Sentencia Nº TC/0440/20 de Tribunal Constitucional, 29-12-2020

Número de sentenciaTC/0440/20
Fecha29 Diciembre 2020
Número de expediente TC-04-2019-0200
EmisorTribunal Constitucional (República Dominicana
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-04-2019-0200, relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por
el señor Alejandro Paulino Herrera contra la Resolución núm. 2810-2018, dictada por la Segunda Sala de la Suprema Corte
de Justicia el siete (7) de junio de dos mil dieciocho (2018).
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EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA
SENTENCIA TC/0440/20 Referencia: Expediente núm. TC-04-
2019-0200, relativo al recurso de
revisión constitucional de decisión
jurisdiccional interpuesto por el señor
Alejandro Paulino Herrera contra la
Resolución núm. 2810-2018, dictada
por la Segunda Sala de la Suprema
Corte de Justicia el siete (7) de junio
de dos mil dieciocho (2018).
En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República
Dominicana, , a los veintinueve (29) días del mes de diciembre del año dos mil
veinte (2020).
El Tribunal Constitucional, regularmente constituido por los magistrados
Rafael Díaz Filpo, primer sustituto, presidente en funciones; Lino Vásquez
Sámuel, segundo sustituto; Hermógenes Acosta de los Santos, Alba Luisa Beard
Marcos, Ana Isabel Bonilla Hernández, Justo Pedro Castellanos Khoury, Víctor
Joaquín Castellanos Pizano, Domingo Antonio Gil, Wilson S. Gómez Ramírez
y Miguel Valera Montero, en ejercicio de sus competencias constitucionales y
legales, específicamente las previstas en los artículos 185.4 y 277 de la
Constitución, así como en los artículos 9 y 53 de la Ley núm. 137-11, Orgánica
del Tribunal Constitucional y de los Procedimientos Constitucionales, del trece
(13) de junio de dos mil once (2011), dicta la siguiente sentencia:
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-04-2019-0200, relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por
el señor Alejandro Paulino Herrera contra la Resolución núm. 2810-2018, dictada por la Segunda Sala de la Suprema Corte
de Justicia el siete (7) de junio de dos mil dieciocho (2018).
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I. ANTECEDENTES
1. Descripción de la sentencia recurrida en revisión constitucional de
decisión jurisdiccional
La Resolución núm. 2810-2018, objeto del presente recurso de revisión, fue
dictada por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia el siete (7) de junio
de dos mil dieciocho (2018). Este fallo inadmitió el recurso de casación incoado
por el señor Alejandro Paulino Herrera contra la Resolución núm. 0294-2018-
SINA-00011, emitida por la Primera Sala de la Cámara Penal de la Corte de
Apelación del Departamento Judicial de San Cristóbal el veinte (20) de febrero
de dos mil dieciocho (2018). El dispositivo de la referida resolución reza de la
manera siguiente:
«Primero: Admite como interviniente a Reyes Bolívar Encarnación en el
recurso de casación interpuesto por Alejandro Paulino Herrera, contra
la Resolución núm. 0294-2018-SINA-00011, dictada por la Primera Sala
de la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Departamento Judicial
de San Cristóbal el 20 de febrero de 2018, cuyo dispositivo se copia en
parte anterior de la presente Resolución; Segundo: Declara inadmisible
el referido recurso por las razones anteriormente expuestas; Tercero:
Condena al recurrente al pago de las costas del proceso; Cuarto: Ordena
la devolución del expediente al tribunal de origen a los fines
correspondientes».
En el expediente de referencia no consta notificación alguna de la Resolución
núm. 2810-2018, hoy impugnada, a la parte recurrente en el presente proceso.
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-04-2019-0200, relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por
el señor Alejandro Paulino Herrera contra la Resolución núm. 2810-2018, dictada por la Segunda Sala de la Suprema Corte
de Justicia el siete (7) de junio de dos mil dieciocho (2018).
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2. Presentación del recurso de revisión constitucional de decisión
jurisdiccional
En la especie, el señor Alejandro Paulino Herrera interpuso el presente recurso
de revisión contra la Resolución núm. 2810-2018, según instancia depositada
en la Secretaría General de la Suprema Corte de Justicia el veinte (20) de
noviembre de dos mil dieciocho (2018). Mediante el citado recurso de revisión,
la parte recurrente invoca inobservancia de la ley y la violación a los derechos
fundamentales a la defensa y al debido proceso.
El recurso de que se trata fue notificado por el recurrente a la parte recurrida, el
señor Reyes Bolívar Encarnación, mediante Acto núm. 425/2018,
instrumentado por el ministerial Ramón Villa
1
el veintinueve (29) de diciembre
de dos mil dieciocho (2018).
3. Fundamento de la sentencia recurrida en revisión constitucional de
decisión jurisdiccional
La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia justificó esencialmente la
Resolución núm. 2810-2018 (mediante la cual inadmitió el recurso de casación
incoado por el señor Alejandro Paulino Herrera) en los motivos siguientes:
a. «Atendido, que en nuestro ordenamiento jurídico, las vías recursivas se
rigen por el principio de taxatividad el cual tiene dos vertientes, desde la óptica
de la decisión, las cuales solo son recurribles cuando la ley así lo determina, y
desde la óptica la persona impugnante, en el sentido de que las decisiones solo
son recurribles por aquél a quien la ley le otorga el derecho de recurrir; de ahí,
que solo se puede hacer uso de las vías de impugnación de determinadas
1
Alguacil ordinario de la Suprema Corte de Justicia.

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