Sentencia Nº TC/0409/19 de Tribunal Constitucional, 03-10-2019

Número de sentenciaTC/0409/19
Fecha03 Octubre 2019
Número de expediente TC-05-2019-0100
EmisorTribunal Constitucional (República Dominicana
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2019-0100, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto por Evin de
Lima Alcántara contra la Sentencia núm. 0006-2016, d ictada por la Tercera Sala del Tribunal Superior Administrativo el once
(11) de enero de dos mil dieciséis (2016). Página 1 de 36
EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA
SENTENCIA TC/0409/19 Referencia: Expediente núm. TC-05-
2019-0100, relativo al recurso de revisión
constitucional de sentencia de amparo
interpuesto por Evin de Lima Alcántara
contra la Sentencia núm. 0006-2016,
dictada por la Tercera Sala del Tribunal
Superior Administrativo el once (11) de
enero de dos mil dieciséis (2016).
En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República
Dominicana, a los dos (2) día del mes de octubre del año dos mil diecinueve
(2019).
El Tribunal Constitucional, regularmente constituido por los magistrados Milton
Ray Guevara, presidente; Rafael Díaz Filpo, primer sustituto; Lino Vásquez
Sámuel, segundo sustituto; Hermógenes Acosta de los Santos, José Alejandro
Ayuso, Alba Luisa Beard Marcos, Ana Isabel Bonilla Hernández, Justo Pedro
Castellanos Khoury, Víctor Joaquín Castellanos Pizano, Domingo Gil, Wilson S.
Gómez Ramírez, Katia Miguelina Jiménez Martínez y Miguel Valera Montero, en
ejercicio de sus competencias constitucionales y legales, específicamente las
previstas en los artículos 185, numeral 4 de la Constitución, y 9 y 94 de la Ley
núm. 137-11, Orgánica del Tribunal Constitucional y los Procedimientos
Constitucionales, del trece (13) de junio de dos mil once (2011), dicta la siguiente
sentencia:
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2019-0100, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto por Evin de
Lima Alcántara contra la Sentencia núm. 0006-2016, d ictada por la Tercera Sala del Tribunal Superior Administrativo el once
(11) de enero de dos mil dieciséis (2016). Página 2 de 36
I. ANTECEDENTES
1. Descripción de la sentencia recurrida en revisión constitucional de
sentencia de amparo
En ocasión de la acción de amparo interpuesta por el señor Evin de Lima Alcántara
contra la Jefatura de la Policía Nacional, el nueve (9) de octubre de dos mil quince
(2015), la Tercera Sala del Tribunal Superior Administrativo dictó el once (11) de
enero de dos mil dieciséis (2016) la Sentencia núm. 0006-2016, cuyo dispositivo
reza de la siguiente manera:
PRIMERO: DECLARA regular y válida, en cuanto a la forma, la presente
Acción Constitucional de Amparo, interpuesta en fecha nueve (09) del mes
de octubre del año dos mil quince (2015), por el señor EVIN DE LIMA
ALCANTARA, en contra de la Jefatura de la Policía Nacional, por haber
sido interpuesta de conformidad con la ley que regula la materia.
SEGUNDO: RECHAZA en cuanto al fondo la citada Acción Constitucional
de Amparo, interpuesta por el señor EVIN DE LIMA ALCANTARA, en
contra de la Jefatura de la Policía Nacional, por las razones anteriormente
expuestas.
TERCERO: DECLARA libre de costas el presente proceso de conformidad
con el artículo 66 de la Ley No. 137-11 de fecha 13 de junio del año 2011,
Orgánica del Tribunal Constitucional y de los Procedimientos
Constitucionales.
CUARTO: ORDENA la comunicación por Secretaría de la presente
sentencia, a la parte accionante, señor EVIN DE LIMA ALCANTARA, a la
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2019-0100, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto por Evin de
Lima Alcántara contra la Sentencia núm. 0006-2016, d ictada por la Tercera Sala del Tribunal Superior Administrativo el once
(11) de enero de dos mil dieciséis (2016). Página 3 de 36
parte accionada, Jefatura de la Policía Nacional, así como a la
Procuraduría General Administrativa.
QUINTO: ORDENA que la presente sentencia sea publicada en el Boletín
del Tribunal Superior Administrativo.
En el expediente consta una certificación de la Secretaría General del Tribunal
Superior Administrativo emitida el veintitrés (23) de febrero de dos mil dieciséis
(2016), contentivo de la notificación de la citada sentencia núm. 0006-2016, al
señor Evin de Lima Alcántara. Dicha notificación fue entregada a su representante
legal en esa fecha.
También consta una certificación de la Secretaría General del Tribunal Superior
Administrativo, contentiva de la notificación de la citada sentencia núm. 0006-
2016, al procurador general administrativo el seis (6) de abril de dos mil dieciséis
(2016).
La referida Sentencia núm. 0006-2016, fue notificada a la recurrida, Policía
Nacional, mediante Acto núm. 1535/2016, instrumentado por el ministerial Ariel
A. Paulino C., alguacil de estrados de la Cuarta Sala de la Cámara Civil y
Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional el veintiséis (26)
de septiembre de dos mil dieciséis (2016).
2. Presentación del recurso de revisión constitucional en materia de amparo
La parte recurrente, señor Evin de Lima Alcántara, interpuso el presente recurso de
revisión constitucional de sentencia de amparo contra la indicada sentencia núm.
0006-2016, mediante instancia depositada el veintiuno (21) de febrero de dos mil
diecinueve (2019) ante la Secretaría General del Tribunal Superior Administrativo,

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