Sentencia Nº TC/0437/18 de Tribunal Constitucional, 13-11-2018

Número de sentenciaTC/0437/18
Número de expediente TC-04-2013-0056
Fecha13 Noviembre 2018
EmisorTribunal Constitucional (República Dominicana
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-04-2013-0056, relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por la
Confederación del Canad á Dominicana, S. contra la Resolución núm. 7113-2012, dictada por la Segunda Sala de la Suprema
Corte de Justicia el veintidós (22) de noviembre de dos mil doce (2012). Página 1 de 52
EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA
SENTENCIA TC/0437/18
Referencia: Expediente núm. TC-04-
2013-0056, relativo al recurso de
revisión constitucional de decisión
jurisdiccional interpuesto por la
Confederación del Canadá
Dominicana, S. contra la Resolución
núm. 7113-2012, dictada por la
Segunda Sala de la Suprema Corte de
Justicia el veintidós (22) de noviembre
de dos mil doce (2012).
En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República
Dominicana, a los trece (13) días del mes de noviembre del año dos mil dieciocho
(2018).
El Tribunal Constitucional, regularmente constituido por los magistrados M.
.
R.G., presidente; L.M.P.M., primera sustituta; L.
.
V.S., segundo sustituto; H..A. de los Santos, A..I.
.
B..H., J..P..C.K., V..J.C.
.
P., Jottin C..D., V..G..B., W..S.G..R. e
I.R., en ejercicio de sus competencias constitucionales y legales,
específicamente las previstas en los artículos 277 de la Constitución, 9 y 53 de la
Ley núm. 137-11, Orgánica del Tribunal Constitucional y de los Procedimientos
Constitucionales, de trece (13) de junio de dos mil once (2011), dicta la siguiente
sentencia:
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-04-2013-0056, relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por la
Confederación del Canad á Dominicana, S. contra la Resolución núm. 7113-2012, dictada por la Segunda Sala de la Suprema
Corte de Justicia el veintidós (22) de noviembre de dos mil doce (2012). Página 2 de 52
I. ANTECEDENTES
1. Descripción de la sentencia recurrida
La Resolución núm. 7113-2012, objeto del presente recurso de revisión, fue dictada
por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia el veintidós (22) de noviembre
de dos mil doce (2012). Dicha decisión declaró inadmisible los recursos de casación
interpuestos por los señores N.D..R. y la Confederación del Canadá
Dominicana, S. contra la Sentencia núm. 229, de siete (7) de mayo de dos mil
doce (2012), dictada por la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Departamento
Judicial de La Vega.
La sentencia anteriormente descrita fue notificada mediante el Acto núm. 135/2013,
de veintidós (22) de febrero de dos mil trece (2013), instrumentado por el ministerial
A.A.S.M., alguacil de estrados del Juzgado de Paz de
Tránsito del Distrito Nacional.
2. Presentación del recurso de revisión constitucional
En el presente caso, la recurrente, Confederación del Canadá Dominicana, S.,
apoderó a este tribunal constitucional del recurso de revisión contra la sentencia
descrita anteriormente, mediante escrito depositado el ocho (8) de marzo de dos mil
trece (2013), ante la Secretaría de la Suprema Corte de Justicia, remitido a este
tribunal constitucional el diez (10) de junio de dos mil trece (2013). El referido
recurso se fundamenta en los alegatos que se exponen más adelante.
El presente recurso fue notificado mediante Oficio núm. 3442, de once (11) de marzo
de dos mil trece (2013), de la Secretaría General del Tribunal Superior
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-04-2013-0056, relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por la
Confederación del Canad á Dominicana, S. contra la Resolución núm. 7113-2012, dictada por la Segunda Sala de la Suprema
Corte de Justicia el veintidós (22) de noviembre de dos mil doce (2012). Página 3 de 52
Administrativo, el cual fue recibido el dieciocho (18) de marzo de dos mil trece
(2013).
3. Fundamento de la sentencia recurrida
El tribunal que dictó la resolución recurrida decidió lo siguiente:
Primero: Admite como intervinientes a N..M..G., C..
.
E.G., C.D.G., F.J.G.arcía, P.
.
M. y P..A.G..S. en los recursos de casación
interpuestos por N..D..R. y Confederación del Canada
Dominicana, S..A., contra la sentencia núm. 229 dictada por la Cámara Penal
de la Corte de Apelación del Departamento Judicial de La Vega el 7 de mayo
de 2012, cuyo dispositivo se copia en parte anterior de esta resolución;
Segundo: Declara inadmisibles los referidos recursos de casación;
Tercero: Condena a los recurrentes al pago de las costas a favor y provecho
de los Licdos. J..L..V.M. y C..M.R..J.,
quienes afirman haberlas avanzado en su totalidad; Cuarto: Ordena que la
presente resolución sea notificada a las partes.
Los fundamentos dados por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia son los
siguientes:
Atendido, que en relación al memorial de la recurrente N.D..R.,
del examen de la decisión dictada por la Corte a-qua, se infiere, que contrario
a lo alegado, esa alzada fundamentó su decisión correctamente,
estableciendo luego de un análisis de la decisión del tribunal sentenciador,

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR