Sentencia Nº TC/0388/19 de Tribunal Constitucional, 20-09-2019

Número de sentenciaTC/0388/19
Fecha20 Septiembre 2019
Número de expediente TC-05-2016-0070
EmisorTribunal Constitucional (República Dominicana
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2016-0070 relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto por los
señores Florentino Liranzo Mejía, Marcos Antonio Lendor Rodríguez, Nery Peralta Medina, Yris Josefina de los Santos y
Rosmery Merici Rojas García contra la Sentencia núm. 00267-2015, de veintiuno (21) de julio de dos mil quince (2015), dictada
por la Segunda Sala del Tribunal Superior Administrativo. Página 1 de 25
EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA
SENTENCIA TC/0388/19
Referencia: Expediente núm. TC-05-
2016-0070, relativo al recurso de
revisión constitucional de sentencia
de amparo interpuesto por los señores
Florentino Liranzo Mejía, Marcos
Antonio Lendor Rodríguez, Nery
Peralta Medina, Yris Josefina de los
Santos y Rosmery Merici Rojas
García contra la Sentencia núm.
00267-2015, de veintiuno (21) de
julio de dos mil quince (2015),
dictada por la Segunda Sala del
Tribunal Superior Administrativo.
En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República
Dominicana, a los veinte (20) días del mes de septiembre del año dos mil
diecinueve (2019).
El Tribunal Constitucional, regularmente constituido por los magistrados Milton
Ray Guevara, presidente; Rafael Díaz Filpo, primer sustituto; Hermógenes Acosta
de los Santos, José Alejandro Ayuso, Alba Luisa Beard Marcos, Ana Isabel Bonilla
Hernández, Justo Pedro Castellanos Khoury, Domingo Gil, Katia Miguelina
Jiménez Martínez y Miguel Valera Montero, en ejercicio de sus competencias
constitucionales y legales, específicamente las previstas en los artículos 185,
numeral 4, de la Constitución dominicana y 94 de la Ley núm. 137-11, Orgánica
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2016-0070 relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto por los
señores Florentino Liranzo Mejía, Marcos Antonio Lendor Rodríguez, Nery Peralta Medina, Yris Josefina de los Santos y
Rosmery Merici Rojas García contra la Sentencia núm. 00267-2015, de veintiuno (21) de julio de dos mil quince (2015), dictada
por la Segunda Sala del Tribunal Superior Administrativo. Página 2 de 25
del Tribunal Constitucional y de los Procedimientos Constitucionales, del trece
(13) de junio de dos mil once (2011), dicta la siguiente sentencia:
I. ANTECEDENTES
1. Descripción de la sentencia recurrida
La Sentencia núm. 00267-2015, objeto del presente recurso de revisión
constitucional, fue dictada por la Segunda Sala del Tribunal Superior
Administrativo el veintiuno (21) de julio de dos mil quince (2015). Su parte
dispositiva expresa lo siguiente:
PRIMERO: ACOGE el medio de inadmisión planteado por la parte
accionada, la CÁMARA DE CUENTAS DE LA REPÚBLICA
DOMINICANA; en consecuencia, DECLARA INADMISIBLE la presente
acción constitucional de amparo interpuesta por los señores FLORENTINO
LIRANZO MEJÍA, MARCOS ANTONIO LENDOR RODRÍGUEZ, NERY
PERALTA MEDINA, YRIS JOSEFINA DE LOS SANTOS y ROSMERY
MERICI ROJAS GARCÍA, en fecha 26 de mayo de 2015, contra la CÁMARA
DE CUENTAS DE LA REPÚBLICA DOMINICANA, en virtud de lo
dispuesto en el artículo 70, numeral 1) de la Ley No. 137-11, Orgánica del
Tribunal Constitucional y de los Procedimientos Constitucionales, por
existir otras vías judiciales efectivas para la protección de los derechos
fundamentales invocados, como lo es el recurso contencioso administrativo
ante la jurisdicción Contencioso-Administrativa (sic).
SEGUNDO: DECLARA libre de costas el presente proceso de conformidad
el artículo 66 de la Ley No. 137-11, de fecha 13 de junio del año 2011,

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