esas inadmisibilidades en el
artículo 72, numerales 1,2, y 3 de la ley 137-11.
SEGUNDO: Declara el proceso libre de costas.
TERCERO: La presente decisión es susceptible del recurso de Revisión
constitucional o del recurso extraordinario de la tercería.
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2020-0050, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo incoado por el
señor César Augusto Espaillat Bencosme contra la Sentencia núm. 208-2019-SSEN-01322, de treinta (30) de septiembre de
dos mil diecinueve (2019), dictada por la Primera Sala de la Cámara Civil y Comercial del Distrito Judicial de La Vega.
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No hay constancia en los documentos que componen el expediente de que la
indicada sentencia fuera notificada a la parte recurrente, señor César Augusto
Espaillat Bencosme.
La sentencia fue notificada a las partes recurridas Cooperativa Agropecuaria
Central (COOPAGRO), e Instituto de Desarrollo y Crédito Cooperativo
(IDECOOP), mediante el Acto núm.1255-2019, de dieciséis (16) de diciembre
de dos mil diecinueve (2019), instrumentado por el ministerial Weni Antonio
Oviedo, alguacil de estrados del Juzgado Especial de Tránsito del Municipio La
Vega.
2. Presentación del recurso de revisión
El señor César Augusto Espaillat Bencosme recurre en revisión ante este
tribunal constitucional la Sentencia núm. 208-2019-SSEN-01322, mediante
escrito depositado el dos (2) de enero de dos mil veinte (2020), en la Secretaría
de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito
Judicial de La Vega, recibido por este tribunal el diecinueve (19) de febrero de
dos mil veinte (2020).
El recurrente, previo al depósito e interposición formal del recurso, procedió a
notificar a las partes que serían recurridas, Cooperativa Agropecuaria Central
(COOPAGRO) e Instituto de Desarrollo y Crédito Cooperativo (IDECOOP),
mediante el Acto núm.1255-2019, de dieciséis (16) de diciembre de dos mil
diecinueve (2019), instrumentado por el ministerial Weni Antonio Oviedo,
alguacil de estrado del Juzgado Especial de Tránsito del Municipio La Vega,
copia de la sentencia y la instancia mediante la cual se recurriría la misma.

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