Sentencia Nº TC/0448/19 de Tribunal Constitucional, 11-10-2019

Número de sentenciaTC/0448/19
Fecha11 Octubre 2019
Número de expediente TC-05-2018-0317
EmisorTribunal Constitucional (República Dominicana
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2018-0317, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto por el
Comité de Retiro de la Policía Nacional contra la Sentencia No.030-03-2018-SSEN-00246, dictada por la Segunda Sala del
Tribunal Superior Administrativo el catorce (14) de agosto de dos mil dieciocho (2018).
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EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA
SENTENCIA TC/0448/19 Referencia: Expediente núm. TC-05-
2018-0317, relativo al recurso de revisión
constitucional de sentencia de amparo
interpuesto por el Comité de Retiro de la
Policía Nacional contra la Sentencia
No.030-03-2018-SSEN-00246, dictada por
la Segunda Sala del Tribunal Superior
Administrativo el catorce (14) de agosto
de dos mil dieciocho (2018).
En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República
Dominicana, a los once (11) días del mes de octubre del año dos mil diecinueve
(2019).
El Tribunal Constitucional, regularmente constituido por los magistrados Rafael
Díaz Filpo, primer sustituto, presidente en funciones; Lino Vásquez Sámuel,
segundo sustituto; Hermógenes Acosta de los Santos, José Alejandro Ayuso, Alba
Luisa Beard Marcos, Ana Isabel Bonilla Hernández, Justo Pedro Castellanos
Khoury, Víctor Joaquín Castellanos Pizano, Domingo Gil, Wilson S. Gómez
Ramírez, Katia Miguelina Jiménez Martínez y Miguel Valera Montero, en ejercicio
de sus competencias constitucionales y legales, específicamente las previstas en los
artículos 277 de la Constitución y 53 de la Ley núm. 137-11, Orgánica del Tribunal
Constitucional y de los Procedimientos Constitucionales, del trece (13) de junio de
dos mil once (2011), dicta la siguiente sentencia:
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2018-0317, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto por el
Comité de Retiro de la Policía Nacional contra la Sentencia No.030-03-2018-SSEN-00246, dictada por la Segunda Sala del
Tribunal Superior Administrativo el catorce (14) de agosto de dos mil dieciocho (2018).
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I. ANTECEDENTES
1. Descripción de la sentencia recurrida en revisión constitucional de
sentencia de amparo
La Sentencia núm. 030-03-2018-SSEN-00246, fue dictada por la Segunda Sala del
Tribunal Superior Administrativo el catorce (14) de agosto de dos mil dieciocho
(2018), objeto del presente recurso de revisión. Dicho fallo acogió parcialmente la
acción de amparo interpuesta por los señores Luis Felipe Delmonte y Gilcia
Dolores León Peña, contra la Policía Nacional y el Comité de Retiro de la Policía
Nacional; el dispositivo de la referida decisión es el siguiente:
PRIMERO: DECLARA buena y válida, en cuanto a la forma, la acción
constitucional de amparo de cumplimiento, interpuesta por los señores
Luis Felipe Delmonte y Gilcia Dolores León Peña, en fecha 18 de junio del
2018, contra la Policía Nacional y el Comité de Retiro de la Policía
Nacional, por haber sido interpuesta conforme las reglas procesales
vigentes.
SEGUNDO: en cuanto al fondo ACOGE de manera parcial la acción
constitucional de amparo de cumplimiento, interpuesta por los señores
Luis Felipe Delmonte y Gilcia Dolores León Peña, en fecha 18 de junio del
2018, contra la Policía Nacional y el Comité de Retiro de la Policía
Nacional, en consecuencia:
1. Respecto de la señora Gilcia Dolores León Peña: Acoge la acción de
amparo de cumplimiento y ordena a la Dirección General de la Policía
Nacional y Comité de Retiro de la Policía Nacional, dar cumplimiento al
oficio No.1584, de fecha 12 de diciembre del 2011, emitido por la
Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo, sobre la solicitud de aumento del
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2018-0317, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto por el
Comité de Retiro de la Policía Nacional contra la Sentencia No.030-03-2018-SSEN-00246, dictada por la Segunda Sala del
Tribunal Superior Administrativo el catorce (14) de agosto de dos mil dieciocho (2018).
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monto de pensiones para oficiales de la reserva P.N., y el pago retroactivo
del diferencial de salarios que debió percibir desde el día 12/12/2011.
2. Respecto al señor Luis Felipe Delmonte Tavárez: Rechaza la acción
de amparo de cumplimiento, de conformidad con las motivaciones antes
expresadas.
TERCERO: DECLARA el proceso libre de costas de conformidad con el
artículo 66 de la Ley Núm. 137-11 de fecha 13 de junio del año 2011,
Orgánica del Tribunal Constitucional y de los Procedimientos
Constitucionales.
CUARTO: ORDENA que la presente sentencia sea publicada en el Boletín
del Tribunal Superior Administrativo.
La referida sentencia, fue notificada a la Policía Nacional, mediante Acto núm.
974/2018, instrumentado por el ministerial Armando Santana, alguacil de estrados
del Juzgado de Paz Especial de Transito del Distrito Nacional el ocho (8) de
octubre de dos mil dieciocho (2018).
2. Presentación del recurso de revisión constitucional de sentencia de
amparo
La parte recurrente interpuso formal recurso de revisión contra la referida
sentencia, mediante instancia depositada ante el Tribunal Superior Administrativo
el doce (12) de octubre de dos mil dieciocho (2018), y recibido en el Tribunal
Constitucional el veintiséis (26) de noviembre de dos mil dieciocho (2018).
El referido recurso de revisión fue notificado a los señores Luis Felipe Delmonte
Tavárez y Gilcia Dolores León Peña, mediante el Acto núm. 1527-2018,
instrumentado por el ministerial Robinson González, alguacil ordinario del

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