Sentencia Nº TC/0414/18 de Tribunal Constitucional, 09-11-2018

Número de sentenciaTC/0414/18
Fecha09 Noviembre 2018
Número de expediente TC-04-2015-0173
EmisorTribunal Constitucional (República Dominicana
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-04-2015-0173, relativo al recurso de revisión constitucional d e decisión jurisdiccional incoado por la
Compañía Caribeña de Inversiones, S.A. (CAINSA) contra la Sentencia núm. 671, dictada por la Sala Civil y Comercial de la
Suprema Corte de Justicia el once (11) de junio de dos mil catorce (2014). Página 1 de 32
EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA
SENTENCIA TC/0414/18 Referencia: Expediente núm. TC-04-
2015-0173, relativo al recurso de
revisión constitucional de decisión
jurisdiccional incoado por la
Compañía Caribeña de Inversiones,
S.A. (CAINSA) contra la Sentencia
núm. 671, dictada por la Sala Civil y
Comercial de la Suprema Corte de
Justicia el once (11) de junio de dos
mil catorce (2014).
En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República
Dominicana, a los nueve (9) días del mes de noviembre del año dos mil dieciocho
(2018).
El Tribunal Constitucional, regularmente constituido por los magistrados Leyda
Margarita Piña Medrano, primera sustituta en funciones de presidenta; Lino Vásquez
Sámuel, segundo sustituto; Hermógenes Acosta de los Santos, Ana Isabel Bonilla
Hernández, Justo Pedro Castellanos Khoury, Jottin Cury David, Rafael Díaz Filpo,
Víctor Gómez Bergés, Wilson S. Gómez Ramírez e Idelfonso Reyes, en ejercicio de
sus competencias constitucionales y legales, específicamente las previstas en los
artículos 185 de la Constitución y 53 de la Ley núm. 137-11, Orgánica del Tribunal
Constitucional y de los Procedimientos Constitucionales, de trece (13) de junio de
dos mil once (2011), dicta la siguiente sentencia:
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-04-2015-0173, relativo al recurso de revisión constitucional d e decisión jurisdiccional incoado por la
Compañía Caribeña de Inversiones, S.A. (CAINSA) contra la Sentencia núm. 671, dictada por la Sala Civil y Comercial de la
Suprema Corte de Justicia el once (11) de junio de dos mil catorce (2014). Página 2 de 32
I. ANTECEDENTES
1. Descripción de la sentencia recurrida
La Sala Civil y Comercial de la Suprema Corte de Justicia, mediante su Sentencia
núm. 671, de once (11) de junio de dos mil catorce (2014), rechazó el recurso de
casación interpuesto por la CAINSA, S.A. El dispositivo de dicha decisión es el
siguiente:
ÚNICO: Rechaza el recurso de casación interpuesto por la Compañía
Caribeña de Inversiones, S.A., (CAINSA), contra la sentencia núm. 418-2012,
dictada el 24 de mayo de 2012, por la Segunda Sala de la Cámara Civil y
Comercial de la Corte de Apelación del Distrito Nacional, cuyo dispositivo
se ha copiado en parte anterior del presente fallo.
No existe constancia en el expediente de que la Sentencia núm. 671 haya sido
notificada a la parte recurrente, Compañía Caribeña de Inversiones, S.A. (CAINSA).
2. Presentación del recurso de revisión constitucional de decisión
jurisdiccional
La Compañía Caribeña de Inversiones, S.A. (CAINSA) interpuso su recurso de
revisión constitucional ante la Secretaría General de la Suprema Corte de Justicia el
cinco (5) de mayo de dos mil quince (2015), recibido en la Secretaría del Tribunal
Constitucional el seis (6) de julio de dos mil quince (2015). Dicho recurso está
fundamentado en los hechos y argumentos jurídicos que se resumen más adelante.
El referido recurso de revisión constitucional fue notificado a la Compañía
Administradora de Servicios, S.A, (COADSER), parte recurrida, mediante Acto
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-04-2015-0173, relativo al recurso de revisión constitucional d e decisión jurisdiccional incoado por la
Compañía Caribeña de Inversiones, S.A. (CAINSA) contra la Sentencia núm. 671, dictada por la Sala Civil y Comercial de la
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núm. 222/2015, de veintisiete (27) de mayo de dos mil quince (2015), instrumentado
por el ministerial Manuel Emilio Batista Rodríguez, alguacil ordinario del Cuarto
Tribunal Colegiado de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito
Nacional.
3. Fundamentos de la sentencia recurrida
La Sala Civil y Comercial de la Suprema Corte de Justicia, mediante su Sentencia
núm. 671, rechazó el recurso de casación interpuesto por la recurrente, por los
motivos siguientes:
Considerando, que esta jurisdicción reafirma su postura de que si bien la
sociedad como persona dotada de personalidad jurídica tiene capacidad para
actuar en justicia en defensa y provecho del interés social, esto es así siempre
y cuando se encuentre divida y regularmente representada por personas
designadas conforme a sus estatutos que constituyen la ley entre sus
accionistas; que en la especie planteada, conforme los artículos 12, 17 y 19
de los estatutos de la compañía recurrente el consejo de administración con
poderes para decidir, entre otras atribuciones, si procede que la compañía
intente acciones judiciales o se defienda contra ellas, transija o se
comprometa, representa a la compañía en justicia” y es el órgano facultado
para “otorgar poderes temporales o permanentes a cualquier persona para
uno o varios objetos determinados”,
Considerado, que es un hecho no controvertido que mediante asamblea
general de accionistas celebrada el 9 de mayo de 1995, es decir anterior a la
demanda, la Junta General de Accionistas de la compañía Caribeña de
Inversiones, S.A., (CAINSA), acordó destituir al señor Elías Pecharromán
Criado del cargo de presidente, que lo debatido por la parte recurrente es
que previo a otorgar validez a dicha asamblea la alzada debió detenerse a

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