Sentencia Nº TC/0425/19 de Tribunal Constitucional, 09-10-2019

Número de sentenciaTC/0425/19
Fecha09 Octubre 2019
Número de expediente TC-07-2019-0024
EmisorTribunal Constitucional (República Dominicana
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente n úm. TC-07-2019-0024, relativo a la solicitud de suspensión de ejecución interpuesta por la Cooperativa
Agropecuaria Sebastino Brito, debidamente representada por los señores Damaso Valenzuela Quiterio, Ernesto R. Sánchez Dotel
y Juan Ramón de la Rosa, contra la Ordenanza núm. 0322-2018-SORD-022, dictada por la Cámara Civil, Comercial y de Trabajo
del Distrito Judicial de San Juan de la Maguana el veinte (20) de julio de dos mil dieciocho (2018).
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EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA
SENTENCIA TC/0425/19 Referencia: Expediente núm. TC-07-
2019-0024, relativo a la solicitud de
suspensión de ejecución interpuesta
por la Cooperativa Agropecuaria
Sebastino Brito, debidamente
representada por los señores Damaso
Valenzuela Quiterio, Ernesto R.
Sánchez Dotel y Juan Ramón de la
Rosa, contra la Ordenanza núm.
0322-2018-SORD-022, dictada por la
Cámara Civil, Comercial y de
Trabajo del Distrito Judicial de San
Juan de la Maguana el veinte (20) de
julio de dos mil dieciocho (2018).
En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República
Dominicana, a los nueve (9) día del mes de octubre del año dos mil diecinueve
(2019).
El Tribunal Constitucional, regularmente constituido por los magistrados Rafael
Díaz Filpo, primer sustituto en funciones de presidente; Lino Vásquez Sámuel,
segundo sustituto; Hermógenes Acosta de los Santos, José Alejandro Ayuso, Alba
Luisa Beard Marcos, Ana Isabel Bonilla Hernández, Justo Pedro Castellanos
Khoury, Víctor Joaquín Castellanos Pizano, Domingo Gil, Wilson S. Gómez
Ramírez, Katia Miguelina Jiménez Martínez y Miguel Valera Montero, en
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente n úm. TC-07-2019-0024, relativo a la solicitud de suspensión de ejecución interpuesta por la Cooperativa
Agropecuaria Sebastino Brito, debidamente representada por los señores Damaso Valenzuela Quiterio, Ernesto R. Sánchez Dotel
y Juan Ramón de la Rosa, contra la Ordenanza núm. 0322-2018-SORD-022, dictada por la Cámara Civil, Comercial y de Trabajo
del Distrito Judicial de San Juan de la Maguana el veinte (20) de julio de dos mil dieciocho (2018).
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ejercicio de sus competencias constitucionales y legales, específicamente las
previstas en los artículos 185.4 y 277 de la Constitución y 54.8 de la Ley núm.
137-11, Orgánica del Tribunal Constitucional y de los Procedimientos
Constitucionales, del trece (13) de junio de dos mil once (2011), dicta la siguiente
sentencia:
I. ANTECEDENTES
1. Descripción de la sentencia recurrida en revisión objeto de la demanda
en suspensión
La Sentencia núm. 0322-2018-SORD-022, recurrida en revisión y cuya suspensión
se solicita, fue dictada por la Cámara Civil, Comercial y de Trabajo del Distrito
Judicial de San Juan de la Maguana el veinte (20) de julio de dos mil dieciocho
(2018), y tiene el dispositivo siguiente:
PRIMERO: PRONUNCIA el defecto en contra de la COOPERATIVA
AGROPECUARIA SEBASTINO BRITO, y de los SRES. DAMASO
VALENZUELA QUITERIO, ERNESTO R. SÁNCHEZ DOTEL, y JUAN
RAMÓN DE LA ROSA, por no haber concluido a la vista efectuada por este
tribunal en fecha 12 de julio del 2018, a las 4:00 p.m.
SEGUNDO: Acoge en cuanto a la forma, la acción de amparo interpuesta
por el MINISTERIO FAMILIA REAL CASA DE GLORIA, DEBIDAMENTE
REPRESENTADA POR LOS SRES. JUAN CARLOS MORENO DE LOS
SANTOS, MISAEL CUELLO GARCÍA, LENNY GARCÍA SÁNCHEZ,
WILSON MESA DEL CARMEN, CANDIDA DE LOS SANTOS, WILSON
MESA DEL CARMEN, MANOLO PEÑA MESA, JAMIL LARISSA TEJEDA

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