Sentencia Nº TC/0397/20 de Tribunal Constitucional, 29-12-2020

Número de sentenciaTC/0397/20
Fecha29 Diciembre 2020
Número de expediente TC-05- 2020-0055
EmisorTribunal Constitucional (República Dominicana
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2020-0055, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesta por la
Procuraduría Fiscal del Distrito Judicial de La Vega contra la Sentencia núm. 212-2019-SSEN-00213, dictada por la Tercera
Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Vega el doce (12) de noviembre de dos mil
diecinueve (2019).
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EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA
SENTENCIA TC/0397/20
Referencia: Expediente núm. TC-05-
2020-0055, relativo al recurso de
revisión constitucional de sentencia de
amparo interpuesta por la Procuraduría
Fiscal del General de Distrito Judicial
de La Vega contra la Sentencia núm.
212-2019-SSEN-00213, dictada por la
Tercera Cámara Penal del Juzgado de
Primera Instancia del Distrito Judicial
de La Vega el doce (12) de noviembre
de dos mil diecinueve (2019).
En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República
Dominicana, a los veintinueve (29) días del mes de diciembre del año dos mil
veinte (2020).
El Tribunal Constitucional, regularmente constituido por los magistrados
Milton Ray Guevara, presidente; Rafael Díaz Filpo, primer sustituto; Lino
Vásquez Sámuel, segundo sustituto; Hermógenes Acosta de los Santos, José
Alejandro Ayuso, Justo Pedro Castellanos Khoury, Domingo Gil, Wilson S.
Gómez Ramírez, Katia Miguelina Jiménez Martínez y Miguel Valera Montero,
en ejercicio de sus competencias constitucionales y legales, específicamente las
previstas en los artículos 185 numeral 4 de la Constitución y 9 y 94 de la Ley
núm. 137-11, Orgánica del Tribunal Constitucional y los Procedimientos
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2020-0055, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesta por la
Procuraduría Fiscal del Distrito Judicial de La Vega contra la Sentencia núm. 212-2019-SSEN-00213, dictada por la Tercera
Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Vega el doce (12) de noviembre de dos mil
diecinueve (2019).
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Constitucionales, de fecha trece (13) de junio de dos mil once (2011), dicta la
siguiente sentencia:
I. ANTECEDENTES
1. Descripción de la sentencia recurrida
La Sentencia núm. 212-2019-SSEN-00213, objeto del presente recurso de
revisión constitucional en materia de amparo, fue dictada por la Tercera Cámara
Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Vega el doce
(12) de noviembre de dos mil diecinueve (2019); su dispositivo decrelo
siguiente:
Primero: en cuanto a la forma, acoge la solicitud de acción
constitucional de amparo, interpuesta por Adrison Eroelvin Pérez
Ramírez, a través de sus abogados los licenciados Domingo Antonio
Reynoso Peña y Cornelio Romero Sánchez, en contra de la
Procuraduría Fiscal de La Vega, representada por Aura Luz García,
por haber sido hecha conforme a la Ley 137-11, que rige los
procedimientos constitucionales.
Segundo: Ordena a la Procuraduría Fiscal de La Vega la devolución
del vehículo, en virtud de que el mismo en la solución de medida de
coerción el juez de Servicio de Atención Permanente no lo dejó como
custodia en manos del Ministerio Público, dicho vehículo es una
motocicleta marca X-1000., modelo CG150, color negro, motor o
número de serie b51134, chasis núm. LF3PCK503BBB000481; la
entrega a favor del accionante.
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2020-0055, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesta por la
Procuraduría Fiscal del Distrito Judicial de La Vega contra la Sentencia núm. 212-2019-SSEN-00213, dictada por la Tercera
Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Vega el doce (12) de noviembre de dos mil
diecinueve (2019).
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Tercero: impone un astreinte de quinientos pesos (RD$500.00) diarios
a la procuraduría Fiscal por cada día dejado de cumplir a partir de la
notificación de la sentencia.
Cuarto: impone al accionante Andrison Eroelvin Pérez Ramírez un
astreinte de tres mil pesos (RD$3,000.00) diarios cuando las
autoridades le soliciten el Vehículo motor ya descrito.
Quinto: las costas se dejan libres en razón de la materia.
La sentencia previamente descrita les fue notificada al señor Adrison Eroelvin
Pérez Ramírez, parte recurrida, mediante acto de notificación de veinticinco
(25) de enero de dos mil veinte (2020), instrumentado por el ministerial Gustavo
Ariel Ariza, alguacil de estrados de la Unidad del Centro de Citación y
Correspondencia Penal de La Vega. Al Lic. Cornelio Romero Sánchez, abogado
apoderado del señor Adrison Eroelvin Pérez Ramírez, mediante Acto núm.
1010/2019, de once (11) de diciembre de dos mil diecinueve (2019),
instrumentado por el ministerial Gustavo Ariel Ariza, alguacil de estrados de la
Unidad del Centro de Citación y Correspondencia Penal de La Vega. Al
procurador general administrativo, mediante acto de notificación de cuatro (4)
de diciembre de dos mil diecinueve (2019), emitido por la encargada de la
Unidad de Citaciones y Notificaciones Judiciales, Johanna Mercedes Núñez Gil
y recibida el cuatro de diciembre de dos mil diecinueve (2019) por el Ministerio
Público.

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