Sentencia Nº TC/0387/22 de Tribunal Constitucional, 30-11-2022
Número de sentencia | TC/0387/22 |
Fecha | 30 Noviembre 2022 |
Número de expediente | TC-05-2021-0011 |
Emisor | Tribunal Constitucional (República Dominicana |
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2021-0011, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto por
el señor J.P.C., contra la Sentencia núm. 0030-04-2019-SSEN-00272, dictada por la Tercera Sala del Tribunal
Superior Administrativo el cinco (05) de agosto de dos mil diecinueve (2019).
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EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA
SENTENCIA TC/0387/22 Referencia: Expediente núm. TC-05-
2021-0011, relativo al recurso de
revisión constitucional de sentencia
de amparo interpuesto por el señor
J..P..C., contra la
Sentencia núm. 0030-04-2019-SSEN-
00272, dictada por la Tercera Sala del
Tribunal Superior Administrativo el
cinco (05) de agosto de dos mil
diecinueve (2019).
En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República
Dominicana, a los treinta (30) días del mes de noviembre del año dos mil
veintidós (2022).
El Tribunal Constitucional, regularmente constituido por los magistrados
M..R..G., presidente; R..D..F., primer sustituto; L.
.V.S., segundo sustituto; A.L.B.M., M.U.
.B..V., J..P..C..K., D..G., M..d.
.C..S. de Cabrera, J..A..V..G. y E.
.V.A., en ejercicio de sus competencias constitucionales y legales,
específicamente las previstas en los artículos 185.4 y 277 de la Constitución; 9
y 53 de la Ley núm. 137-11, Orgánica del Tribunal Constitucional y de los
Procedimientos Constitucionales, del trece (13) de junio del año dos mil once
(2011), dicta la siguiente sentencia:
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2021-0011, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto por
el señor J.P.C., contra la Sentencia núm. 0030-04-2019-SSEN-00272, dictada por la Tercera Sala del Tribunal
Superior Administrativo el cinco (05) de agosto de dos mil diecinueve (2019).
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I. ANTECEDENTES
1. Descripción de la sentencia recurrida en revisión constitucional de
sentencia de amparo
La Sentencia núm. 0030-04-2019-SSEN-00272, objeto del presente recurso de
revisión constitucional de sentencia de amparo, fue dictada, el cinco (05) de
agosto del año dos mil diecinueve (2019), por la Tercera Sala del Tribunal
Superior Administrativo. Dicha sentencia declaró inadmisible la acción de
amparo incoada por el señor J..P.C. contra el Plan de Asistencia
Social de la Presidencia (PASP. El dispositivo de esta sentencia, copiado
textualmente es como sigue:
PRIMERO: Declara INADMISIBLE la presente acción de amparo
interpuesta por el señor J.P.C., en fecha 04/07/2019,
contra EL PLAN DE ASISTENCIA SOCIAL DE LA PRESIDENCIA
(PASP), por existir otras vías judiciales que permiten obtener la
protección efectiva del derecho fundamental invocado, a la luz del
artículo 70, numeral 1ro., de la Ley núm. 137-11, de fecha 13 de junio
del año 2011, Orgánica del Tribunal Constitucional y de los
Procedimientos Constitucionales, como lo es la vía contenciosa
administrativa por ante este Tribunal Superior Administrativo,
conforme a los motivos indicados.
SEGUNDO: DECLARA libre de costas el presente proceso.
TERCERO: ORDENA la comunicación de la presente sentencia a la
parte accionante señor JUAN PEÑA CABRERA, la parte accionada,
EL PLAN DE ASISTENCIA SOCIAL DE LA PRESIDENCIA DE LA
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2021-0011, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto por
el señor J.P.C., contra la Sentencia núm. 0030-04-2019-SSEN-00272, dictada por la Tercera Sala del Tribunal
Superior Administrativo el cinco (05) de agosto de dos mil diecinueve (2019).
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REPUBLICA DOMINICANA y la PROCURADURIA GENERAL
ADMINISTRATIVA, a los fines procedentes.
CUARTO: ORDENA que la presente Sentencia sea publicada en el
Boletín del Tribunal Superior Administrativo.
La referida decisión le fue notificada al licenciado Nayo S..h..M.,
abogado del señor J..P.C., el diecinueve (19) de noviembre del año
dos mil diecinueve (2019), mediante Acto núm. 368-2019, instrumentado por
D..D..A..V., alguacil ordinario del Tribunal Superior
Administrativo; a los licenciados F..Á. y J.C., abogados
de el Plan de Asistencia Social de la Presidencia (PASP), el diez (10) de febrero
del año dos mil veinte (2020) mediante Acto núm. 231-2020, instrumentado
por R.A..G.P., alguacil ordinario del Tribunal Superior
Administrativo; y a la Procuraduría General Administrativa el cuatro (04) de
septiembre del año dos mil diecinueve (2019), mediante comunicación de la
Secretaría General del Tribunal Superior Administrativo.
2. Presentación del recurso de revisión constitucional de sentencia de
amparo
En el presente caso, el recurrente, señor J.P..C., apoderó a este
tribunal constitucional de un recurso de revisión constitucional de sentencia de
amparo contra la sentencia anteriormente citada, mediante escrito depositado el
veintisiete (27) de noviembre del año dos mil diecinueve (2019), ante la
Secretaría General del Tribunal Superior Administrativo y remitido a este
Tribunal, en fecha dieciséis (16) de marzo del año dos mil veintiuno (2021).
El indicado recurso fue notificado al Plan de Asistencia Social de la Presidencia
el trece (13) de enero del año dos mil veinte (2020), mediante Acto núm. 15-
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