Sentencia Nº TC/0406/19 de Tribunal Constitucional, 01-10-2019

Número de sentenciaTC/0406/19
Fecha01 Octubre 2019
Número de expediente TC-05-2019-0055
EmisorTribunal Constitucional (República Dominicana
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2019-0055, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo y demanda en
suspensión interpuesto por el Ing. Kelvin Cruz Cáceres y el Arq. Rogelio Adames, contra la Sentencia núm. 208-2018-
SSEN-01765, d ictada por la Primera Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito
Judicial de La Vega, el diecinueve (19) de diciembre de dos mil dieciocho (2018). Página 1 de 33
EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA
SENTENCIA TC/0406/19 Referencia: Expediente núm. TC-05-
2019-0055, relativo al recurso de
revisión constitucional de sentencia de
amparo y demanda en suspensión
interpuesto por el Ing. Kelvin Cruz
Cáceres y el Arq. Rogelio Adames,
contra la Sentencia núm. 208-2018-
SSEN-01765, dictada por la Primera
Sala de la Cámara Civil y Comercial
del Juzgado de Primera Instancia del
Distrito Judicial de La Vega, el
diecinueve (19) de diciembre de dos
mil dieciocho (2018).
En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República
Dominicana, al primer (1) día del mes de octubre del año dos mil diecinueve
(2019).
El Tribunal Constitucional, regularmente constituido por los magistrados Lino
Vásquez Sámuel, segundo sustituto, presidente en funciones; José Alejandro
Ayuso, Alba Luisa Beard Marcos, Ana Isabel Bonilla Hernández, Víctor
Joaquín Castellanos Pizano, Domingo Gil, Wilson S. Gómez Ramírez, Katia
Miguelina Jiménez Martínez y Miguel Valera Montero, en ejercicio de sus
competencias constitucionales y legales, específicamente las previstas en los
artículos 185.4 de la Constitución, 9, 94 y 54.8 de la Ley núm. 137-11, Orgánica
del Tribunal Constitucional y los Procedimientos Constitucionales, del trece
(13) de junio de dos mil once (2011), dicta la siguiente sentencia:
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Expediente núm. TC-05-2019-0055, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo y demanda en
suspensión interpuesto por el Ing. Kelvin Cruz Cáceres y el Arq. Rogelio Adames, contra la Sentencia núm. 208-2018-
SSEN-01765, d ictada por la Primera Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito
Judicial de La Vega, el diecinueve (19) de diciembre de dos mil dieciocho (2018). Página 2 de 33
I. ANTECEDENTES
1. Descripción de la sentencia recurrida en revisión constitucional de
sentencia de amparo
En ocasión de la acción de amparo incoada por la sociedad comercial Combisa,
Combustibles Combinados, S.R.L. (PETROCOMBISA), contra la Alcaldía del
municipio La Vega, el ingeniero Kelvin Cruz Cáceres y el director del
Departamento de Planeamiento Urbano del Ayuntamiento del Municipio La
Vega, la Primera Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera
Instancia del Distrito Judicial de La Vega, dictó la Sentencia núm. 208-2018-
SSEN-01765, el diecinueve (19) de diciembre del año dos mil dieciocho (2018),
cuyo dispositivo, transcrito íntegramente, es el siguiente:
PRIMERO: Rechaza la inadmisibilidad planteada por la parte
demandante, por las razones expuestas precedentemente.
SEGUNDO: Ordena al Ayuntamiento de La Vega y al Director de
Planeamiento Urbano cumplir con sus funciones y emitir la
Certificación de No Objeción de uso de suelo para la instalación de la
Estación de Servicios y Expedido de Combustibles (gasolina y gasoil)
en la dirección de la Avenida Gregorio Rivas, Km. 2, sección Sabaneta,
de la ciudad de La Vega, Combisa, Combustibles Combinados, S. R. L.
(Pretocombisa), propiedad del señor Jacobo Manuel Tavares.
TERCERO: Ordena al Ayuntamiento de La Vega y al Director de
Planeamiento Urbano cumplir con sus funciones y sellar nueva vez los
planos, por las consideraciones emitidas en esta decisión.
CUARTO: Ordena un astreinte común y solidariamente en contra del
Ayuntamiento de La Vega, el Síndico, ingeniero Kelvin Cruz, y el
Director de Planeamiento Urbano, arquitecto Rogelio Adames, en sus
calidades de funcionarios, de cinco mil pesos dominicanos con 00/100
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Expediente núm. TC-05-2019-0055, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo y demanda en
suspensión interpuesto por el Ing. Kelvin Cruz Cáceres y el Arq. Rogelio Adames, contra la Sentencia núm. 208-2018-
SSEN-01765, d ictada por la Primera Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito
Judicial de La Vega, el diecinueve (19) de diciembre de dos mil dieciocho (2018). Página 3 de 33
(RDS5, 000.00), diarios, por cada día de incumplimiento de la presente
decisión.
QUINTO: La presente decisión es ejecutoria sobre minuta.
SEXTO: Declara el proceso libre de costas.
La referida sentencia fue notificada a los señores Kelvin Cruz Cáceres y
Rogelio Adames mediante el Acto núm. 2462/2018, instrumentado por el
ministerial Carlos Alberto Almánzar, alguacil ordinario del Juzgado de Trabajo
de La Vega el diecinueve (19) de diciembre de dos mil dieciocho (2018).
2. Presentación del recurso de revisión constitucional de sentencia de
amparo
Los señores Kelvin Cruz Cáceres y Rogelio Adames interpusieron el presente
recurso de revisión ante la Primera Sala de la Cámara Civil y Comercial del
Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Vega, el dos (2) de
enero de dos mil diecinueve (2019), recibido en este tribunal el dieciocho (18)
de marzo de dos mil diecinueve (2019).
El presente recurso fue notificado a la parte recurrida, sociedad comercial
Combisa, Combustibles Combinados, S.R.L. (PETROCOMBISA), a través del
Acto núm. 19/2019, instrumentado por el ministerial Narciso Antonio
Fernández, alguacil ordinario del Tribunal de Tierras de Jurisdicción Original,
Sala 2, del Distrito Judicial de La Vega, el ocho (8) de enero de dos mil
diecinueve (2019).
3. Fundamentos de la sentencia recurrida en revisión constitucional de
sentencia de amparo
La Primera Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera
Instancia del Distrito Judicial de La Vega, acogió la acción de amparo sometida

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