Sentencia Nº TC/0454/18 de Tribunal Constitucional, 13-11-2018

Número de sentenciaTC/0454/18
Número de expediente TC-04-2017-0015
Fecha13 Noviembre 2018
EmisorTribunal Constitucional (República Dominicana
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-04-2017-0015, relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por María
Santana Guevara contra la S entencia núm. 602, dictada por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia el ocho (8) de junio
de dos mil dieciséis (2016). Página 1 de 37
EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA
SENTENCIA TC/0454/18
Referencia: Expediente núm. TC-04-
2017-0015, relativo al recurso de
revisión constitucional de decisión
jurisdiccional interpuesto por María
Santana Guevara contra la Sentencia
núm. 602, dictada por la Segunda Sala
de la Suprema Corte de Justicia el
ocho (8) de junio de dos mil dieciséis
(2016).
En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República
Dominicana, a los trece (13) días del mes de noviembre del año dos mil dieciocho
(2018).
El Tribunal Constitucional, regularmente constituido por los magistrados Milton
Ray Guevara, presidente; Lino Vásquez Sámuel, segundo sustituto; Hermógenes
Acosta de los Santos, Ana Isabel Bonilla Hernández, Justo Pedro Castellanos
Khoury, Víctor Joaquín Castellanos Pizano, Rafael Díaz Filpo, Víctor Gómez
Bergés, Wilson S. Gómez Ramírez e Idelfonso Reyes, en ejercicio de sus
competencias constitucionales y legales, específicamente las previstas en los
artículos 185.4 y 277 de la Constitución y 9, 53 y 54 de la Ley Orgánica del
Tribunal Constitucional y de los Procedimientos Constitucionales, No. 137-11, de
fecha trece (13) de junio del año dos mil once (2011), dicta la siguiente sentencia:
I. ANTECEDENTES
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-04-2017-0015, relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por María
Santana Guevara contra la S entencia núm. 602, dictada por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia el ocho (8) de junio
de dos mil dieciséis (2016). Página 2 de 37
1. Descripción de la sentencia recurrida en revisión constitucional de
decisión jurisdiccional
El presente recurso fue interpuesto contra la Sentencia núm. 602, dictada por la
Segunda Sala dela Suprema Corte de Justicia el ocho (8) de junio de mil dieciséis
(2016), cuyo dispositivo se transcribe continuación:
Primero: Rechaza el recurso de casación interpuesto por María Santana
Guevara (a) Dominga contra la sentencia núm.00050-15, dictada por la
Cámara Penal de la Corte de Apelación del Departamento Judicial de
Barahona el 23 de abril de 2015, cuyo dispositivo se encuentra copiado en
parte anterior de esta decisión.
Segundo: Exime el pago de las costas por estar la Recurrente asistida de la
Defensa Pública;
Tercero: Ordena a la secretaría de esta Suprema Corte de Justicia
notificar la presente decisión a las partes y al Juez de la Ejecución dela
Pena del Departamento Judicial de Barahona.
El dispositivo de la referida sentencia, fue notificada a la parte hoy recurrida en
revisión constitucional de decisión jurisdiccional, señora Anyelina Vólquez, el
veintidós (22) de junio de dos mil dieciséis (2016) mediante memorándum de la
Secretaría General de la Suprema Corte de Justicia, no así a la parte recurrente en
revisión, señora Guevara (a) Dominga, de donde se infiere que entre las piezas que
componen el expediente del presente recurso de revisión constitucional de decisión
jurisdiccional, no consta notificación de la sentencia anteriormente descrita.
2. Presentación del recurso de revisión constitucional de decisión
jurisdiccional
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-04-2017-0015, relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por María
Santana Guevara contra la S entencia núm. 602, dictada por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia el ocho (8) de junio
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La parte recurrente, señora María Santana Guevara (a) Dominga, interpuso el
veintiuno (21) de julio de dos mil dieciséis (2016) un recurso de revisión
constitucional de decisión jurisdiccional contra la Sentencia núm. 602, a fin de que
sea revocada la sentencia antes dicha.
El recurso precedentemente descrito fue notificada a la señora Iris Sánchez
Polanco, recibida por la señora Angelina Vólquez, mediante acto S/N,
instrumentado por el ministerial Jorge Luis Mercedes Castro, alguacil ordinario del
Juzgado de la Instrucción de Barahona el veintinueve (29) de octubre de dos mil
dieciséis (2016), a la vez fue notificado al procurador general de la Republica,
mediante Oficio núm. 20024, emitido por la Suprema Corte de Justicia, recibido el
dieciocho (18) de octubre de dos mil dieciséis (2016).
3. Fundamento de la decisión recurrida en revisión constitucional de
decisión jurisdiccional
La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia mediante su Sentencia núm. 602
rechazó el recurso de casación interpuesto por la señora María Santana Guevara (a)
Dominga, alegando entre otros, los motivos siguientes:
a. Considerando, que, del análisis y ponderación de la sentencia impugnada, se
advierte que la Cortea-qua examinó debidamente el medio propuesto por la
recurrente, sin que la misma haya incurrido en desnaturalización o tergiversado lo
expuesto en la sentencia de primer grado, ni mucho menos en omisión de estatuir
respecto a las conclusiones de la defensa y del Ministerio Público, toda vez que
dicha alzada observó que el Tribunal a-quo valoró las pruebas que le fueron
presentadas, que, aunque no señaló de manera expresa, por qué (sic) rechazó las
pruebas testimoniales de la defensa, dio por establecido que acogió las pruebas
dela parte acusadora, tanto testimonial como documental, con las cuales
determinó, fuera de toda duda razonable, que la responsabilidad penal quedó a
cargo dela imputada hoy recurrente.

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