Sentencia Nº TC/0458/18 de Tribunal Constitucional, 13-11-2018

Número de sentenciaTC/0458/18
Número de expediente TC-04-2018-0035
Fecha13 Noviembre 2018
EmisorTribunal Constitucional (República Dominicana
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-04-2018-0035, relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por Click,
Diseño y Publicidad, C. por A. contra la Sentencia núm. 239-2015, dictada por la Tercera S. del Tribunal Superior Administrativo
el veinte (20) de noviembre de dos mil quince (2015). Página 1 de 33
EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA
SENTENCIA TC/0458/18 Referencia: Expediente núm. TC-04-
2018-0035, relativo al recurso de revisión
constitucional de decisión jurisdiccional
interpuesto por Click, Diseño y Publicidad,
C. por A. contra la Sentencia núm. 239-
2015, dictada por la Tercera S. del
Tribunal Superior Administrativo el veinte
(20) de noviembre de dos mil quince
(2015).
En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República
Dominicana, a los trece (13) días del mes de noviembre del año dos mil dieciocho
(2018).
El Tribunal Constitucional, regularmente constituido por los magistrados M.
.
R..G., presidente; L.V.S., segundo sustituto; H.
.
A. de los Santos, A.I.B.H., J.P.C.
.
K., V.J.C.P., R.D.F., V.G.
.
B., W..S.. G..R. e I..R., en ejercicio de sus
competencias constitucionales y legales, específicamente las previstas en los
artículos 277 de la Constitución y 53 de la Ley núm. 137-11, Orgánica del Tribunal
Constitucional y de los Procedimientos Constitucionales, del trece (13) de junio de
dos mil once (2011), dicta la siguiente sentencia:
I. ANTECEDENTES
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-04-2018-0035, relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por Click,
Diseño y Publicidad, C. por A. contra la Sentencia núm. 239-2015, dictada por la Tercera S. del Tribunal Superior Administrativo
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1. Descripción de la sentencia recurrida en revisión constitucional de decisión
jurisdiccional
La Sentencia núm. 239-2015, objeto del presente recurso, fue dictada por la Tercera
S. del Tribunal Superior Administrativo el veinte (20) de noviembre de dos mil
quince (2015). Dicho fallo rechazó la solicitud de adopción de medida cautelar
interpuesta por la sociedad Click, Diseño y Publicidad, C. por A. contra la Dirección
General de Impuestos Internos (DGII).
La sentencia descrita anteriormente fue notificada a la Dirección General de
Impuestos Internos (DGII), mediante la certificación emitida por la señora E.
.
G., secretaria general del Tribunal Superior Administrativo el veintiséis (26)
de noviembre de dos mil quince (2015).
2. Presentación del recurso de revisión constitucional de decisión
jurisdiccional
En el presente caso, la recurrente, razón social Click, Diseño y Publicidad, C. por
A., apoderó a este tribunal constitucional del recurso de revisión constitucional de
decisión jurisdiccional contra la sentencia descrita anteriormente, mediante escrito
depositado el cuatro (4) de diciembre de dos mil quince (2015), ante la Secretaría
del Tribunal Superior Administrativo y remitida a este tribunal constitucional el
cinco (5) de febrero de dos mil dieciocho (2018). El referido recurso se fundamenta
en los alegatos que se exponen más adelante.
El recurso anteriormente descrito fue notificado mediante el Acto núm. 991-2015,
instrumentado por el ministerial F..N..G..R., alguacil
ordinario de la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Departamento Judicial de
Santo Domingo el ocho (8) de diciembre de dos mil quince (2015).
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-04-2018-0035, relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por Click,
Diseño y Publicidad, C. por A. contra la Sentencia núm. 239-2015, dictada por la Tercera S. del Tribunal Superior Administrativo
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3. Fundamentos de la sentencia recurrida en revisión constitucional de
decisión jurisdiccional
El tribunal que dictó la sentencia decidió lo siguiente:
PRIMERO: DECLARA buena y válida en cuanto a la forma la presente
solicitud de adopción de medida cautelar, depositada por la sociedad CLICK,
DISEÑO Y PUBLICIDAD, contra de la DIRECCIÓN GENERAL DE
IMPUESTOS INTERNOS (DGII), por c de ley.
SEGUNDO: En cuanto al fondo, RECHAZA la misma, por los motivos
esgrimidos en el cuerpo motivacional de la presente decisión.
TERCERO: Declara libre de costas el proceso por tratarse de una Solicitud
de Adopción de Medida Cautelar.
CUARTO: ORDENA, la comunicación de la presente sentencia por
Secretaría, a la empresa CLICK, DISEÑO Y PUBLICIDAD, C.P.A.,
solicitante; a la DIRECCIÓN GENERAL DE IMPUESTOS INTERNOS; y a
la PROCURADURÍA GENERAL ADMINISTRATIVA, para los fines
procedentes.
QUINTO: ORDENA, que la presente sentencia sea publicada en el Boletín
del Tribunal Superior Administrativo.
Los fundamentos dados por la Tercera S. de la Tribunal Superior Administrativo
son los siguientes:
1.9 En ese sentido, ésta Tercera S. es de criterio que el fundamento y
carácter del procedimiento cautelar radica en la resguardar los derechos de
los particulares, y que dicha urgencia conlleva el peligro de que una demora

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